Nuevos funcionarios
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- tonino1962
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Nuevos funcionarios
Acabo de ver en la entradilla las nuevas normas para los "nuevos funcionarios". No entiendo, (hoy estoy un poco espeso), ¿pagarán cuota de SS para la pensión y cuota par ISFAS,MUFACE,MUGEJU?¿obligatorio?.Pienso que habrá alguno que pensará que ya que paga a la SS, querrá la sanidad pública completa (recetas,exencion a la jubilación,etc).¿Alguna respuesta seria? y sin acritud. A mi no me afecta, pero un familiar está en la "pomada"
Un saludo
Un saludo
- osclope
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Re: Nuevos funcionarios
Yo por lo que entiendo, y si mal no me falla la memoria, que en la nomina venian diferenciados los derechos pasivos (cotizaciones para clases pasivas , INSS, etc...) y asistencia sanitaria (ISFAS, SS, etc...), con lo cual lo que han cambiado, a sido solo donde cotizas para la pensión.
No existen ni listos ni tontos, simplemente no todo el mundo sabe las mismas cosas
Re: Nuevos funcionarios
Menuda putada.
Para los nuevos la pensión se la calcularan con las normativas de la S Social y no aplicando la ley de clases pasivas.
Así que todo lo que sean pensiones por una incapacidad permanente, económicamente la llevan clara.
Un saludo.
Para los nuevos la pensión se la calcularan con las normativas de la S Social y no aplicando la ley de clases pasivas.
Así que todo lo que sean pensiones por una incapacidad permanente, económicamente la llevan clara.
Un saludo.
- trasgu123
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Re: Nuevos funcionarios
Donde hay ke firmar para ke las pensiones de viudedad las calculen con la normativa de la SS ??DARIS escribió:Menuda putada.
Para los nuevos la pensión se la calcularan con las normativas de la S Social y no aplicando la ley de clases pasivas.
Así que todo lo que sean pensiones por una incapacidad permanente, económicamente la llevan clara.
Un saludo.
Re: Nuevos funcionarios
Pues no hay que firmar nada, a los nuevos funcionarios que entren a partir de enero de este año asi se las calcularan supongo.
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- Comandante
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- Registrado: Vie Sep 04, 2009 9:20 am
Re: Nuevos funcionarios
¿Donde dice DARIS pensión de viudedad?, yo no lo veo, tal vez tenga que ir al oculista o es que las palabras se borran solas.trasgu123 escribió:Donde hay ke firmar para ke las pensiones de viudedad las calculen con la normativa de la SS ??DARIS escribió:Menuda putada.
Para los nuevos la pensión se la calcularan con las normativas de la S Social y no aplicando la ley de clases pasivas.
Así que todo lo que sean pensiones por una incapacidad permanente, económicamente la llevan clara.
Un saludo.
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Re: Nuevos funcionarios
Me parece que trasgu se refiere a que en la S. Social la viudedad es el 55% de la pensión del cónyuge fallecido y en clases pasivas era o es el 50%. Digo era o es porque creo haber oido o visto algo al respecto hace un tiempo en que se igualaba el porcentaje para clases pasivas. La verdad es que no estoy seguro.
De todas formas yo no me refería a las viudas sino a que el cálculo de las pensiones en la S. Social por una incapacidad permanente viene determinado según la edad de la persona que genera esa pensión. Si tiene menos de 55 años le dan el 55% de lo que le hubiera correspondido a los 65años. Si tiene entre 55 y 65 años le dan el 75% y a partir de los 65 el 100%. Además si trabaja en otra cosa y tiene el 55% por tener menos de 55 años, cuando los cumple no le aumentan al 75% mientras siga teniendo otros ingresos por el trabajo.
Yo creo que salta a la vista la diferencia que hay con respecto al cálculo de las pensiones por incapacidad en clases pasivas, que te tienen en cuenta lo que te resta hasta los 65 años para el cálculo, tengas la edad que tengas, y aún con el recorte del 2009, con más de 20 años de servicio ya tienes el 100% y si trabajas te quitan el 20%.
Si me equivoco en algo de lo que he expuesto lo decís, porque me gustaría saberlo, igual estoy equivocado.
Un saludo
De todas formas yo no me refería a las viudas sino a que el cálculo de las pensiones en la S. Social por una incapacidad permanente viene determinado según la edad de la persona que genera esa pensión. Si tiene menos de 55 años le dan el 55% de lo que le hubiera correspondido a los 65años. Si tiene entre 55 y 65 años le dan el 75% y a partir de los 65 el 100%. Además si trabaja en otra cosa y tiene el 55% por tener menos de 55 años, cuando los cumple no le aumentan al 75% mientras siga teniendo otros ingresos por el trabajo.
Yo creo que salta a la vista la diferencia que hay con respecto al cálculo de las pensiones por incapacidad en clases pasivas, que te tienen en cuenta lo que te resta hasta los 65 años para el cálculo, tengas la edad que tengas, y aún con el recorte del 2009, con más de 20 años de servicio ya tienes el 100% y si trabajas te quitan el 20%.
Si me equivoco en algo de lo que he expuesto lo decís, porque me gustaría saberlo, igual estoy equivocado.
Un saludo
- diablo
- Coronel
- Mensajes: 2229
- Registrado: Jue Oct 09, 2008 11:51 pm
- Ubicación: En el tórrido Infierno.
Re: Nuevos funcionarios
Buenas.
El Real Decreto Ley 13/2010 establece que su alcance no afecta a los funcionarios que prestaban servicio antes del 1 de enero de 2011 (parece ser que a este Gobierno le gusta mucho los dias 1, 1 de enero de 2009 pensionazo), ni al funcionamiento, cobertura o pestaciones de MUGEJU, MUFACE e ISFAS.
Los funcionarios que se integren en la Administración a partir del también ahora famoso 1 de enero de 2011, aunque estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, seguirán dentro del Mutualismo Administrativo, con las mismas condiciones y derechos que el resto de mutualistas, sin que afecte en modo alguno a la asistencia sanitaria, a las prestaciones farmaceuticas ni al resto de prestaciones económicas. La novedad es que será el INSS en todos los casos, quien reconozca las pensiones a dichos funcionarios, es decir, pensiones inferiores que las de Clases Pasivas y no poder trabajar en el sector privado, en ningún caso.
Saludos.
El Real Decreto Ley 13/2010 establece que su alcance no afecta a los funcionarios que prestaban servicio antes del 1 de enero de 2011 (parece ser que a este Gobierno le gusta mucho los dias 1, 1 de enero de 2009 pensionazo), ni al funcionamiento, cobertura o pestaciones de MUGEJU, MUFACE e ISFAS.
Los funcionarios que se integren en la Administración a partir del también ahora famoso 1 de enero de 2011, aunque estarán incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, seguirán dentro del Mutualismo Administrativo, con las mismas condiciones y derechos que el resto de mutualistas, sin que afecte en modo alguno a la asistencia sanitaria, a las prestaciones farmaceuticas ni al resto de prestaciones económicas. La novedad es que será el INSS en todos los casos, quien reconozca las pensiones a dichos funcionarios, es decir, pensiones inferiores que las de Clases Pasivas y no poder trabajar en el sector privado, en ningún caso.
Saludos.