Tipo de vacantes

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saeese
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Tipo de vacantes

Mensaje por saeese »

Buenas.
Leyendo este hilo, me asaltan algunas dudas.
En breve me declararán APL 4 NO EN ACTO DE SERVICIO.
¿No tengo, ni debo, ni puedo hacer ningún escrito solicitando vacante dirigido al Gjmaper no?
Por otro lado pienso pedir a mis jefes de mi antigua unidad, a ver si me pueden solicitar una vacante en Zaragoza que es donde estaba destinado ( base aérea), ya que antes de cesar en dicho destino, se ofrecieron a ello y a cualquier cosa en que me pudieran ayudar. Espero que las palabritas no se las lleve el viento ( ya veremos).
Por último mi especialidad es Operaciones Aereas / NBQ Y CI englobada en Protección a la fuerza. ¿la vacante apl a la que pueda optar, será OAS/NBQ Y CI con la coletilla apl o simplemente será APL sin especialidad concreta?
Gracias de antemano por vuestras respuestas y vuestra gran labor.
Saludos.
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sargentodehierro
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Puedes solicitar a MAPER la vacante que quieras. ¿Pero en qué fundamentas esa petición?

Normalmente hay una serie de vacantes con la coletilla 314, que son las que pueden solicitar el personal APL. Puede que sean de tu especialidad o no. Has de ver si cumples todos los requisitos para solicitar esa vacante.

Si es verdad que te dijeron eso en tu antigua unidad, diles que te squen una vacante de libre designación para ti.

Un saludo.
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por nuri »

sargentodehierro escribió:Hola compañero,

Puedes solicitar a MAPER la vacante que quieras. ¿Pero en qué fundamentas esa petición?

Normalmente hay una serie de vacantes con la coletilla 314, que son las que pueden solicitar el personal APL. Puede que sean de tu especialidad o no. Has de ver si cumples todos los requisitos para solicitar esa vacante.

Si es verdad que te dijeron eso en tu antigua unidad, diles que te squen una vacante de libre designación para ti.

Un saludo.
Coletilla 344.
saludos.
saeese
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por saeese »

Gracias por las respuestas.
A tu pregunta Sargento de hierro sobre en que fundamento la petición, te diré que ni idea. Lo preguntaba por confirmar si sirve de algo hacer una solicitud al Maper o no, al NO SER EN ACTO DE SERVICIO. Lo digo por si sirve de algo o la tiran directamente a la papelera al recibir dicha petición. Entiende que quiero intentar tirar de todos los hilos posibles para que no me muevan de Zaragoza, total el "NO" ya lo tengo.
Lo que no entiendo es eso de que me puedan salir vacantes de mi especialidad o no, ya que si no son de mi especialidad con la coletilla 344, que requisitos debo cumplir y como me entero de estos últimos?
Finalmente ¿lo de la vacante de libre designación como comentas pueden sacarla o solicitarla los mandos de mi antigua unidad? y en caso afirmativo ¿Cuándo debería pedírselo antes de salir en el BOD la resolución o después?
Siento tanta pregunta pero me asaltan todas estas dudas a medida que avanza el proceso.
Saludos y gracias de nuevo a todos.
Aliena

Re: Tipo de vacantes

Mensaje por Aliena »

No tiene por qué ser de tu especialidad.

De hecho, las plazas para personal APL son "sin especialidad". Podrás pedir todas las que salga de tu empleo con la coletilla 344. Durante 6 meses tienes preferencia en la misma plaza.

En cuanto a que tu unidad saque una vacante para ti, no sé si será posible.

Hay unidades que por ser operativas, no tienen huecos para APL y tampoco pueden sacarlos.
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por nuri »

Aliena escribió:No tiene por qué ser de tu especialidad.

De hecho, las plazas para personal APL son "sin especialidad". Podrás pedir todas las que salga de tu empleo con la coletilla 344. Durante 6 meses tienes preferencia en la misma plaza.

En cuanto a que tu unidad saque una vacante para ti, no sé si será posible.

Hay unidades que por ser operativas, no tienen huecos para APL y tampoco pueden sacarlos.
Intentad dar las respuestas correctas porque equivocais mucho, se puede decir " yo creo que..." etc. Todos nos equivocamos pero hay que intentar no hacerlo.
Las coletillas de 344 salen como todas, puede que con especialidad o no o incluso que tu especialidad esté excluida para pedir y a día de hoy si es por antigüedad se la dan al más antiguo o al que tenga preferencia por X motivos.
Sobre los requisitos tienen que venir cuando salga la vacante al lado de 344 y demás
Tu unidad puede sacar las vacantes que pueda y quiera por plantilla (y a veces sin estar en plantilla), otra cosa es si se la dejan sacar de LD, en este mundo de la milicia se puede hacer de todo si tienes un buen enchufe, hombre lo suyo es que la saquen cuando hayas salido en el BOD porque si sale y no has salido tu pues no podrás pedirla, lógicamente.
Saludos.
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por saeese »

Gracias por las respuestas.
¿Entonces entiendo que sean o no de mi especialidad, en lo que me tengo que fijar es en que la vacante tenga la coletilla 344 no?
En cuanto a lo de la antigüedad no me preocupa pq llevo 15 años de cabo y dudo que me pisen por este motivo la vacante, otra cosa es que me saquen vacante en Zaragoza que es lo que me preocupa.
Saludos
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por sargentodehierro »

Si una vacante viene con la coletilla 344, pero es de una especialidad distinta a la tuya, no la puedes solicitar. Por ejemplo, si tu especialidad es Caballería, y publican una vacante de Infantería con la coletilla 344, no la puedes solicitar.

Un saludo.
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por saeese »

Entendido Sargento de hierro.
En resumen, puedo pedir:
- las de mi especialidad con la coletilla 344.
- las que sean sin especialidad con la coletilla 344.
Gracias de nuevo.
nuri
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por nuri »

Hay incluso vacantes que vienen sin la coletilla 344 y despues en las observaciones generales dice que los APL,s pueden optar a estas vacantes.
Así que atento.
Saludos.
saeese
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Re: Tipo de vacantes

Mensaje por saeese »

Gracias Nuri.
Sé a las que te refieres. Estaremos atentos.
Saludos a todos y gracias de nuevo.
Aliena

Re: Tipo de vacantes

Mensaje por Aliena »

He pasado dos veces el tribunal y como APL he pedido ya 5 vacantes.
Nunca vi una plaza para APL en la que para solicitarla hubiera que tener una especialidad específica.
Todas las que salieron en esas 5 convocatorias eran "sin especialidad".

Te dejo esto que encontré por aquí, por si te fuera de utilidad.

DIRECTIVA 03/10
ANEXO II

CRITERIOS DE GESTIÓN DE LOS DESTINOS PARA PERSONAL APTO CON LIMITACIONES PSICOFÍSICAS.

1.- CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL.
1.1.- IDENTIFICACIÓN DE PUESTOS.

Se identificarán dos tipos de puestos en la RPM:
a. Los indistintos. Que pueden ser solicitados y asignados a personal con/sin limitación, es decir, APL y no APL. (Sólo éstos se marcarán en la RPM con la observación "APL").
b. Los exclusivos para personal no APL (sin observación "APL")

1.2.- SOLICITUD Y ACTIVACIÓN DE PUESTOS “APL”.

Los puestos que actualmente estén ocupados por personal "APL" y no coincidan con estos criterios, superen el 25% o cualquier otra limitación establecida, llevarán la Observación "APL” hasta que queden vacantes. Las referencias a los porcentajes se entenderán del total de puestos de la RPM de la uco. Cuando una UCO supere el porcentaje establecido se suprimirá la observación APL de los puestos necesarios hasta regularizarlo. Los puestos de reserva con la posibilidad de ser publicados para personal en activo/reserva podrán ser solicitados por personal APL en defecto de peticionarios,cuando así se exprese en la convocatoria de la publicación de la vacante.

1.3.- CESE EN EL DESTINO.

Dada la diversidad de causas que provocan la limitación de condiciones psicofísicas, cuando se destine con carácter voluntario o forzoso por solicitud anuente, y el puesto asignado sea incompatible con la limitación que posea, el Jefe de la UCO deberá iniciar el procedimiento de cese en el destino conforme a lo establecido en el art. 104 de la LCM.

1.4.- TRATAMIENTO INDIVIDUALIZADO DE LAS LIMITACIONES.

Por parte de MAPER (DIPE) se dará un tratamiento individualizado al personal con limitaciones psicofísicas exclusivas o de coeficiente 5 para actividades que son exclusivas de las FAS, pero que puede desempeñar otras actividades comunes al ámbito laboral civil.

2.- CRITERIOS DE CARÁCTER ESPECÍFICO.

2.1.- CG y APOYO A LA FUERZA.
2.1.1.- EME./GABINETE/ASEJUR.

Todos los puestos de las UCO, s. de destino serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de puestos activados ocupados por personal APL.

2.1.2.- RI. "INMEMORIAL DEL REY 1".
25 puestos: 16CM y 9MT.
2.1.3.- JCISAT.
Todos los puestos serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de CM y el 25% de MT de puestos ocupados por personal APL. En cada unidad de destino del Regimiento de Transmisiones nº 22 se incluirá al menos un puesto para CM y otro para MT.
2.1.4.- CENTRO GEOGRÁFICO del ET.
Todos los puestos serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de CM y el 25% de MT de puestos ocupados por personal APL.
2.1.5.- IHCM/MUSEOS/ARCHIVOS.
Todos los puestos serán "indistintos", sin limitación de porcentaje.
2.1.6.- MAPER.
Todos los puestos en la Jefatura y Direcciones serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de puestos ocupados por personal APL. Resto podrá alcanzar el 100%.
2.1.7.- MALE.
Todos los puestos serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de CM y el 25% de MT de puestos ocupados por personal APL.
2.1.8.- MADOC.
Todos los puestos en la Jefatura y Direcciones serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de CM y el 25% de MT de puestos ocupados por personal APL. No podrán ser ocupados por personal APL puestos en las Academias (Dpto. de I/A, de Tac/Log. y profesores de SID de Tropa), en los CFOR (Puestos de Batallón de Instrucción/profesores), en los CENAD (Unidad de OPFOR y GIUACO) y los profesores de EMMOE, CEFAMET y ECEF.
2.1.9.- IGE.
Todos los puestos de la Jefatura IGE, Jefaturas de las Subinspecciones, DIIN, JEPER y Comandancias de Obras serán "indistintos", no pudiendo superarse el 25% de CM y el 25% de MT de puestos ocupados por personal APL, salvo personal de EDM, de CTM. de CPT y personal profesor/instructor de Educación Física y de Escuela de Conductores que no podrán ser ocupados por personal APL. Las Jefaturas de Subinspección que no son cabecera de Subinspección podrán alcanzar el 100%.
USBA/USAC todos los puestos serán "indistintos", sin superar el 25% de CM y el 25% de MT, salvo el personal de la USBA "Coronel Mate" con el título de "HC", que no podrán ser ocupados por personal APL.
2.1.10.- DIAE.
Todos los puestos serán "indistintos" no pudiendo superarse el 25% de puestos ocupados por personal APL.
2.2.- FUERZA.
2.2.1.- CGTAD.
4 puestos: 2CM y 2MT en cada una de las siguientes Unidades: CGTAD, Bón CGTAD, RINT 1, Bón PM.
2.2.2.- FT.
- En CG, s se incluirá al menos un puesto para CM y otro para MT.
- En Unidades Tipo Regimiento e inferior: No superar el 4%.o Cuadros de Mando:
• Cuando la RPM sea inferior a 50 se activará 1 puesto
• Entre 51 y 75 se activarán 2 puestos
• Superior a 75 se activarán 3 puestos.

O Militares de Tropa:

• Cuando la RPM sea inferior a 50 se activará 1 puesto.
• Entre 51 y 100 se activarán 2 puestos.
• Superior a 100 se activarán 3 puestos.

No existirán puestos indistintos en las Comandancias Generales de Ceuta, Melilla y Baleares, ni en el Mando de Operaciones Especiales.

2.2.3.- MCANA.
En las mismas condiciones que para FT, salvo en la SUICAN que se aplican los mismos criterios de IGE.
2.2.4.- FLO.
En las mismas condiciones que para FT.
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