Importe prestaciones oculares MUFACE 2019

Prestación complementaria de la asistencia sanitaria consistente en ayudas económicas baremadas para hacer frente a los gastos de determinadas lentes y ayudas ópticas.

La prestación ocular comprende los siguientes conceptos:

  • Gafas (de lejos o cerca)
  • Gafas bifocales/progresivas
  • Sustitución de cristal (de lejos o cerca)
  • Sustitución de cristal bifocal/progresivo
  • Lentilla
  • Lentillas desechables (ayuda anual)
  • Lente terapéutica
  • Ayudas ópticas para baja visión (microscopios, telescopios, telemicroscopios, lupas y filtros)
  • Ayudas prismáticas para alteraciones severas de la motilidad ocular



Serán beneficiarios los mutualistas en alta o situación asimilada y sus beneficiarios.

El derecho al reconocimiento de estas prestaciones prescribirá a los cinco años, a partir de la fecha de la factura. La prescripción se interrumpirá, además de por la reclamación ante la Mutualidad General, por las causas ordinarias establecidas en el artículo 1973 del Código Civil.

Presentación

  • Sede electrónica(Abre en nueva ventana) Con un proceso muy sencillo, las 24 horas del día, 365 días al año, podrá solicitar esta prestación. Para ello, se requiere certificado electrónico reconocido, DNI electrónico, Cl@ve permanente o CL@ve PIN. Si desea registrarse en Cl@ve, infórmese aquí
  • Acudiendo, en horario de atención al público,  a  Nuestras Oficinas

Documentación

  • Modelo de solicitud(Abre en nueva ventana) (la documentación a aportar es la que se indica en el impreso de solicitud)

Normativa

Orden APU/2245/2005, de 30 de junio(Abre en nueva ventana) , por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en la MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina.