Incapacidad permanente o segunda actividad?

Foro centrado en el Cuerpo Nacional de Policía, donde comentar e intercambiar opiniones e inquietudes.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

GiJoe81
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 120
Registrado: Lun Sep 22, 2014 5:00 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo
Comentario: En segunda actividad de 2016 a 2020.

Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por GiJoe81 »

Hola buenas tardes, hace un año aprox puse varios post consultando sobre la seg act o incapacidad permanente. Bueno ahora 15 meses después del incidente que marcó mi vida, me encuentro en la fase del procedimiento en que en breve tendré que pasar el tribunal médico en Madrid (todavía no he ido ninguna vez). Bueno pido consejo a quienes os encontréis en mi situación o ya la hayáis pasado. Es difícil que te den la incapacidad? Tienes que llevar mucha documentación? De normal dan la seg act y te toca ir al contencioso y tardar años? Que informes necesito para que la concedan directamente. Si alguien puede asesorarme por privado lo agradeceria. Un saludo!
"Lo que hagamos en vida, hace eco en la eternidad"
filandon
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 166
Registrado: Dom Sep 11, 2011 1:28 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por filandon »

Hola buenas compañero!!
Te mande MP en lo que se te pueda ayudar para eso estamos.
Un saludo
GiJoe81
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 120
Registrado: Lun Sep 22, 2014 5:00 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo
Comentario: En segunda actividad de 2016 a 2020.

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por GiJoe81 »

Gracias, te contesté. Vamos ha hablando. Saludos!
"Lo que hagamos en vida, hace eco en la eternidad"
sargentopatata
Soldado
Soldado
Mensajes: 1
Registrado: Lun Oct 19, 2015 11:17 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo
Comentario: Hola compañeros, me gustaría registrarme para recibir asesoramiento ya que llevo 16 meses de baja y en breve pasaré tribunal médico y tengo un mar de dudas que seguro me podréis resolver.
Gracias

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por sargentopatata »

Hola a todos, yo estoy tambien es esa situación, el 9 de diciembre cumplo 18 meses de baja y no he pasado nunca tribunal. Por lo que tengo entendido son tres las opciones que pueden pasar:
1-Prórroga extraordinaria de 6 meses más de baja.
2-Pase a segunda actividad.
3-Pase a jubilación.
La opción 1 suele producirse si la recuperación resulta evidente...económicamente sigues como hasta ahora.
La 3 justo lo contrario, la evidencia es la no recuperación por tener lesiones permanentes...si las mismas están reconocidas en acto de servicio 200%, sino lo que te corresponda en función de grupo administrativo y años de servicio.
Lo más común es pasar a segunda actividad, con la merma económica correspondiente, salvo si las lesiones están reconocidas en acto de servicio, ya que la nueva Ley de Personal contempla cobrar el 100% de las retribuciones(supongo que serefiere a sueldo base+trienios+complementos, nunca a productividad ni territorialidad).
Respecto qué haceel Tribunal médico, básicamente basarse en los informes que a lo largo de la incapacidad se ha ido aportando(en los meses 10 y 16 el médico que firma las bajas ha de hacer un informe de tu situación) y por supuesto de todo lo que aportes.
Todo lo mencionado no lo he vivido personalmente , ha sido recapitulado de la experiencia de otros compañeros que han pasado por lo mismo. Miexperiencia personal os la iré contando para que os sirva de ayuda.
Suerte a todos los que desgraciadamente estáis pasando este mal trago y esperemos que algún día podamos hacer vida normal y estemos "recuperados".
Un saludo
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

GiJoe81 escribió:Es difícil que te den la incapacidad?
Antes de nada, decirte que tienes que sustituir la palabra incapacidad por jubilación por pérdida de aptitudes psicofísicas, que a eso creo que te quieres referir. Pero para no confundir a los compañeros y para entendernos, te comento: si perdemos aptitudes psicofísicas, pasamos de activo a segunda actividad o jubilación (dependiendo de la gravedad de nuestras lesiones y de lo que nos incapaciten, será una u otra), pero no pasamos a incapacidad permanente.

A tu pregunta, ya te he respondido, va en función de tus lesiones y de lo que te incapaciten. Si te incapacitan de forma crónica y permanente de una forma menos grave (a segunda actividad), si es crónica y permanente y de mayor gravedad (a jubilación). El límite de la gravedad es criterio médico. Por eso puede haber casos similares, que según los que formen el tribunal médico de turno, pues ya sabes, unos a segunda actividad y otros a jubilación.
GiJoe81 escribió: Tienes que llevar mucha documentación?
La nueva documentación médica relevante. Digo nueva, porque ellos tienen una copia de todo tu expediente médico. No obstante, llévate los originales de todo, por si acaso te los piden. Yo los llevaba y no me los pidieron.
GiJoe81 escribió: De normal dan la seg act y te toca ir al contencioso y tardar años?
Es que creo que por norma no lo hacen. Volvemos a lo de antes, la gravedad y lo que te incapaciten. Lo que sí es cierto, es la peculiaridad del CNP/PN, con la figura de la segunda actividad, es un poco el saco roto y ante la duda, pues a la segunda actividad. En la seguridad social no existe esa figura y es o activo o jubilado por incapacidad permanente, lo que pasa es que ne la SS, si existe la incapacidad permanente total (te queda el 55% de la base reguladora y no puedes trabajar en tu oficio, pero si en otros) y la incapacidad permanente absoluta (te queda el 100% de tu base reguladora y no puedes trabajar en nada). Pues tienes que estar muy jodido para que te den la absoluta. Es como aquí la jubilación, por eso la mayoría, que presenta, digamos, patologías menos graves...pues, a segunda actividad.

Y lo del contencioso, no quiere decir que vas a los tribunales y ganas. Tienes que tener, no uno, si no varios informes médicos, claros y de peso para que el juez desvirtúe el pronunciamiento del tribunal médico, cuyo dictamen es el que ha tenido en cuenta el Director General de la Policía para pasarte a segunda activida. Por eso te digo que si tu lesión es grave OBJETIVAMENTE, entonces a nivel de tribunal médico te darán la jubilación, y si es que no, tendrás posibilidades en el contencioso con bastantes informes favorables a tu pretensión, si no, quieto en casa. No obstante, todo esto es como el Derecho, interpretable. Y puede que haya casos diferentes, pero esta línea es la normal.

Saludos y suerte.
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

Se me había repetido, perdón.
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

sargentopatata escribió:La 3 justo lo contrario, la evidencia es la no recuperación por tener lesiones permanentes...si las mismas están reconocidas en acto de servicio 200%
En general es como dices, pero lo de las lesiones permanentes tiene varios matices...

Puedes tener lesiones permanentes... "no invalidantes" y te correspondería una pequeña indemnización de muface, si esas lesiones han sido declaradas en acto de servicio y a seguir trabajando.

Puedes tener lesiones permanentes... "menos graves" (pero permanentes y crónicas) y lo normal es que te pasen a segunda actividad.

Y puedes tener lesiones permanentes... "de cierta gravedad" a criterio del tribunal médico y entonces sí, te jubilan. Y en este caso, si esas lesiones han sido en acto de servicio (descontando el itinere), entonces clases pasivas sí te otorgaría la pensión extraordinaria (el 200% de tu haber regulador).

Saludos
COMPAÑERO FCSE
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Sab Oct 24, 2015 4:37 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por COMPAÑERO FCSE »

Hola a todos!!. Perdonar por todas las molestias que pueda crear, pues estoy más perdido que " CARRACUCA ".
Soy un COMPAÑERO del CNP o ahora como nos llaman PN. llevo más de 21 años de servicio y tengo reconocidas Lesiones en Acto de Servicio y a consecuencias del mismo en los años 2002,03,08 y 2010 por los distintos Directores Generales respectivamente. las lesiones reconocidas son ( Hernia Discal L5-S1. Listesis L5-S1. Contusión Lumbar. Parestesias en ambos miembros inferiores. Lumbalgia posttraumática. fisura en el anulus. Sindrome de latigazo Cervical ).
solicité un puesto adecuado a mis aptitudes fisísicas a la Superioridad a cargo de las Dependencias donde presto servicio ya que me había colocado en control de acceso a las mismas y según la normativa debo de llevar el chaleco antibalas intermitentemente en el transcurso del mismo. la Contestación es e que siga donde estoy y que no hay otro sitio para mí en las Dependencias. ( Aun aportando los oportunos informes médicos ).
la penuría que estoy soportando os lo podeis imaginar y claro está ahora mismo estoy de baja pues me doblo en el trabajo. mis preguntas son:

¿ CUANTO TIEMPO TRANSCURRE MÁS O MENOS DESDE QUE SE SOLICITA TRIBUNAL MÉDICO A PROPIA PETICIÓN MÍA ?.
¿ CUANTO TARDA MÁS O MENOS DESDE QUE SE PASA DICHO TRIBUNAL HASTA QUE LE DAN LA CONTESTACIÓN ?.

¿ ME PUEDEN PASAR EL TRIBUNAL MEDICO A SEGUNDA ACTIVIDAD SIN RECONOCERME COMO EN ACTO DE SERVICIO ?.
si fuese este caso imagino que tendría que abrir un contencioso administrativo ¿ de cuanto tiempo hablamos ?

muchas gracias Compañeros por atender la situación en la cual me veo metido y lo más fuerte es que los dolores loa llevo todos los días y noches con migo desde hace años en Acto de Servicio y no me veo en absoluto respaldado ni gratificado por todo ello. muchas gracias!!.
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

COMPAÑERO FCSE escribió: la penuría que estoy soportando os lo podeis imaginar y claro está ahora mismo estoy de baja pues me doblo en el trabajo.
Como siempre en esta empresa, en vez de respetarte y recuperarte para la empresa, su mala gestión hace que pierdan a un funcionario. De pena, pero esta canción ya me suena. Pues haces muy bien, si no puedes ejercer tu actividad profesional y no te dan alternativas..., pues baja y a recuperar tu salud.
COMPAÑERO FCSE escribió: ¿ CUANTO TIEMPO TRANSCURRE MÁS O MENOS DESDE QUE SE SOLICITA TRIBUNAL MÉDICO A PROPIA PETICIÓN MÍA ?.
Bueno, no es que solicites directamente pasar el tribunal, tienes que solicitar cambio de situación administrativa: de activo a segunda actividad o si crees que estás muy jodido pues de activo a jubilación. Y para atender tu requerimiento la DGP te hace pasar por el tribunal médico, donde debes aportar toda la documentación médica que tengas y que defiendan tus pretensiones.
No obstante, desde que lo pides son un par de meses en llamarte, pero claro, tienes que justificar que esas lesiones que padeces ya son crónicas y permanentes y que las mismas te incapacitan para el servicio activo, porque en principio, si estás de baja es porque tienes una dolencia temporal que no te permite trabajar y se supone que es para curarte y volver al curro. Por lo que para solicitar el cambio de situación administrativa tienes que demostrar la cronicidad de tus lesiones.
COMPAÑERO FCSE escribió: ¿ CUANTO TARDA MÁS O MENOS DESDE QUE SE PASA DICHO TRIBUNAL HASTA QUE LE DAN LA CONTESTACIÓN ?.
De un mes a dos.
COMPAÑERO FCSE escribió:
¿ ME PUEDEN PASAR EL TRIBUNAL MEDICO A SEGUNDA ACTIVIDAD SIN RECONOCERME COMO EN ACTO DE SERVICIO ?.
Claro, el tribunal médico no se pronuncia sobre si las lesiones se han producido en acto de servicio o no, ellos solo valoran si esas lesiones o sus secuelas te incapacitan de forma permanente para ejercer la actividad policial. No entran en el acto de servicio, que es otro procedimiento administrativo diferente. Si dices que las tienes reconocidas en acto de servicio es porque en su día te realizaron ese procedimiento (expediente de lesiones o expediente de averiguación de causas) y lo resolvieron favorablemente a ti.

En caso de ir al contencioso, de año y medio a dos años, aproximadamente.

Saludos
COMPAÑERO FCSE
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Sab Oct 24, 2015 4:37 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por COMPAÑERO FCSE »

Muchísimas gracias Compañero BUGATTI!!. la verdad es que las lesiones las tengo a reconocidas en Acto de Servicio , con cuatro procesos diferentes y con 3 Directores de la Policía. mi situación es que tengo lesiones crónicas y alguna de carácter degenerativo.
la situación tan penosa que tengo es que solicité que se me cambiase de servicio para no tener que llevar el chaleco antibalas ( obligatoriedad ) de llevarlo por la Circular famosa, y la superioridad dice que NO TIENE MAS SITIO PARA MI QUE DONDE TENGO QUE LLEVARLO. " Para entendernos ".
yo estoy de baja porque se me carga muchísimo la espalda. pero la ley me ampara según riesgos Laborales y por eso tendré que solicitar que me revisen mí situación los servicios médicos. ( ESO ES LO QUE ME HAN ASESORADO ).
Vamos que la Superioridad en las Dependencias donde presto servicio, me han cerrado puertas y me han abierto otra diciéndome que o me pongo el chaleco aunque sea perjudicial para mi salud como dicen los médicos o no tienen sitio para mí. ( Una pena).
la cosa es que me dá miedo escénico que me revisen médicos me mande a tribunal y me pasen a segunda actividad sin concederme por Acto de Servicio. vamos a casa con 1000 euros Netos.

Es viable que aun teniendo las lesiones reconocidas, sin existir mala fé por mi parte, al llevar mas de 12 años sufriéndolas y habiendo sido en ese periodo condecorado con la cruz al mérito Policial y de mas Felicitaciones ¿ Me pasen a Segunda Actividad por no estar Apto para el Servicio Policial ?.

estoy más perdido !!!!.

muchas gracias Compañero Bugatti !!. estoy en la Capi y no sé si se pueden mandar privados desde este medio pero no me importaría invitarte a un cafe y así tener el placer de conocernos en persona o por otro medio. Gracias !!.
mu
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

COMPAÑERO FCSE escribió: Es viable que aun teniendo las lesiones reconocidas, sin existir mala fé por mi parte, al llevar mas de 12 años sufriéndolas y habiendo sido en ese periodo condecorado con la cruz al mérito Policial y de mas Felicitaciones ¿ Me pasen a Segunda Actividad por no estar Apto para el Servicio Policial ?.
Claro que es viable. Pero tienes metido en la cabeza lo del acto de servicio y lo del pase a segunda actividad por los médicos. Te repito que lo que te harán es abrirte un expediente administrativo de cambio de situación administrativa, donde el trámite principal es el pase por el tribunal médico, cuyo dictamen es el que vale y en el que se ampara el DGP para cambiarte o no de situación administrativa (de activo a segunda actividad o a jubilado). Si ellos consideran que tus lesiones te incapacitan para el servicio, según criterio médico, pues lo más seguro es que te manden a segunda actividad, siempre que tus lesiones no sean más graves, que entonces sería a jubilación.

A ellos les da igual si esas lesiones han sido causadas o no en acto de servicio. El criterio médico es la base de sus decisiones, yo no podría demostrar lo contrario.

Por lo que en caso de pasarte a segunda actividad, y como ya sabrás, la LO 9/2015, contempla que los que pasen a segunda actividad por lesiones en acto de servicio cobrarán el 100% de lo que percibían en activo. Por tanto, si de oficio no te reconocen ésto, tendrías que solicitarlo a instancia de parte, te abrirían un nuevo expediente de averiguación de causas y una vez analizadas tus lesiones y que éstas han sido en acto de servicio y las causantes de tu pase a segunda actividad, una vez comprobado todo eso, entonces te actualizarán tus retribuciones.

Los privados cuando lleves 10 mensajes, creo.

Estamos un poco lejos para el café, ja ja, pero gracias.

Saludos
COMPAÑERO FCSE
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Sab Oct 24, 2015 4:37 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por COMPAÑERO FCSE »

Muchas gracias por las aclaraciones Compañero Bugatti!!.
ahora voy a presentar una instancia solicitando una valoración de mi situación laboral según mís condiciones físicas, en personal ( Servicios médicos). amparándome en el RD del CNP Riesgos Laborales.
un saludo y ya iré contando mí situación.
gracias por hacerme sentirme con más confianza hacía esta situación en la cual me encuentro. por este Foro y sobre todo por las tus aclaraciones.
un saludo a todos los Compañeros !!.
COMPAÑERO FCSE
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Sab Oct 24, 2015 4:37 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por COMPAÑERO FCSE »

Hola muy buenas!!.
he sido citado en el Servicio Ocupacional y el resultado ha sido que me van a Citar para pasar Tribunal médico en un plazo súper rápido. ( menos de 2 meses). todo esto porque me quieren cambiar la situación administrativa. ( la cual no deseo ). haber si por favor alguien me podría resolver o aclarar alguna de mis dudas :

Si después de haber pasado el tribunal médico y notificarme el pase a segunda actividad por insuficiencia de Aptitudes Físicas de oficio no se me reconociesen las lesiones en Acto de servicio o a consecuencia del mismo de las lesiones consideradas.

.- ¿ Debería Solicitar a Instancia de parte el reconocimiento a dicho pase a Segunda Actividad en Acto de servicio a causa de una enfermedad o accidente profesional producidos en Acto de Servicio o como consecuencia del mismo?

.- En el caso que presentase la solicitud a Instancia de parte. ¿ A donde la debería dirigir ( División, Area... ?.

.- ¿ Desde cuando se contabilizan los años efectivos en la situación de servicio activo ?. ( Desde la fecha de entrada en la Academia o desde la toma de posesión de la jura del cargo )


muchas gracias por todo y menudo agobio que tengo compañeros !!!!!.
bugatti
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 921
Registrado: Mié May 02, 2012 1:26 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Otros

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por bugatti »

La verdad es que sí, que tienes un cacao bueno.

Te explico: el tribunal médico no valora nada del acto de servicio, más arriba lo comento, pero veo que no lo entiendes. Dices:
COMPAÑERO FCSE escribió: Si después de haber pasado el tribunal médico y notificarme el pase a segunda actividad por insuficiencia de Aptitudes Físicas de oficio no se me reconociesen las lesiones en Acto de servicio o a consecuencia del mismo de las lesiones consideradas.
El tribunal solo valora si tus lesiones o secuelas son permanentes o crónicas y si ellas te incapacitan para la labor policial. Nada más, lo del acto de servicio es otro procedimiento administrativo aparte, no lo mezcles.

Pero además, más arriba ya dices que el acto de servicio ya lo tienes reconocido por cuatro directores generales. Algo muy raro lo que dices porque para que un director de la DGP se pronuncie es para resolver un procedimiento abierto y dudo que te hayan abierto un mismo procedimiento para una misma causa cuatro veces. Por lo que pienso que confundes lo del reconocimiento con otra cosa. Te han tenido que abrir un expediente de lesiones o de averiguación bde causas y saberlo es tan fácil como tener la documentación correspondiente, en la que conste una resolución que indique las lesiones que tienes y que dichas lesiones han sido causadas en acto de servicio. Te pregunto: tienes ese documento?

Lo del plazo súper rápido, es el plazo normal. Si yo lo solicito ahora en 2 meses me citan también.

Luego dices:
COMPAÑERO FCSE escribió: .- ¿ Debería Solicitar a Instancia de parte el reconocimiento a dicho pase a Segunda Actividad en Acto de servicio a causa de una enfermedad o accidente profesional producidos en Acto de Servicio o como consecuencia del mismo?
Veo que sigues mezclando el pase a la segunda actividad con el acto de servicio todo en un mismo proceso. Son cosas diferentes y que se tramitan independientemente. Lo que pasa es que una vez producidas las dos son requisitos para optar al 100% de las retribuciones. Aquí la única instancia a cursar sería ante la división de personal de la DGP, adjuntando las dos resoluciones de la DGP:
1. La de tu pase a segunda actividad
2. La del acto de servicio
Y solicitar la actualización de las retribuciones. Todo ello, en caso de que la DGP no lo haga o te lo reconozca de oficio.

Lo de la antigüedad, para trienios desde la entrada en la academia, pero como servicio efectivo creo que es desde que se jura el cargo. Esto no te lo aseguro, si alguien lo puede asegurar...si no pregúntalo al sindicato o en personal.

Saludos
COMPAÑERO FCSE
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 18
Registrado: Sab Oct 24, 2015 4:37 pm
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Activo

Re: Incapacidad permanente o segunda actividad?

Mensaje por COMPAÑERO FCSE »

Hola y un saludo a todos los Foreros y muchas gracias por responderme Bugatti !!
yo tengo 4 Traslado de Acuerdos de 3 Directores Generales de la Policía por 3 causas diferentes en distintas fechas y años.

1.- (2 folios).

22 de enero de 2002.
RESULTADO: LISTESIS L5-S1 Y CONTUSIÓN LUMBAR.
ACUERDO: EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES CON EXPRESA DECLARACIÓN E QUE LAS LESIONES POR LAS QUE ( mi nombre) EL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DE 2001 FUERON PRODUCIDAS EN ACTO DE SERVICIO.
El Director General de la Policía FDO: Juan Gabriel COTINO FERRER y firma el Jefe de la Sección de Lesiones y Resarcimientos de la División de Personal con fecha del 22 de enero de 2002.

2.- ( 2 folios). Distinto acuerdo por la misma intervención policial.

06 de junio de 2003.
RESULTADO: HERNIA DISCAL L5-S1, ACOMPAÑADA DE PARESTESIAS EN AMBOS MIEMBROS INFERIORES.
ACUERDO: EL ARCHIVO DE LAS PRESENTES ACTUACIONES CON EXPRESA DECLARACIÓN E QUE LAS LESIONES QUE SUFRE ( mi nombre) " HERNIA DISCAL L5-S1, CON PARESTESIAS EN AMBOS MIEMBROS INFERIORES", HAN SIDO PRODUCIDAS EN ACTO DE SERVICIO.
El Director General de la Policía FDO: Agustín Diaz DE MERA Y GARCIA CONSUEGRA y firma el Jefe de la Sección de Lesiones y Resarcimientos de la División de Personal con fecha 06 de Junio de 2003.
Responder

Volver a “Cuerpo Nacional de Policía”