Buenos días, les escribo para ver si me pueden ayudar con una duda, estoy de baja por enfermedad, el año pasado en octubre pasé el tribunal médico y elevaron de incapacidad temporal a incapacidad permanente absoluta, tenía un seguro de vida colectivo en la empresa y este me hizo entrega de la indemnización, ahora he de hacer la declaración de la renta y me gustaría saber si dicha indemnización se puede considerar como rendimiento irregular con la deducción que con conllevaría.
Muchas gracias
Indemnización seguro vida
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Re: Indemnización seguro vida
Los seguros colectivos cotizan como Rendimientos del trabajo. Esta exento el 40% si tal seguro se renueva anualmente, con la condicion de que la fecha de inicio sea de hace unos cuentos años.