PASE A LA RESERVA VOLUNTARIA

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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pedro1951
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Registrado: Dom Oct 31, 2010 8:40 am

PASE A LA RESERVA VOLUNTARIA

Mensaje por pedro1951 »

TENGO UNA PREGUNTA HABER SI PUEDEN AYUDARME A RESOLVERLA:
"HaceAVOR 6 meses salí destina forzoso porque me encontraba disponible porque me habia dado en un principio un coeficiente de inutilidad al cualinterpuse una reclamación por no estar de acuerdo y dandome la razón el tribunal central de examenes periciales de Madrid quedé apto y sin ninguna limitación cosa que era lo que yo pretendia pero mi sorpresa fue que la Subsecretaria de Defensa no me restituyó a mi destino que tenia si no que me dejo disponible y destinable.
Debido a esa situación y sacandome de mi entorno he estado durante seis meses con el conseguiente gasto al sacarme de mi entorno familiarasí que me ví obligado a pedir la reserva voluntaria y por ello trae consigo mi ascenso al empleo superior.
Y mi pregunta es: "CUANDO EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO QUE TENGO INTERPUESTO SE RESUELVA Y SI RESUELVE A MI FAVOR COMO ME RESTITUYEN A MI DESTINO" "¿HAY ALGUNA FORMA DE BENEFICIARME POR LOS DAÑOS TANTOS ECONOMICOS COMO MORALES QUE ME HAN CAUSADO?.
Muchas gracias por atenderme y si alguien quiere ponerse en contacto conmigo puede hacerlo en mi direccion de correo pedmer@hotmail.com
Muchas gracias de nuevo y perdonen las molestias.
Pedro
Tempus fugit

Re: PASE A LA RESERVA VOLUNTARIA

Mensaje por Tempus fugit »

Amigo pedro

la verdad es que me ha costado no ya entender, sino leer tu mensaje, y aun asi, no hlo he entendido

A ver si me he aclarado

Por alguna circunstancia, se te inicio un expediente psicofisico, del que resultaste finalmente APTO sin limitacion alguna
decirte que la instruccion de un Expediente Psicofisico lleva indefectiblemente a la perdida de destino.

REAL DECRETO 944/2001, DE 3 DE AGOSTO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA APTITUD PSICOFÍSICA DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Artículo 8. Efectos de los reconocimientos médicos
3. Al militar de carrera o militar profesional de tropa y marinería con una relación de servicios de carácter permanente, en el momento en que la insuficiencia de condiciones psicofísicas citada en el apartado anterior se presuma definitiva, se le iniciará el expediente que se regula en el capítulo III de este Reglamento. El afectado cesará en su destino, si lo tuviere, y mantendrá la misma situación administrativa que tuviere al inicio del expediente, hasta la finalización del mismo, y a los militares profesionales con una relación de servicios de carácter temporal, además de lo anterior, se les prorrogará, en su caso, el compromiso hasta la conclusión del referido expediente.

El destino, con caracter general, no se recupera, y pasa uno a la situacion de Pendiente de asignacion de destino, al finarizar el expediente, independientemente del resultado de este

Lo de la reserva Voluntaria y el recurso........... pues como no te expliques mejor........
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