DIAS INCORPORACION A UNIDAD

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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dmf
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Re: DIAS INCORPORACION A UNIDAD

Mensaje por dmf »

adripoca escribió: Lun Jun 11, 2018 7:07 am Buenos días, rescato este hilo.
Cuantos días de incorporación a mi destino me pertenecen? Sería de Calatayud a Zaragoza, influye el echo de que estén en la misma zona geográfica?? Porque me an dicho de que la.normativa a cambiado y tengo compañeros que el año pasado le dieron 20 días.
Un saludo.
Hola, ¿20 dias?, o 3 o 15 o 30, según establece el artículo 24 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-6097 , que ya tiene unos años.
Un saludo.
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TEMPUS FUGIT
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Re: DIAS INCORPORACION A UNIDAD

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

Dicho desde el cariño... de maño consorte ....a maño

Mas o menos …CON CARATER GENERAL un tio destinado en Bilbilis al que le asignan un destino en Caesar Augusta…tendrá que estar, ( como todos) … 10 dias HABILES en su unidad de origen ( no de vacaciones, ni en casa, ni “ otras situaciones” sino EN SU DESTINO )
2. El plazo de incorporación al destino empezará a contabilizar a partir de la fecha de cese en el destino de origen, que se efectuará, cuando no exista una fecha previamente establecida, el décimo día hábil contado a partir del día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Ministerio de Defensa”, sin que sea necesaria ninguna otra notificación.
y a partir del decimo dia tiene UN MAXIMO de 15 dias NATURALES para incorporarse en Zárágózá
Artículo 24.
Incorporaciones y relevos.
1. Los plazos máximos de incorporación a un nuevo destino serán los siguientes:
a) Tres días hábiles cuando el nuevo destino se encuentre en el mismo término municipal que el de origen.
b) Quince días naturales cuando el nuevo destino se encuentre en distinto término municipal que el de origen y no se encuentre incluido en los párrafos c) y d) siguientes.
c) Treinta días naturales cuando el nuevo destino y el de origen den lugar a traslados entre archipiélagos, entre cualquiera de éstos y las ciudades de Ceuta o Melilla, entre la península y cualquiera de los archipiélagos o las ciudades de Ceuta o Melilla y entre ambas.
d) Treinta días naturales cuando el nuevo destino y el de origen den lugar a traslados entre diferentes países

NOTA mental pronunciada en alto.... es importante apreciar la diferencia entre dias habiles y dias naturales.... que para el que no lo recuerde ( todos lo sabemos, pero algunos tenemos una edad y se nos olvidan las cosas) puede encontrarlo en san google..

https://dudaslegislativas.com/dias-natu ... s-habiles/
caralon2001
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Re: DIAS INCORPORACION A UNIDAD

Mensaje por caralon2001 »

buenas tardes. para no abrir otro hilo lo expongo aquí. tengo un amigo que es tropa y ha aprobado la ABA y dice que le dan 15 días y su jefe se los rechaza. sabéis si esto es así? dice que en el boletín sale como cambio de destino forzoso. a ver si alguien lo sabe. muchas gracias saludos.
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