comision de servicio en el extranjero

Intercambio de información de compañeros en situación de activo y reserva.

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jimmy jimfer
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comision de servicio en el extranjero

Mensaje por jimmy jimfer »

Hola,

Como es la primera vez que uso este foro, me gustaria identificarme, soy un sargento de la especialidad de mando y control que hace poco tiempo que salio de la Academia, y por ello considero que tengo poca experiencia en muchos temas y mucho que aprender...

Me encuentro realizando un curso en Inglaterra en comision de servicio. La duracion del curso es de seis semanas y me gustaria saber, porque lo desconozco, si a la finalizacion del mismo me corresponden dias de permiso por haber estado comisionado en el extranjero mas de un mes.

Si alguien, por favor, fuera tan amable de resolver mi duda, le estaria muy agradecido. Ademas, me gustaria saber, el BOD donde se recoge toda esta informacion, en plan dias de permiso que te corresponden por cambio de residencia en la misma provincia, fuera de la provincia, fallecimiento de familiar de primer, segundo grado, etc... porque hace tiempo tenia una copia pero sinceramente creo que la perdi o no se si sigue en vigor.

Muchas gracias

PD: en los teclados de Inglaterra, no hay nuestra querida "enye" ni forma facil de poner tildes asi que lo siento por los errores ortograficos.
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trasgu123
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Cuerpo: Militar de Carrera
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Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: comision de servicio en el extranjero

Mensaje por trasgu123 »

nostramo
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Registrado: Jue Oct 23, 2008 8:36 pm

Re: comision de servicio en el extranjero

Mensaje por nostramo »

El personal destinado en el extranjero tendrá derecho a siete días naturales de vacaciones, o la parte proporcional al tiempo del
año natural en que se esté destinado en el extranjero, a añadir a los que correspondan según lo dispuesto en esta norma. A los efectos
de esta Orden Ministerial, se considerará destinado en el extranjero el militar que realice un curso de duración superior a seis meses
en un centro de enseñanza militar de otro país u organización internacional. En este último caso, las vacaciones se disfrutarán de
acuerdo con el calendario académico.
4. El militar que sea profesor de la enseñanza militar y el que adquiera la condición de alumno tendrán condicionadas las vacaciones
al calendario académico establecido por el correspondiente centro docente
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