Nuevo formato acta JMP
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Re: Nuevo formato acta JMP
Ya se va aclarando el tema.
Echándole un vistazo al R.D 888/22 así por encima me ha parecido como leer un tratado de física cuántica en chino mandarín, eso no hay quien lo entienda, a ver por donde sale todo esto.
Echándole un vistazo al R.D 888/22 así por encima me ha parecido como leer un tratado de física cuántica en chino mandarín, eso no hay quien lo entienda, a ver por donde sale todo esto.
- Arano
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Re: Nuevo formato acta JMP
Y no te falta razón, habida cuenta que el mismo solo habla de discapacidad=minusvalía y no de INCAPACIDAD LABORAL.
Saludos.
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Re: Nuevo formato acta JMP
¿Qué significa todo esto así simplificado para torpes como yo?
Si no especifican nada, me da que la GC va a hacer ya de todas todas lo que le de la gana...
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- Arano
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Re: Nuevo formato acta JMP
Mas vale una imagen que mil palabras. Estas son las Actas ahora, no solo para la Guardia Civil, también para miembros del Ejército.
Lo único que ponen es la patología y nada más.
Saludos.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Menuda faena, la cuestión, por lo que te he leído entiendo que ese RD no afecta a lo de las incapacidades, solo a las discapacidades, ¿Cómo se puede recurrir estas actas que aluden a un RD que no les afecta? ¿O las resoluciones que tome el SEPEC sin % por patología o global?
Miedo me da el futuro que me espera con un acta así...
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Re: Nuevo formato acta JMP
En la jubilacion/retiro por incapacidad del personal perteneciente a clases pasivas, el % es o era una dato secundario y de escasa relevancia. Lo relevante es si la Incapacidad es Total o es Absoluta.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Pero ese es el quid de la cuestión, que tampoco lo ponen. Se limitan como he dicho a reseñar las patologías y sin darles Clase, Grada, Coeficiente.... ya que como bien dices la discapacidad no tiene nada vez que con la INCAPACIDAD.
Que no se a quien le darán ese "marrón", si al JEVAL, SEPEC, Ministerio de Defensa o a la señora de la limpieza (con todos mis respectos)
Saludos.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Para la GC, los cuadros medicos de condiciones psicofísicas se rigen por lo establecido en el anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999.Resquemor escribió: ↑Mié Jun 28, 2023 5:57 pm Menuda faena, la cuestión, por lo que te he leído entiendo que ese RD no afecta a lo de las incapacidades, solo a las discapacidades, ¿Cómo se puede recurrir estas actas que aluden a un RD que no les afecta? ¿O las resoluciones que tome el SEPEC sin % por patología o global?
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Las Actas Medicas y los Informes de SEPEC, no son susceptibles de Recurso. Si se pueden presentar Alegaciones.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Por lo demás totalmente de acuerdo.trasgu123 escribió: ↑Mié Jun 28, 2023 6:22 pmPara la GC, los cuadros médicos de condiciones psicofísicas se rigen por lo establecido en el anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999. Este R.D. esta derogado, si bien hay otra normativa, que alguna ya he puesto en Posts anterior que afecta a la GC y no esta derogada. O menos no la encuentro así.Resquemor escribió: ↑Mié Jun 28, 2023 5:57 pm Menuda faena, la cuestión, por lo que te he leído entiendo que ese RD no afecta a lo de las incapacidades, solo a las discapacidades, ¿Cómo se puede recurrir estas actas que aluden a un RD que no les afecta? ¿O las resoluciones que tome el SEPEC sin % por patología o global?
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Re: Nuevo formato acta JMP
Entonces a ver si yo me entero.....
A los que nos llegue el acta asi.... ¿que hacemos, las alegamos? yo tampoco veo que tenga nada que ver el rd 888/22 con la incapacidad, lo veo referido a la discapacidad.
Antes se sumaban patologias, porcentajes, clases, grados, etc... que podrian ser la diferencia entre una total y una absoluta con la suma y la tabla de los valores combinados etc....
Si ahora solo aparecen las patologias y la resolucion de cada una de ellas sin mas datos.... ¿como se suman? o ¿ya no se suman y es a criterio de alguien que no es de la JMPO dar una IP u otra?
No sé, si alguien puede aclarar mas el tema...
A los que nos llegue el acta asi.... ¿que hacemos, las alegamos? yo tampoco veo que tenga nada que ver el rd 888/22 con la incapacidad, lo veo referido a la discapacidad.
Antes se sumaban patologias, porcentajes, clases, grados, etc... que podrian ser la diferencia entre una total y una absoluta con la suma y la tabla de los valores combinados etc....
Si ahora solo aparecen las patologias y la resolucion de cada una de ellas sin mas datos.... ¿como se suman? o ¿ya no se suman y es a criterio de alguien que no es de la JMPO dar una IP u otra?
No sé, si alguien puede aclarar mas el tema...
Aplaudo por que se ha terminado, no porque me haya gustado...
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Re: Nuevo formato acta JMP
Buenas tardes, y con esas actas, como sabemos que patologías nos han valorado?
A ciegas no podemos presentar alegaciones.
Que despropósito todo esto
A ciegas no podemos presentar alegaciones.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Real Decreto 1370/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.
Articulo único. Modificación del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.
El Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, queda modificado como sigue:
Uno. La disposición transitoria primera del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, queda redactada del siguiente modo:
«Disposición transitoria primera. Personal de la Guardia Civil.
Hasta la aprobación del Reglamento al que se refiere el artículo 55.2 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la
Guardia Civil, la determinación de la aptitud psicofísica del personal del citado Cuerpo continuará rigiéndose por la normativa anterior y, en relación con los cuadros de condiciones psicofísicas, por lo establecido en el anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Las Juntas médico-periciales serán los órganos competentes para emitir los dictámenes médicos, que se realizarán según lo dispuesto en el párrafo precedente, en los que se detallará el diagnóstico de la enfermedad o proceso patológico y el grado de discapacidad basado en la severidad de las consecuencias de la enfermedad.
Los anteriores dictámenes serán remitidos al órgano de evaluación constituido en el ámbito de la Guardia Civil, que requerirá informe al personal especializado competente en materia de la salud en el Cuerpo en el que se valorará la patología y grado de discapacidad que presente el interesado en relación con las funciones y cometidos que pudiera desempeñar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 1224/2006, de 27 de octubre.»
Articulo único. Modificación del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas.
El Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, queda modificado como sigue:
Uno. La disposición transitoria primera del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, queda redactada del siguiente modo:
«Disposición transitoria primera. Personal de la Guardia Civil.
Hasta la aprobación del Reglamento al que se refiere el artículo 55.2 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la
Guardia Civil, la determinación de la aptitud psicofísica del personal del citado Cuerpo continuará rigiéndose por la normativa anterior y, en relación con los cuadros de condiciones psicofísicas, por lo establecido en el anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Las Juntas médico-periciales serán los órganos competentes para emitir los dictámenes médicos, que se realizarán según lo dispuesto en el párrafo precedente, en los que se detallará el diagnóstico de la enfermedad o proceso patológico y el grado de discapacidad basado en la severidad de las consecuencias de la enfermedad.
Los anteriores dictámenes serán remitidos al órgano de evaluación constituido en el ámbito de la Guardia Civil, que requerirá informe al personal especializado competente en materia de la salud en el Cuerpo en el que se valorará la patología y grado de discapacidad que presente el interesado en relación con las funciones y cometidos que pudiera desempeñar, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de evaluaciones y ascensos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por el Real Decreto 1224/2006, de 27 de octubre.»
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Re: Nuevo formato acta JMP
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
[disposición derogada]
Enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-1546
Es lo que dice el BOE.
[disposición derogada]
Enlace:
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-1546
Es lo que dice el BOE.
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Re: Nuevo formato acta JMP
Efectivamente en el boe pone disposicion derogada pero entonces...
en el RD 944/2001 en el articulo 18, que hace referencia al criterio del RD1971/99 en lo referente a los porcentajes de discapacidad para dar una incapacidad total o absoluta... ¿en que se basan ahora para dar una u otra?
en el RD 944/2001 en el articulo 18, que hace referencia al criterio del RD1971/99 en lo referente a los porcentajes de discapacidad para dar una incapacidad total o absoluta... ¿en que se basan ahora para dar una u otra?
Aplaudo por que se ha terminado, no porque me haya gustado...
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Re: Nuevo formato acta JMP
A eso me refiero, al no ser susceptibles de recurso, si ese RD no les afecta, habrá que hacer algo. Entiendo que en las alegaciones se podrá decir, oiga, que ese RD es para discapacidades y ustedes hacen incapacidades, por lo que no les afecta, o algo así para que rehagan el acta o hagan un acta nueva.trasgu123 escribió: ↑Mié Jun 28, 2023 6:22 pmPara la GC, los cuadros medicos de condiciones psicofísicas se rigen por lo establecido en el anexo 1.A) del Real Decreto 1971/1999.Resquemor escribió: ↑Mié Jun 28, 2023 5:57 pm Menuda faena, la cuestión, por lo que te he leído entiendo que ese RD no afecta a lo de las incapacidades, solo a las discapacidades, ¿Cómo se puede recurrir estas actas que aluden a un RD que no les afecta? ¿O las resoluciones que tome el SEPEC sin % por patología o global?
Miedo me da el futuro que me espera con un acta así...
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un saludo y gracias por toda la ayuda.
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