REUNION CON EL INSTRUCTOR
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REUNION CON EL INSTRUCTOR
Hola compañer@s, como voy poco a poco contando mi proceso, sigo teniendo dudas e incertidumbres, me ha llamado el instructor para abrirme expediente,¿De que va esto?
Algien puede echarme una mano y comentarme algo del asunto, es que no tengo ni idea y lo malo es que no hago mas que darle vueltas a la cabeza que tngo que hacer o que tengo que llevar y la verdad es que ya con lo que tengo ya voy bien surtido como para seguir comiendome la cabeza con mas cosas, por eso os agradeceria me aclararais un poco el proceso este del instructor.
Gracias
Algien puede echarme una mano y comentarme algo del asunto, es que no tengo ni idea y lo malo es que no hago mas que darle vueltas a la cabeza que tngo que hacer o que tengo que llevar y la verdad es que ya con lo que tengo ya voy bien surtido como para seguir comiendome la cabeza con mas cosas, por eso os agradeceria me aclararais un poco el proceso este del instructor.
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- trasgu123
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Para eso te ha llamado precisamente el Instructor, para informarte de ke va la cosa.
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Entonces no tengo que llevar ningun informe ni nada por el estilo, ¿noooooo?trasgu123 escribió:Para eso te ha llamado precisamente el Instructor, para informarte de ke va la cosa.
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Hola Narita, de momento no tienes que llevarle nada, te informara de como va la cosa y te dara diez dias para hacer alegaciones (a la apertura del expediente), espero que tu instructor te informe de todo y si tienes alguna duda comentalo en el foro. saludosNARITA escribió:Entonces no tengo que llevar ningun informe ni nada por el estilo, ¿noooooo?trasgu123 escribió:Para eso te ha llamado precisamente el Instructor, para informarte de ke va la cosa.
- cuarto trienio
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
En mi caso no me llamó el instructor para nada.
Remitieron a mi Unidad el expediente para que lo firmara y me informaron que tenía 10 días hábiles (ojo que los sábados cuentan) para realizar las alegaciones que considerara oportunas y presentar los informes que quisiera presentar.
Hasta hoy, aún no se nada más
Remitieron a mi Unidad el expediente para que lo firmara y me informaron que tenía 10 días hábiles (ojo que los sábados cuentan) para realizar las alegaciones que considerara oportunas y presentar los informes que quisiera presentar.
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nunca-i des de comer al fartucu
- cuarto trienio
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Perdón, no lo remitieron a mi unidad, lo remitieron a la unidad donde mantengo la residencia para la baja
nunca-i des de comer al fartucu
- qesito
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Veras compañero te pongo esto del rd 944/01 :NARITA escribió:Hola compañer@s, como voy poco a poco contando mi proceso, sigo teniendo dudas e incertidumbres, me ha llamado el instructor para abrirme expediente,¿De que va esto?
Algien puede echarme una mano y comentarme algo del asunto, es que no tengo ni idea y lo malo es que no hago mas que darle vueltas a la cabeza que tngo que hacer o que tengo que llevar y la verdad es que ya con lo que tengo ya voy bien surtido como para seguir comiendome la cabeza con mas cosas, por eso os agradeceria me aclararais un poco el proceso este del instructor.
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Artículo 10. Expediente de evaluación extraordinaria y plazo de resolución.
1. El expediente de evaluación extraordinaria para determinar la insuficiencia de condiciones psicofísicas constará de una fase de instrucción y otra de resolución.
2. El plazo máximo para resolver el expediente y notificar la resolución al interesado será de seis meses. Cuando se suspen- da el cómputo de tiempo, como consecuencia de los informes técnicos a los que se refieren los apartados 4 y 7 del artículo 11 de este Reglamento, o por otras de las causas que estén incluidas en los supuestos del apartado 5 del artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se dará comunicación al interesado.
3. La ampliación del plazo al que se refiere el apartado ante- rior o la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimien- to, se determinará en virtud de lo establecido en los artículos 42 y 50 de la Ley 30/1992.
4. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia, el interesado podrá aducir alegaciones o aportar documentos que guarden relación con el expediente, que serán tenidos en cuen- ta al redactar la propuesta de resolución.
Artículo 11. Fase de instrucción.
1. El expediente se iniciará con la orden de incoación del mismo, que incluirá, como mínimo, la designación del instructor, la de la Junta médico-pericial correspondiente y los plazos máximos para resolver, y será comunicada, además de a los anteriores, al interesado y al Jefe de su unidad, centro u organismo o, en el caso de que no tuviese destino, a la autoridad de quien dependa.
2. El instructor remitirá el expediente de aptitud psicofísica del interesado a la Junta médico-pericial correspondiente.
3. La Junta médico-pericial, en el plazo máximo de quince días desde que fue designada, fijará la fecha del reconocimiento por los médicos de la Sanidad Militar que estime procedentes en cada caso y la comunicará al instructor que, a su vez, lo comunicará al interesado, con la indicación de que el dictamen médico deberá emitirse en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de designación de la Junta médico-pericial. Si el instructor resolviese la suspensión del cómputo de tiempo hasta la recepción del dictamen médico, también lo comunicará al interesado.
4. Los informes de los reconocimientos médicos citados en el apartado anterior serán remitidos a la Junta médico-pericial, que extenderá acta de la sesión en el curso de la cual estudie el caso del interesado y, teniendo en cuenta sus alegaciones, deci- dirá sobre la ampliación de la pericia y, recibido en su caso el nuevo informe médico, emitirá dictamen, de acuerdo con lo que se estipula en el capítulo IV de este Reglamento, remitiéndolo al instructor, junto con todo el expediente. En el citado dictamen, la Junta se pronunciará sobre la posible relación de causalidad de la enfermedad o secuelas padecidas con actividades del servicio o atentado terrorista.
P.D.-cuando el instructor te notifiqe la apertura del expediente tienes derecho a aportar la documentacion medica,usease las alegaciones(informes de tus especialistas,medicacion,tratamientos,ect,etc) de tus patologias para qe las incluya en tu expediente y tambien puedes aportarla cuando vayas a los tribunales medicos,esto te viene en el rd 944/01.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Hola si eres militar te dejo este enlace donde podras ver la IT 20/10 que regula los expedientes de perdida de aptirud psicofisica, espero que te sirva de ayuda,
http://www.as-fas.es/zSociosForo/Normat ... isicas.pdf
http://www.as-fas.es/zSociosForo/Normat ... isicas.pdf
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
qesito, disculpa, pero como ya sabéis todos, soy de infantería....por lo que, resumiendo:
desde que sales publicado en el bod con pérdida de destino e inicio del expediente para la pérdida de la aptitud psicofísica hasta que se inicia el citado expediente, cuánto tiempo tiene que pasar ???
desde que se inicia el expediente, hasta que firman el pase a retirado, cuánto tiempo pasa ????.
pregunto esto, qué tal vez sea una tontería, pero para mi es de vital importancia ya que, casualidad de la vida / de la mili, uno de los culpables de mis males, ahora está destinado en la unidad de expedientes o como se llame ese negociado, y mi expediente de baja psicofísica va a pasar por sus manos, por lo que quiero ir bien informado y preparado. si me chulea, poder rebatirle y en caso de que me vuelva a chulear, ya tengo el argumento perfecto para trincarlo del pescuezo y que cante una de los rolling stones....
muchas gracias y perdón por mi ignorancia.
desde que sales publicado en el bod con pérdida de destino e inicio del expediente para la pérdida de la aptitud psicofísica hasta que se inicia el citado expediente, cuánto tiempo tiene que pasar ???
desde que se inicia el expediente, hasta que firman el pase a retirado, cuánto tiempo pasa ????.
pregunto esto, qué tal vez sea una tontería, pero para mi es de vital importancia ya que, casualidad de la vida / de la mili, uno de los culpables de mis males, ahora está destinado en la unidad de expedientes o como se llame ese negociado, y mi expediente de baja psicofísica va a pasar por sus manos, por lo que quiero ir bien informado y preparado. si me chulea, poder rebatirle y en caso de que me vuelva a chulear, ya tengo el argumento perfecto para trincarlo del pescuezo y que cante una de los rolling stones....
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Buenas tardes mar.defondo, te comento mi caso por si te sirve de ayuda. El 25 de marzo se me inicia expediente, el día 7 de abril me llama el instructor para comentarme todo el procedimiento y el 12 de abril salgo publicado con el cese en el destino. Hoy mismo he estado en el Gómez Ulla pasando reconocimiento médico citado por la JMPO y me queda el jueve también. Espero que te oriente en las fechas pero supongo que cada caso será distinto.
Un saludo
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- qesito
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Veras mardefondo,me abrieron expediente en febrero del 2010(a los 10 dias salgo cesado en destino en el BOD) y en marzo del 2011 sali en BOD retirado,usease qe 1 año y 1 mes,pero qe sepas qe por ley el expediente lo tienen qe tener resuelto en 6 meses,por lo qe siempre podras recurrir la fecha de la resolucion de tu pase a retiro(esto lo puedes comprobar en el rd944/01 y tambien lo puedes comprobar en la ley 30/1992 del procedimiento administrativo comun),no te procupes por la persona qe dices qe esta en los expedientes,ya qe al ser funcionario tiene qe acatar la ley 30/1992 y se le puede caer el pelo si actua con mala fe al intentar perjudicar,traspapelar o retener un procedimiento administrativo qe esta mas qe regulado,se lo dices a tu abogado y veras qe eso tiene graves consecuencias para el funcionario.mar.defondo escribió:qesito, disculpa, pero como ya sabéis todos, soy de infantería....por lo que, resumiendo:
desde que sales publicado en el bod con pérdida de destino e inicio del expediente para la pérdida de la aptitud psicofísica hasta que se inicia el citado expediente, cuánto tiempo tiene que pasar ???
desde que se inicia el expediente, hasta que firman el pase a retirado, cuánto tiempo pasa ????.
pregunto esto, qué tal vez sea una tontería, pero para mi es de vital importancia ya que, casualidad de la vida / de la mili, uno de los culpables de mis males, ahora está destinado en la unidad de expedientes o como se llame ese negociado, y mi expediente de baja psicofísica va a pasar por sus manos, por lo que quiero ir bien informado y preparado. si me chulea, poder rebatirle y en caso de que me vuelva a chulear, ya tengo el argumento perfecto para trincarlo del pescuezo y que cante una de los rolling stones....
muchas gracias y perdón por mi ignorancia.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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- Subteniente
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Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
fortrees44 / qesito:
muchas gracias por vuestra ayuda, es que estoy ansioso por acabar esta historia y cuento los días como los reclutones.
muchas gracias por vuestra ayuda, es que estoy ansioso por acabar esta historia y cuento los días como los reclutones.
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
Hola Mar de fondo, no creo que la gente destinada en la unidad de expedientes pueda intervenir en tu expediente ya que son meros administrativos, eso si controla los tiempos desde que sale de un organismo hasta que te lo comunican, es facil de controlar por los sellos de los distintos organismos, un saludo y suerte
- SArio
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- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: vamos aprendiendo.
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
de todas formas si el instructor de tu expediente crees que no es el correcto por la razon que sea puedes impugnar y pedir que lo cambien, aunque lo unico que hace es recopilar la informacion que le llegue, mandarla de un lado a otro y que acabe una copia en tus manos.
gracias
Re: REUNION CON EL INSTRUCTOR
HOLA COMPAÑERO, MIRATE EL ART. 28 Y 29 DE LA LEY 30/92 DE 26 DE NOVIEMBRE, y si no estas deacuerdo con los instructores que te ponen lo solicitas y te los cambian.SArio escribió:de todas formas si el instructor de tu expediente crees que no es el correcto por la razon que sea puedes impugnar y pedir que lo cambien, aunque lo unico que hace es recopilar la informacion que le llegue, mandarla de un lado a otro y que acabe una copia en tus manos.