Quería plantear una duda tal vez un poco rara. ¿Un funcionario del cuerpo General Auxiliar de la AGE puede optar a una plaza de personal laboral de una universidad pública? Ya sé que es un poco raro pero me interesaría conocer la respuesta y no encuentro nada ni en el EBEP ni en ninguna otra parte. Y, si fuese posible, ¿qué consecuencias podría tener?
Muchas gracias a todos.
Duda sobre cambio de situación.
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- trasgu123
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Re: Duda sobre cambio de situación.
Pues a mi entender viene bien claro en el EBEP.
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Re: Duda sobre cambio de situación.
El funcionario puede optar a plazas de laborales en iguales condiciones que quien no es funcionario. O sea, tendrá que superar el correspondiente proceso selectivo para acceder a la condición de laboral.
- trasgu123
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Re: Duda sobre cambio de situación.
Lo mismo que cualquier "hijo de vecino" y las consecuencias vienen bien claras en el EBEP.
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Re: Duda sobre cambio de situación.
Gracias por las respuestas. Lamento la tardanza en responder.
Bien, lo que trataba de explicar en mi mensaje anterior es que lo habitual suele ser que alguien que sea personal laboral pase, una vez pasadas las correspondientes pruebas (lo de "superar el correspondiente proceso selectivo para acceder a la condición de laboral" ya lo daba por sentado, claro), a funcionario. El caso al contrario no me parece tan habitual y por eso preguntaba. En el EBEP se explica el primer paso, pero no el inverso. De hecho, recoge en un apartado la situación especial del funcionario en servicio en otras administraciones, aunque, no sé si por mala interpretación mía, siempre había entendido que era servicio también como funcionario, no en otra situación.
En cualquier caso, gracias a todos por las respuestas.
Bien, lo que trataba de explicar en mi mensaje anterior es que lo habitual suele ser que alguien que sea personal laboral pase, una vez pasadas las correspondientes pruebas (lo de "superar el correspondiente proceso selectivo para acceder a la condición de laboral" ya lo daba por sentado, claro), a funcionario. El caso al contrario no me parece tan habitual y por eso preguntaba. En el EBEP se explica el primer paso, pero no el inverso. De hecho, recoge en un apartado la situación especial del funcionario en servicio en otras administraciones, aunque, no sé si por mala interpretación mía, siempre había entendido que era servicio también como funcionario, no en otra situación.
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Re: Duda sobre cambio de situación.
Lo del EBEP referente a la situación especial por servicio en otras administraciones es tanto para funcionarios como laborales y es consecuencia de las incompatibilidades: en general no se pueden ocupar dos puestos por lo que al acceder a uno nuevo hay que pasar a esa situación en el otro.
Eso nada tiene que ver con la forma de acceso.
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