El Real Decreto-Ley 18/2022, de 18 de octubre, autoriza en su artículo 23 un aumento adicional del 1,5 por ciento de las retribuciones del personal del sector público, con efectos de 1 de enero de 2022, que debe hacerse efectivo a partir de la nómina del mes de noviembre de 2022, abonándose como atrasos los importes correspondientes a los meses de enero a octubre de 2022.
Por la Resolución de 24 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 1,5 por ciento, que en el ámbito del Ministerio de Defensa se concretan en las siguientes:
- Reclamación de oficio:
Este incremento será tramitado de oficio por la Pagaduría de Haberes del Órgano Central, para todo el personal civil o militar que durante el período comprendido entre el 01 ENE 22 al 31 OCT 22, haya percibido sus retribuciones por parte del Ministerio de Defensa. - Reclamación a petición del interesado:
Los atrasos serán liquidados a petición del interesado exclusivamente para el personal que durante dicho periodo haya estado encuadrado en alguno de los supuestos que a continuación se relacionan: - o Personal que haya pasado a situación de retiro.
- o Personal que haya causado baja en las FAS por fallecimiento, rescisión o finalización de compromiso.
- o Personal en situación de excedencia voluntaria.
- o Reservistas voluntarios activados en dicho periodo
La solicitud del “Anexo” se tramitará a la Subdirección General de Servicio Económicos y Pagadurías.
Puedes descargar la solicitud en este enlace