Baja Ambulatoria o domiciliaria??

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cambeleg
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Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

Hola Buenas Noches a todos. Llevo unos meses de baja psicológica y el viernes voy a San Fernando para pasar el reconocimiento por el psiquiatra militar. Bueno en mi unidad al principio se negaban a pasaportarme, luego que sí, pero únicamente en tren y sin derecho a alojamiento, ya que tengo que estar allí a las 9 de la mañana y para poder llegar a tiempo tendría que coger un tren del día anterior y dormir en San Fernando. Yo he propuesto ir en mi coche particular, pero me han dicho que no porque si tuviera un accidente no me cubre el seguro del ejército. Luego mi teniente coronel me ha dicho que cuando él quiera se puede pasar por mi domicilio con la policía militar y que si no me encuentro en él mismo, levantará acta poniéndome falta. No se si se refería a falta en plan abandono del puesto de trabajo o a que. No se supone que las bajas psicológicas son ambulatorias, es decir, que puedo moverme y hacer una vida más o menos normal, o debo entonces estar las 24 horas del día en mi domicilio como si estuviera arrestado?? Puedo ir el día 24 a celebrar la Nochebuena a casa de mi madre, que está en la misma plaza de destino que mi domicilio, o debo pasarla sólo en mi casa??. Es correcto o legal el trato que me dan con respecto al pasaporte?? Y es cierto que si voy en vehículo particular no me cubre el seguro del ejército?? No se supone que es un acto de servicio???
En fin, como veréis tengo muchas dudas.
Muchas Gracias a todos por cualquier ayuda o consejo que me podáis prestar.
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dmf
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por dmf »

Hola, le cuentas a tu médico especialista lo que te dice el Tcol, y que te ponga en el informe médico la necesidad, de salir de casa y estar en el entorno familiar para una mejor recuperación del proceso patológico. Lo que te dice ese Tcol, cuéntalo en el Reconocimiento que te haga el médico militar.
Mira esto: http://www.elconfidencialdigital.com/se ... 61096.html
Estas de baja psiquiátrica, NO arrestado. Es decir puedes salir y hacer una vida lo más normal posible.
Le puedes decir a ese Tcol, que te envíe la PM cuantas veces quiera y que tú estás en tu derecho de abrir la puerta de tu casa cuando te apetezca.
Dile a quien tramita el pasaporte, cuales son las combinaciones de autobús y tren, y las horas de llegada. Tienen que ajustarlo para que por medios de transporte públicos llegues a la hora, y si para eso tienen que darte alojamiento y manutención pués tendrán que hacerlo.
SI vas pasaportado con medios de transporte públicos, y vas en tu coche es tu responsabilidad y no es recomendable segun la medicación que tomes.

Un saludo.
cambeleg
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

Muchas gracias por responder, en coche particular iría con un acompañante que es el que conduciría, ya que, como bien comentas, por la medicación que tomo no es aconsejable que conduzca. Ya les expliqué que si viajaba por transporte público, tendría que hacer noche allí y me dijeron que la estancia me la pagaba yo, eso me lo dijo el habilitado de mi batallón, que él, como mucho, estaba dispuesto a pagarme el billete de tren y el taxi o autobús que me acercase de la estación a la clínica militar.
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dmf
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por dmf »

Hola, lo normal es que el pasaporte se tramite por S3, pero bueno. En el pasaporte te marca día y hora de partida y de regreso, y si no llegas al reconocimiento NO es culpa tuya. Si te pasa algo en ese período, estabas debidamente autorizado a ausentarte, no solo de tu Unidad, también de tu lugar de residencia.

Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio:
"Artículo 12. Criterios para el devengo y cálculo de las dietas.
1. En las comisiones cuya duración sea igual o inferior a un día natural, en general no se percibirán indemnizaciones por gastos de alojamiento ni de manutención salvo cuando, teniendo la comisión una duración mínima de cinco horas, ésta se inicie antes de las catorce horas y finalice después de las dieciséis horas, supuesto en que se percibirá el 50 por 100 del importe de la dieta por manutención.
2. En las comisiones cuya duración sea igual o menor a veinticuatro horas, pero comprendan parte de dos días naturales, podrán percibirse indemnizaciones por gastos de alojamiento correspondiente a un solo día y los gastos de manutención en las mismas condiciones fijadas en el siguiente apartado para los días de salida y regreso.
3. En las comisiones cuya duración sea superior a veinticuatro horas se tendrá en cuenta:
a) En el día de salida se podrán percibir gastos de alojamiento pero no gastos de manutención, salvo que la hora fijada para iniciar la comisión sea anterior a las catorce horas, en que se percibirá el 100 por 100 de dichos gastos, porcentaje que se reducirá al 50 por 100 cuando dicha hora de salida sea posterior a las catorce horas pero anterior a las veintidós horas.
b) En el día de regreso no se podrán percibir gastos de alojamiento ni de manutención, salvo que la hora fijada para concluir la comisión sea posterior a las catorce horas, en cuyo caso se percibirá, con carácter general, únicamente el 50 por 100 de los gastos de manutención".

Pide a quien te tramita el pasaporte que te enseñe la Norma General 06/04 del EME (DIVLOG.), de expedición y control de los pasaportes militares (actualizada). Y junto al RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, actúa en consecuencia.
Un saludo.
nuri
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por nuri »

cambeleg escribió:Hola Buenas Noches a todos. Llevo unos meses de baja psicológica y el viernes voy a San Fernando para pasar el reconocimiento por el psiquiatra militar. Bueno en mi unidad al principio se negaban a pasaportarme, luego que sí, pero únicamente en tren y sin derecho a alojamiento, ya que tengo que estar allí a las 9 de la mañana y para poder llegar a tiempo tendría que coger un tren del día anterior y dormir en San Fernando. Yo he propuesto ir en mi coche particular, pero me han dicho que no porque si tuviera un accidente no me cubre el seguro del ejército. Luego mi teniente coronel me ha dicho que cuando él quiera se puede pasar por mi domicilio con la policía militar y que si no me encuentro en él mismo, levantará acta poniéndome falta. No se si se refería a falta en plan abandono del puesto de trabajo o a que. No se supone que las bajas psicológicas son ambulatorias, es decir, que puedo moverme y hacer una vida más o menos normal, o debo entonces estar las 24 horas del día en mi domicilio como si estuviera arrestado?? Puedo ir el día 24 a celebrar la Nochebuena a casa de mi madre, que está en la misma plaza de destino que mi domicilio, o debo pasarla sólo en mi casa??. Es correcto o legal el trato que me dan con respecto al pasaporte?? Y es cierto que si voy en vehículo particular no me cubre el seguro del ejército?? No se supone que es un acto de servicio???
En fin, como veréis tengo muchas dudas.
Muchas Gracias a todos por cualquier ayuda o consejo que me podáis prestar.
Pero tu ¿dónde vives?
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

nuri escribió:
cambeleg escribió:Hola Buenas Noches a todos. Llevo unos meses de baja psicológica y el viernes voy a San Fernando para pasar el reconocimiento por el psiquiatra militar. Bueno en mi unidad al principio se negaban a pasaportarme, luego que sí, pero únicamente en tren y sin derecho a alojamiento, ya que tengo que estar allí a las 9 de la mañana y para poder llegar a tiempo tendría que coger un tren del día anterior y dormir en San Fernando. Yo he propuesto ir en mi coche particular, pero me han dicho que no porque si tuviera un accidente no me cubre el seguro del ejército. Luego mi teniente coronel me ha dicho que cuando él quiera se puede pasar por mi domicilio con la policía militar y que si no me encuentro en él mismo, levantará acta poniéndome falta. No se si se refería a falta en plan abandono del puesto de trabajo o a que. No se supone que las bajas psicológicas son ambulatorias, es decir, que puedo moverme y hacer una vida más o menos normal, o debo entonces estar las 24 horas del día en mi domicilio como si estuviera arrestado?? Puedo ir el día 24 a celebrar la Nochebuena a casa de mi madre, que está en la misma plaza de destino que mi domicilio, o debo pasarla sólo en mi casa??. Es correcto o legal el trato que me dan con respecto al pasaporte?? Y es cierto que si voy en vehículo particular no me cubre el seguro del ejército?? No se supone que es un acto de servicio???
En fin, como veréis tengo muchas dudas.
Muchas Gracias a todos por cualquier ayuda o consejo que me podáis prestar.
Pero tu ¿dónde vives?
Yo en mi casa. No se si te refieres a en que ciudad o que.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por nuri »

¿Tu qué crees?.
¿Dónde tienes tu residencia y dónde está tu unidad? porque si es una unidad que está a 40 KM del hospital como comprenderás no te van a dar hotel.
Saludos.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por SOBAJET »

Hola cambeleg decirte varias cosas. 1 como dice nuri tu estas al lado del reconocimiento? 2 si no es así decirte lo que hice yo y deberías hacer tu. Vas a tu médico y que te de un informe el cual diga que tienes que ir acompañado y como dice dmf vas a la s3 que es donde se hace el pasaporte y presentas tu comisión junto con tu papel de botiquín el cual diga que no estas apto para viajar solo y te pagaran alojamiento, manutención y gasolina a ti y tu acompañante. Un saludo -hi
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por SOBAJET »

SOBAJET escribió:Hola cambeleg decirte varias cosas. 1 como dice nuri tu estas al lado del reconocimiento? 2 si no es así decirte lo que hice yo y deberías hacer tu. Vas a tu médico y que te de un informe el cual diga que tienes que ir acompañado y como dice dmf vas a la s3 que es donde se hace el pasaporte y presentas tu comisión junto con tu papel de botiquín el cual diga que no estas apto para viajar solo y te pagaran alojamiento, manutención y gasolina a ti y tu acompañante. Un saludo -hi
P.d. se me olvidaba con el papel del médico vas al botiquín de la base para que ellos te hagan un informe de que no te puedes desplazar solo, y con este papel vas a la S3
El Mejor vehículo para conocer a tu Pelotón. TOA 113.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

Buenas pues vivo a 260 km de San Fernando y mi unidad está a la misma distancia. Al final he ido sin ser pasaportado y me he pagado mis gastos de viaje de mi bolsillo, ya que la única opción que me daban era tren y me pagaba yo la estancia y la comida, así que he ido en coche, conduciendo mi novia, no se si podré pelear lo del pasaporte o ya me dan por saco.
Por cierto el psiquiatra de San Fernando me ha dado 4 meses más de baja y en mi unidad me han dicho que tengo que seguir enviando cada 15 días, mis partes de baja firmados por mi psiquiatra civil. ¿Eso es así? ¿No debería bastar con el informe del psiquiatra militar?
Muchas Gracias.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por dmf »

Hola, la baja la tienes por 4 meses, dada por la Sanidad Militar. Y no tienes que remitir la baja cada 15 dias.
Séptimo. Sanidad Militar. Serán competentes para proponer y verificar las bajas, confirmación de las mismas y las propuestas de altas, conforme a lo regulado en esta instrucción, el servicio médico de las UCO, con independencia de que el personal se encuentre allí destinado o sea designado para prestar el servicio médico en ella, los órganos médico periciales de la Sanidad Militar y el personal facultativo de la red hospitalaria militar.
Un saludo.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

dmf escribió:Hola, la baja la tienes por 4 meses, dada por la Sanidad Militar. Y no tienes que remitir la baja cada 15 dias.
Un saludo.
Hola dmf muchas gracias por tu respuesta. Podrías indicarme la normativa, artículo o reglamento donde aparece eso que afirmas. No es que no me fíe, es por tener algo en soporte físico que enseñar en mi unidad.
Muchas gracias.
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenos días.

Para cambeleg:



Séptimo. Sanidad Militar.

Serán competentes para proponer y verificar las bajas, confirmación de las mismas y
las propuestas de altas, conforme a lo regulado en esta instrucción, el servicio médico de
las UCO, con independencia de que el personal se encuentre allí destinado o sea designado
para prestar el servicio médico en ella, los órganos médico periciales de la Sanidad Militar
y el personal facultativo de la red hospitalaria militar.


La experiencia acumulada durante el periodo de aplicación de la Instrucción 169/2001,de 31 de julio, del Subsecretario de Defensa, por la que se establecen las normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio por causas psicofísicas del personal militar profesional, ha revelado limitaciones en el procedimiento establecido,con el consiguiente impacto en el control sobre la disponibilidad de personal en el servicio y la dificultad para efectuar los correspondientes estudios estadísticos que permitan una mejora en la gestión..hace que se apruebe y publique la siguiente DISPOSICIÓN:

BOD nº 11, de 16 de Enero del 2013....Instrucción 1/2013, de 14 de enero, de la Subsecretaria de Defensa[/u], por la que se dictan normas sobre la determinación y el control de las bajas temporales para el servicio del Personal Militar.

http://www.enfermeriamilitar.com/index_ ... 0bajas.pdf

Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por dmf »

Hola, ya te lo puso ALEAJACTAEST1,
http://www.derecho-militar.es/descargas ... O%20PM.pdf
Más: "6.Mientras persista la situación de baja temporal, cada quince días el servicio médico remitirá al Jefe de la UCO parte de confirmación de baja. Si el interesado NO estuviese atendido por la Sanidad Militar deberá remitir cada quince días un dictamen o informe médico de confirmación de la baja, pudiendo hacerlo a través de una tercera persona."
Tu, ahora pasaste rcmnp,y estas a lo que diga Sanidad Militar. Es decir, si en el acta pone útil y apto, eso es el alta y tendrías que incorporarte, fíjate si dependes ahora de Sanidad Militar, independientemente que continúes yendo a consulta.
Un saludo
cambeleg
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Re: Baja Ambulatoria o domiciliaria??

Mensaje por cambeleg »

Muchas Gracias por vuestra ayuda. :D :D
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