Indemnización seguro colectivo FAS

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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tuerto
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Mensaje por tuerto »

Saludos al foro
En efecto, verderón, la guardia civil en general no tiene cobertura por el seguro colectivo de las fas. Solamente un matiz. El seguro colectivo de las fas sí da cobertura (en iguales condiciones que al personal de las fas) al personal de la guardia civil mientras sean alumnos o estén en prácticas (se entiende alumnos de formación, no en cursos de perfeccionamiento).
cortes

a quien pueda dar información seguro colectivo

Mensaje por cortes »

Hola compañeros:
He preguntado en mi unidad y no saben nada sobre el seguro colectivo de las FAS y tampoco en la delegación de defensa. ¿Podría alguien publicar algo sobre el mismo? : condidiones para solicitarlo, cuantía etc. Aquí se ve que es un seguro fantasma. Gracias de antemano. Un saludo.
Verderon
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Mensaje por Verderon »

tuerto escribió:Saludos al foro
En efecto, verderón, la guardia civil en general no tiene cobertura por el seguro colectivo de las fas. Solamente un matiz. El seguro colectivo de las fas sí da cobertura (en iguales condiciones que al personal de las fas) al personal de la guardia civil mientras sean alumnos o estén en prácticas (se entiende alumnos de formación, no en cursos de perfeccionamiento).









Correcto compañero Tuerto, y exacto lo que has manifestado:

Lo tengo bien andado o trillado por todos los lados y a la Guardia Civil ni un duro vamos. Evidentemente, porque no contrataron en su día, tal vicisitud con (CASER) para nosotros los de verde...

Si personal de las Fuerzas Armadas o Ejército...

Tóma militar híbrido, ni civil ni militar, (o en tierra de nadie actualmente)...


Un saludo de Verderón al foro.
cortes

Mensaje por cortes »

Hola compañeros:
En la Delegación de Defensa no tienen ni idea del mencionado seguro colectivo. ¿Podría alguien decirme cuales son las condiciones para este año, y si lo puedo solicitar en la delegación donde estoy adscrito?. Otra cuestión; tengo ya el acta médica para retiro. ¿Cuánto tiempo suele transcurrir hasta la publicación en el boletín?. Gracias.
fulros
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Seguro colectivo CASER

Mensaje por fulros »

Hola compañeros, queria preguntar con referencia al seguro colectivo si son compatibles las indemnizaciones por perdida organica o funcional de los miembros, organos o facultades del Asegurado con las indemnizaciones por invalidez permanente absoluta que inhabilite a este para toda profesión o oficio? (paso a retiro por insuficiencia de condiciones psicofisicas).
Me explico: al tener y detectar el especialista una hipoacusia bilateral bastante pronunciada con utilizacion de audifonos, solicite la indemnizacion correspondiente y se me concedio, esto se hizo aun estando activo y la indemnizacion es por este motivo, ahora por reconocimiento medico extraordinario paso a retiro por insuficiencia psicofisica. Mi pregunta es la siguiente:
Tengo derecho a pedir la indemnizacion por pasar a retiro (invalidez permanente absoluta) o es incompatible con la indemnizacion que ya se me dio cuando estaba en activo?
Gracias por vuestra ayuda.
joseanto
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Seguro Colectivo FAS

Mensaje por joseanto »

Hola a todos, como bien leo en el foro todos tenéis muchos problemas a la hora de saber el proceso de los trámites. Por eso intento contestaros desde el punto de vista de mi propia experiencia.

Cuando alguien pasa a la situación de retiro, debe solicitar al Ministerio de Defensa le abone (en caso de corresponderle) la indemnización del seguro colectivo (normalmente el % de tu minusvalía concedida por el tribunal médico). Si por ejemplo te dan un 35% de minusvalía, te corresponderá el 35% de 45000 euros, que creo es el tope fijado para el año 2008, por ejemplo.
Esta solicitud lo normal es acudir a tu antigua Unidad, aprovechando los contactos aún existentes. Nadie tiene ni idea.
La segunda opción es acudir a la delegación de defensa. Rara vez alguien tiene idea de lo que le estas hablando..
La tercera opción es tener la suerte de encontrar un librito, folleto tamaño cuartilla que edita el MINISTERIO DEFENSA, donde queda recogida la cuantía del seguro, las condiciones, etc...En ese mismo librito hay un anexo que es el que hay que rellenar y tramitar hacia el ministerio de defensa. Mi consejo es copiarlo, adjuntar la documentación que se cita y tramitarlo por correo certificado (CIVIL) a la oficina del MINISTERIO DE DEFENSA (Negociado del seguro – Despacho 643).
Paseo de la castellana 109 - 28071 Madrid.


Allí la persona encargada recoge tu documentación y se la pasa a la compañía aseguradora CASER. Como CASER está muy liada, le pide al MINISTERIO DEFENSA que se lo pasa directamente a una compañía de seguros que se llama AON.

Si AON detecta que falta algún papel o documentación, se lo pide al Ministerio Defensa y este a su vez te lo pide a ti.
Tú le mandas el papel al MINISDEF y este a su vez a AON.
Una vez que AON considera que la indemnización es la adecuada se lo notifica a CASER y esta suelta el dinero que te llegara a tu cuenta corriente.

La Sta Maria Ángeles (cuyo Telf. de contacto facilité en otra intervención anterior) es la encargada de tramitar los papeles entre MINISDEF y AON.

Una vez dado inicio al estudio de tu documentación el MINISDEF te suele contestar: "esta tramitándose, esto todavía tardará unos 3 meses... NO SUELEN TENER MUCHA IDEA, mientras que la Sta Mª Ángeles te dice, por ejemplo: "está a punto de concederse la indemnización, se ha pasado a firma y en 12 días se te ingresa el dinero."

Si alguien llama directamente a la Sta Mª Ángeles pidiéndole el modelo de instancia, anexo, etc. Lógicamente esta contestara que no es su misión, ni puede ella empezar los trámites. Por eso es el propio interesado el que tiene que tramitar su instancia al propio Ministerio de Defensa. Y esperar que este tramite tus papeles a AON.

Ya para finalizar solamente quiero reiterar como ya dije en mi anterior intervención. Que esta indemnización es totalmente compatible con el pase a retiro por causa Psicológica.

Espero haber sido de ayuda.
Perdón por mi extensión y saludos a todos.
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Vale, se te agradece el esfuerzo hombre. LAstama que a mi no me coja. Esto del seguro es nuevo no?¿
ME alegro por los que les toque ahora.
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xxcg
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Mensaje por xxcg »

Gracias JOSEANTO

Un saludo
joseanto
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Seguro colectivo FAS

Mensaje por joseanto »

Este tema del seguro colectivo estaba un poco escondido y guardado en algún cajón.
Ha sido con el reciente accidente del YAK-42 cuando parece que alguien decidió darle mayor publicidad.
Algunas dudas que siguen surgiendo referente al seguro colectivo de las FAS intento solucionarlas en esta exposición de forma humilde, claro está.

Se dan si el accidente que motiva el paso a la reserva NO es acto de servicio.

Solo es para personal de las FAS. Tanto tropa como mandos.

Hay 5 años desde que se produzca el accidente (NO EL PASE A LA RESERVA) para solicitarlo.

SIMBAD míralo bien quizás te corresponda y aún estés a tiempo.

Saludos a todos.
rclac
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Mensaje por rclac »

Hola joseanto, muchas gracias por tu información. A partir de la primera vez que publicastes, yo presente la solicitud a traves de la delegación de defensa con fecha 21 de Enero. A día de hoy no he tenido ninguna respuesta, desde tu experiencia me aconsejas que me poga en contacto con el ministerio, con la compañía o debo seguir esperando. Se ponenen contacto contigo para decirte, aunque sea que la documentación ha tenido entrada y que se está estudiando?????

Muchas gracias.
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Gracias

Yo a través de Defensa no presento nada. Correos y acuse recibo
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joseanto
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SEGURO COLECTIVO FAS

Mensaje por joseanto »

Chicos, encantado de poder ayudar a alguien, pues en su día a mí este foro me ayudo mucho, también.

os comento un par de cosillas.
Lo primero el librito que te aplicaran será el del año en el cual empezó tu enfermedad.
Imagina que el primer parte médico (civil o militar) que menciona tu enfermedad es del 2006, sin embargo la resolución de pase al retiro en el BOD es del 2008. Pues bien se te aplicara la cantidad fijada para el 2006.
Las cantidades suelen variar poco de un año a otro.
De forma orientativa te podría decir que pueden ser algo parecido a esto:
2005 = 40.000
2006 = 41.000
2007 = 42.000
2007 = 43.000
Repito que no se, las cantidades exactas y que las menciono a título orientativo.
Por otra parte te comento que ningún librito, en ningún año menciona explícitamente la baja por motivo psicológico. Simplemente deja un ambiguo comentario del tipo:” …para otra lesión no recogida en el baremo, la calificación de la misma se realizará por analogía con otros casos que figuren como siniestros a efectos de tipificarlas… ”

El responsable de la delegación de defensa que hace un comentario del tipo: “ Eso no te corresponde…. No te lo tramito ….. o por baja psicológica no te lo van a dar…” está cometiendo una imprudencia absoluta y total, además de demostrarme que no quiere trabajar, o hacer bien su trabajo o no sabe por donde se anda, y eso cuando se juega con el dinero de otro es una verdadera imprudencia y temeridad.

Te garantizo que si tu minusvalía concedida por el tribunal médico Militar es de un porcentaje del 34% y tu año del primer parte médico por ejemplo es del año 2006. Esa persona de la delegación de Defensa está jugando con un dinero que te pertenece, exactamente con 13.940 Euros.

Lo digo en todas mis aportaciones.
Por motivos psicológicos también te corresponde la indemnización del seguro colectivo.
Hablo desde mi experiencia. Yo lo he cobrado y conozco a mas gente.

El encargado de la Delegación de Defensa lo único que tiene que hacer es darte registro de entrada a tu ANEXO y a tu documentación adjunta, en el cual le pides al Ministerio de Defensa que estudie tu caso.
La Delegación de Defensa no tiene que evaluar, ni decir si es o no correcto, solamente tiene que tramitar tu documentación. En caso que la delegación de Defensa se ponga “burra” y diga que no te lo tramita, siempre te queda la opción de mandarla tú, civilmente por correo certificado al Ministerio de Defensa y esperar a que se resuelva tu expediente y te ingresen el dinero. Posteriormente con el acuse del ingreso y la resolución favorable, dar parte del encargado de la Delegación de Defensa que no te lo quiso tramitar en su día.

Desde que tramites tu solicitud al Ministerio de Defensa hasta que te resuelvan el caso pueden pasar perfectamente 4 meses.. Tener paciencia. Por cierto nadie se pone en contacto para decirte que han recibido tu docuemntación y que la están estudiando ni nada por el estilo.

Como caso anecdótico deciros que yo a los 4 meses llamé al Minisdef para ver que tal iba mi expediente y me contestaron: “…Esto suele tardar todavía, seguramente hasta dentro de 2 meses no habrá nada en firme…” Como la contestación no me convenció llame a la Stª Mª Angeles de la Compañía AON y dándole mis apellidos esta me dijo:”… en dos días lo tienes en tu cuenta… “ y así fue a los dos días el dinero estaba en mi cuenta corriente.

Ya para terminar deciros que del dinero que os corresponda se os aplica la retención oportuna. En el ejemplo que he puesto antes pueden perfectamente retenerte un 15% (este % ya depende de la situación familiar de cada uno, casado, hijos, etc…) con lo que quedaría 13.940 – 15% = 11849.

Un saludo a todos y espero haber sido de ayuda una vez más
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|^Simbad^|
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Mensaje por |^Simbad^| »

Ola muuu buenas

Quería aclarar algo. Tiene razón joseantonio en que la instancia la tienen que tramitar, pero quiero ir más lejos.

Ningún funcionario civil ni MILITAR puede parar una instancia, es decir no registrarla. Es falta grave o delito por la sencilla razón de que está vulnerando derechos fundamentales amparados y protegidos por la Constitución y las ordenanzas militares, esas que tanto se nombran y tan poco se leen.

Además, al no darle curso reglamentario y entrar a opinar, está tomándose atribuciones del superior o la Autoridad a la cual le corresponde resolver, estando penado no solo ahora sino con el famoso Código de Justicia Militar , que tampoco leía la gente salvo 4 artículos muy bonitos.

Expuesto lo anterior, lo de correos no es la vida civil. Cívite es un ciudadano y desde luego un servidor nunca ha hecho dejación de serlo. Lo único en todo caso los derechos políticos por el hecho de ser militar y no todos. Moraleja, siempre he utilizado correos para las instancias, me daba menos problema, eso si, por conducto reglamentario. A pie de firma siempre va a la Autoridad que tiene que resolver. Y el certificado con acuse de recibo al inmediato superior del conducto reglamentario. no confundir. Y cuando le llegaba a mi inmediato superior pues .......... esto son lentejas... si quieres las comes y si no las dejas ...

Fuera ya del ámbito militar, no hay conducto reglamentario. Directa a la autoridad a resolverla, pero si se quiere que de más vueltas en fin. Otra cosa, la Ley Administrativa dice que son 3 meses a resolver, salvo que otra ley diga lo contrario o su procedimiento lo indique así. Lo digo por eso de 4 meses de eso nada..... A los 3 meses se le manda un escrito pidiendo los efectos del silencio si son positivos o negativos, teniendo que conestar en 20 dias. Hay que mirar si el silencio en ese procedimiento o sea la falta de resolución expresa lo consiente o deniega.

MAñana massssss
Un abrazo
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xxcg
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Mensaje por xxcg »

Hola Joseanto.
Si como dices, que te aplican el libro del año en el que se detectó la enfermedad, como por ejemplo, caso real, el 2001 y no te han dado el retiro hasta el 2008 , habiéndose resuelto un expediente en el 2003, con limitación para destinos con coeficiente 4.
Y posteriormente con el mismo diagnóstico en el 2006, se abre de nuevo otro expediente donde te dan el coeficiente 5, año 2008, pasando a retiro.

¿Qué pasa con la indemnización? ¿No hay derecho?

Un saludo
joseanto
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seguro colectivo FAS

Mensaje por joseanto »

Hola xxcg.

Así de duro e injusto es en muchas ocasiones el sistema.

Lo que si entiendo es que te corresponde la indemnización quizás te hagan el computo con la cantidad fijada para el 2001 y no la del 2006 que es cuando se reabre tu caso. Pero entiendo que te corresponde, por que el computo de 5 años desde el inicio de la enfermedad para solicitar la indemnización se paraliza por solicitudes de revisiones de expediente u otras circunstancias

No obstante mi consejo es tramitar la instancia al Ministerio de defensa para que este se la pase a la compañía EON, y que estos últimos sean los que decidan si te corresponde o No y en caso afirmativo que decidan que cantidad se te aplica 2001 ó 2006.

En caso que me aplicaran la cantidad del 2001, de mi primer parte médico, creo que me podría plantear el poner todo el tema en manos de un abogado, echando primero cuentas de lo que e cobrado y lo que podría haber cobrado, descontando además los gastos del abogado y demás.

Después pensaría si merece la pena o no.
Que merece la pena: Adelante.
Que no merece la pena: Resignación.


Un saludo
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