Jesús Jesús escribió: ↑Lun Sep 20, 2021 3:48 pm
PreguntabBuenas tardes, yo preguntaba por la Tim militar.
Porque me he enterado que si se puede poner foto de uniforme.
Y en su momento me dijeron que no.
Es por saberlo desde cuándo se puede poner foto deuniforme.
Muchas gracias y disculpa las molestias. Un saludo.
Para salir de dudas del compañero citado arriba y con respecto a la TIM (Tarjeta de Identidad Militar), el punto 3.4 del Anexo 1, de la ORDEN DEF/600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para el personal de las Fuerzas Armadas, Cuerpo de la Guardia Civil y militares de nacionalidad no española destinados en los Cuarteles Generales Internacionales ubicados en España, dice el siguiente tenor literal:
«3.4 En el ángulo inferior izquierdo llevará un recuadro en blanco de 32 × 25 milímetros,
reservado para la colocación de la fotografía, que deberá hacerse en color, de medio busto,
de frente y descubierto, sin gafas oscuras y con uniforme de diario.
El personal retirado, el perteneciente a la Sección de Inútiles para el Servicio de la
Dirección de Mutilados, el perteneciente a la Escala Honorífica Militar de Ferrocarriles del
Ejército de Tierra, el personal comprendido en la disposición transitoria única de esta Orden
ministerial y los reservistas temporales y voluntarios
podrán hacerse la foto de paisano.
Las medidas de las fotografías a aportar para la confección de la tarjeta militar de
identidad deberán ser de 34 × 27 milímetros.
Debajo de la fotografía figurará la expresión CADUCA, con un espacio en blanco a
continuación para rellenar con la fecha de caducidad, o SIN CADUCIDAD de acuerdo con lo
señalado en el apartado sexto de la presente Orden ministerial.»
El «podrán», entiendo da derecho a elegir entre uniforme o paisano.
Saludos