HABILITADOS

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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marianomadrid
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HABILITADOS

Mensaje por marianomadrid »

Proximamente pasaré a la situación de Retirado.
¿ Es conveniente contaratar un habilitado?
¿ Cuanto cobran?
Gracias y un abrazo.
zuku
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Re: HABILITADOS

Mensaje por zuku »

Eso es cosa personal.

No es necesario, en la habilitación de Clases Pasivas de hacienda te hacen todo y funcionan muy bien

Creo que los habilitados privados cobran entre un 1 y un 2% de la pensión.

Mi consejo es que vayas al habilitado de hacienda

Un saludo
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marianomadrid
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Re: HABILITADOS

Mensaje por marianomadrid »

Muchísimas gracias.
antonio2000
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Re: HABILITADOS

Mensaje por antonio2000 »

Cobran lo que dice zuku más el iva correspondiente, más las cartas, más un tanto porciento de las ayudas que pidas mas todo lo que pueda pillarte.

Un saludo.
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qesito
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Re: HABILITADOS

Mensaje por qesito »

antonio2000 escribió:Cobran lo que dice zuku más el iva correspondiente, más las cartas, más un tanto porciento de las ayudas que pidas mas todo lo que pueda pillarte.

Un saludo.
poqito mas y se qedan con la pension :D :D
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
AMAYA
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Re: HABILITADOS

Mensaje por AMAYA »

yo personalmente no tengo habilitado y me va muy bien, y para que solo me informe, ya tenemos este magnifico foro de clases pasivas.Hay queda eso.
famefas
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Re: HABILITADOS

Mensaje por famefas »

Ha sido suprimida por ley, desde enero 2010, la posibilidad de cobrar a través de Habilitado de Clases Pasivas. Antes, al solicitar la pensión, podías escoger: Cobrar a través de Habilitado (tu pensión la cobraba el Habilitado, descontaba su parte, y te ingresaba el resto en tu cuenta), o cobrar a través de Hacienda que ingresaba directamente el el dinero en tu cuenta.
Ahora no hay elección. Solo se puedes cobrar a través de Hacienda.
No obstante, cada uno puede contratar los servicios de un "habilitado", gestor o asesor, para que le tenga informado de la regulación y cuantía de las pensiones, de los beneficios sociales que puedes solicitar como retirado (residencias, becas, balnearios, etc.). Entonces tú recibes tu pensión completa, y con tu pensión haces lo que quieras (por ejemplo pagar a tus gestores o asesores). Lo que no permite el Estado es que haya un señor que cobra tu pensión, se cobra sus servicios, y te entrega el resto. La pensión es tuya. Tú la recibes. Y tú te la gastas en lo que quieras.

Es decir, la figura del "habilitado" está a extinguir.
mery
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Comentario: En julio cumplo los 15 años en reserva transitoria y tengo 50 años de edad, ¿en qué me afecta a partir de julio cuando esta se me acabe?

Re: HABILITADOS

Mensaje por mery »

En julio cumplo los 15 años en reserva transitoria y tengo 50 años de edad, ¿en qué me afecta a partir de julio cuando esta se me acabe?
mery
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Comentario: En julio cumplo los 15 años en reserva transitoria y tengo 50 años de edad, ¿en qué me afecta a partir de julio cuando esta se me acabe?

Re: HABILITADOS

Mensaje por mery »

hola en primer lugar os pido discculpas por no haberme presentado soy nueva en este mundo de internet y bastante pesima en su manejo mi apodo es mery una vez presentada os hago mi pregunta en 1996 cogi la reserva transitoria en julio de este año se me cumplen los 15 años pero sucede que yo tengo 50 años de edad por lo que no tengo claro ha que estado pasare a hora y en que me afectara es pero haberme esplicao bien un saludo y gracias anticipadas
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Re: HABILITADOS

Mensaje por zuku »

mery escribió:hola en primer lugar os pido discculpas por no haberme presentado soy nueva en este mundo de internet y bastante pesima en su manejo mi apodo es mery una vez presentada os hago mi pregunta en 1996 cogi la reserva transitoria en julio de este año se me cumplen los 15 años pero sucede que yo tengo 50 años de edad por lo que no tengo claro ha que estado pasare a hora y en que me afectara es pero haberme esplicao bien un saludo y gracias anticipadas
Te has explicado perfectamente.

Pasarás a la Reserva cobrando sueldo, trienios y un complemento de reserva (el 80% de los que ahora cobras), vamos lo que todos sabiais cuando pedisteis la transitoria.

Resumiendo unos 150€ de vellón menos mensuales

Un saludo
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famefas
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Re: HABILITADOS

Mensaje por famefas »

-Si pasaste a la RT en 1996, quedaste automáticamente integrada en la RESERVA el 1-1-1999 (Resolución 22/1999 de la Subsecretaría de Defensa). Es decir, desde esa fecha estás en Reserva (procedente de RT). Con arreglo al RD-1000/1985 y la DT-11ª de la Ley 17/1999 (que sigue vigente según la Disp. Derogatoria de la Ley 39/2007, de la carrera militar), tienes derecho a percibir el 100 % de los complementos de "empleo" y "específico general" durante un máximo de 15 años a contar desde el día en que pasaste a la RT. Así es que cuando cumplas esos 15 años, empezarás a perder un 20 % de dichos complementos. En efecto, saldrás en el BOD mediante una resolución que dirá que pasas a percibir las retribuciones de la Reserva a partir de la fecha en que cumples esos 15 años. Pero seguirás en la misma situación en que te encontrabas desde el 1-1-1999, es decir, en RESERVA (procedente de RT).

Otros compañeros que se integraron en la RT con mas edad, concretamente con más de 41 (o con 45, 50, 53....) empezaron a perder ese 20 % a partir de la fecha en que cumplieron o cumplan los 56 años.

Por otra parte, y como vas a cumplir 50 años, tendrás que esperar a cumplir los 58 años (2019) para solicitar y obtener el ascenso a Teniente en Reserva. Todo eso si no cambia la DT-7ª de la Ley de la Carrera militar, según texto vigente desde el 1-1-2010.
zuku
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Re: HABILITADOS

Mensaje por zuku »

famefas escribió:-Si pasaste a la RT en 1996, quedaste automáticamente integrada en la RESERVA el 1-1-1999 (Resolución 22/1999 de la Subsecretaría de Defensa). Es decir, desde esa fecha estás en Reserva (procedente de RT). Con arreglo al RD-1000/1985 y la DT-11ª de la Ley 17/1999 (que sigue vigente según la Disp. Derogatoria de la Ley 39/2007, de la carrera militar), tienes derecho a percibir el 100 % de los complementos de "empleo" y "específico general" durante un máximo de 15 años a contar desde el día en que pasaste a la RT. Así es que cuando cumplas esos 15 años, empezarás a perder un 20 % de dichos complementos. En efecto, saldrás en el BOD mediante una resolución que dirá que pasas a percibir las retribuciones de la Reserva a partir de la fecha en que cumples esos 15 años. Pero seguirás en la misma situación en que te encontrabas desde el 1-1-1999, es decir, en RESERVA (procedente de RT).

Otros compañeros que se integraron en la RT con mas edad, concretamente con más de 41 (o con 45, 50, 53....) empezaron a perder ese 20 % a partir de la fecha en que cumplieron o cumplan los 56 años.

Por otra parte, y como vas a cumplir 50 años, tendrás que esperar a cumplir los 58 años (2019) para solicitar y obtener el ascenso a Teniente en Reserva. Todo eso si no cambia la DT-7ª de la Ley de la Carrera militar, según texto vigente desde el 1-1-2010.

me da que en este caso no ascenderá a alferez de navio

Un saludo
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famefas
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Re: HABILITADOS

Mensaje por famefas »

Mery no ha dicho qué empleo tiene. Supongo que pasó de Sargento o Sargento primero a la RT, y que obtuvo el ascenso al empleo superior. He supuesto que no pertenece a la Escala de Subof. especialistas de la Armada procedente de Cabo 1º veterano. La RT era solo para Suboficiales y Oficiales. Si ella se fué a la RT con 35 años, con empleo de Suboficial, parece que no puede proceder de Cabo 1º Vet. ya que había que permanecer 18 años o más en ese empleo de Tropa permanente (mas el tiempo de marinero y cabo) para ser Sargento.
En cualquier caso, Mery podría aclararnos a qué cuerpo o escala pertenece, y podríamos hablar con más propiedad (aunque lo cierto es que lo planteado por Mery no tiene nada que ver con este hilo: "Habilitado").
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Re: HABILITADOS

Mensaje por AMAYA »

famefas escribió:Mery no ha dicho qué empleo tiene. Supongo que pasó de Sargento o Sargento primero a la RT, y que obtuvo el ascenso al empleo superior. He supuesto que no pertenece a la Escala de Subof. especialistas de la Armada procedente de Cabo 1º veterano. La RT era solo para Suboficiales y Oficiales. Si ella se fué a la RT con 35 años, con empleo de Suboficial, parece que no puede proceder de Cabo 1º Vet. ya que había que permanecer 18 años o más en ese empleo de Tropa permanente (mas el tiempo de marinero y cabo) para ser Sargento.
En cualquier caso, Mery podría aclararnos a qué cuerpo o escala pertenece, y podríamos hablar con más propiedad (aunque lo cierto es que lo planteado por Mery no tiene nada que ver con este hilo: "Habilitado").
A la escala Legionaria tampoco pertenece, ya te lo digo yo.
trafalgar
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Re: HABILITADOS

Mensaje por trafalgar »

Dudo que mery sea suboficial. Al menos en la Armada la primera mujer Suboficial salió en el 2000
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3 de julio de 2000.

ENTREGA DE DESPACHOS EN LA ESCUELA DE SUBOFICIALES.

La entrega de despachos a la 90ª promoción de sargentos de los cuerpos de especialistas de la Armada y de Infantería de Marina, que tuvo lugar en la Escuela de Suboficiales de la Armada (ESUBO) de San Fernando (Cádiz), estuvo presidida por SS.MM. los Reyes.

Don Juan Carlos, a quién acompañó el ministro de Defensa, Federico Trillo, entregó personalmente sus despachos a los números uno de cada cuerpo tras recibir los honores de ordenanza como jefe de los tres ejércitos y pasar revista a la tropa.

En esta promoción han recibido sus despachos 18 sargentos de Infantería de Marina y 69 del Cuerpo de Especialistas, entre estos últimos la primera mujer que obtiene el rango de sargento en la Armada española, Julia del Río Mosquera, en la especialidad de Artillería y Misiles.

http://www.revistanaval.com/armada/noti ... tici00.htm
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