OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Muchas gracias por la respuesta y enterado
Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Saludos;
Os traslado una pregunta: ¿a qué organismo en concreto, con la ley en la mano, consideráis que un militar retirado por inutilidad posterior a 2009 debería de enviar una solicitud de compatibilidad laboral con su pensón?
He leído al completo el hilo y algunos lo enviáis a Hacienda (Dirección General de Costes de Personal) y yo entiendo que según normativa se debe de enviar a la:
Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa:
Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
Artículo 11. Comunicación del inicio de una actividad.
El pensionista de jubilación o retiro que pretenda compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de una actividad, en los términos establecidos en el artículo 10 de este Real Decreto, deberá comunicarlo a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando se trate de pensiones causadas por el personal civil o a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, respecto de las pensiones causadas por el personal militar
Me gustaría saber vuestra opinión. Pienso que si se envía a la Direccion General de Personal del Minisetrio de Defensa, en vez de a Hacienda, la resolución de la compatibilidad pueda tardar menos.
¿cómo lo véis?
Un saludo.
Os traslado una pregunta: ¿a qué organismo en concreto, con la ley en la mano, consideráis que un militar retirado por inutilidad posterior a 2009 debería de enviar una solicitud de compatibilidad laboral con su pensón?
He leído al completo el hilo y algunos lo enviáis a Hacienda (Dirección General de Costes de Personal) y yo entiendo que según normativa se debe de enviar a la:
Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa:
Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
Artículo 11. Comunicación del inicio de una actividad.
El pensionista de jubilación o retiro que pretenda compatibilizar el percibo de la pensión con el desempeño de una actividad, en los términos establecidos en el artículo 10 de este Real Decreto, deberá comunicarlo a la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda, cuando se trate de pensiones causadas por el personal civil o a la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa, respecto de las pensiones causadas por el personal militar
Me gustaría saber vuestra opinión. Pienso que si se envía a la Direccion General de Personal del Minisetrio de Defensa, en vez de a Hacienda, la resolución de la compatibilidad pueda tardar menos.
¿cómo lo véis?
Un saludo.
- trasgu123
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
La norma lo dice bien claro, asi que no hay lugar a la duda. Si lo mandas a Hacienda cuando comprueben de donde procede la pension, lo rebotaran a Defensa.
Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Gracias trasgu, coincide mi previsión con lo que expones, que es enviar la solicitud de compatibilidad mejor a Defensa en vez de a Hacienda (cuando hablamos de pensiones militares). Lo que me hacía dudar es el modelo éste, que veo que viene diseñado para enviarlo a Hacienda. ¿se puede/debe usar para enviarlo a Defensa? ¿se puede enviar en forma de redacción la solicitud de compatibilidad a Defensa o usáis este u otro modelo existente?:
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... 202010.pdf
En este mismo sentido, todo viene porque tiene que solicitar la compatibilidad un compañero y yo le recomiendo enviar la documentación a la:
1ª OPCIÓN: Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa: Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
....pero he leído en un hilo antiguo este otro departamento :
2ª OPCIÓN: Subdirección General de Costes de Recursos Humanos- Area de Pensiones: Paseo de la Castellana 233 (28046 - Madrid)
(antes parece ser tenía otra dirección:
c/ Ignacio Luca de Tena)
Yo le he comentado que ciñéndose al Real Decreto, en el tema de compatibilidades laborales no se pilla los dedos si se envía a la Dirección General de Personal de Defensa, es decir la primera opción. Si bien, creo que la segunda opción es un departamento del primer organismo, pero me extraña que tenga dirección distinta.
¿qué dirección le concretaríais vosotros? ¿daría igual?
Un saludo y agradecido.
http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... 202010.pdf
En este mismo sentido, todo viene porque tiene que solicitar la compatibilidad un compañero y yo le recomiendo enviar la documentación a la:
1ª OPCIÓN: Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa: Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
....pero he leído en un hilo antiguo este otro departamento :
2ª OPCIÓN: Subdirección General de Costes de Recursos Humanos- Area de Pensiones: Paseo de la Castellana 233 (28046 - Madrid)
(antes parece ser tenía otra dirección:
c/ Ignacio Luca de Tena)
Yo le he comentado que ciñéndose al Real Decreto, en el tema de compatibilidades laborales no se pilla los dedos si se envía a la Dirección General de Personal de Defensa, es decir la primera opción. Si bien, creo que la segunda opción es un departamento del primer organismo, pero me extraña que tenga dirección distinta.
¿qué dirección le concretaríais vosotros? ¿daría igual?
Un saludo y agradecido.
- palomeque2
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
hola yo la envié aquí el año pasado:
1ª OPCIÓN: Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa: Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
me tardo 4 meses en llegar a respuesta.
Un saludo.
1ª OPCIÓN: Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa: Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
me tardo 4 meses en llegar a respuesta.
Un saludo.
Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
palomeque2 escribió: ↑Dom Abr 29, 2018 7:04 pm hola yo la envié aquí el año pasado:
1ª OPCIÓN: Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa: Paseo de la Castellana núm. 109 - 28071 Madrid
me tardo 4 meses en llegar a respuesta.
Un saludo.
Gracias compañero, le diré que la envíe ahí que es donde pone el Real Decreto.
En cuanto al tiempo...veo que también tardan, como en tu caso, 4 meses.
Un saludo.
- palomeque2
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
En cuanto entre en personal puede estar de alta pero tiene que estar muy seguro que se lo van a conceder , yo empece el 15 de mayo a trabajar y me lo concedieron a mediados de junio .
estuve cobrando normal unos meses y a los tres o cuatro meses me lo ajustaron todo y me dejaron devolver lo que cobre de más en un año .
Un saludo.
estuve cobrando normal unos meses y a los tres o cuatro meses me lo ajustaron todo y me dejaron devolver lo que cobre de más en un año .
Un saludo.
- trasgu123
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
No hay 2, 3 o 4 opciones. Hay la que marca la norma legal.
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- Suboficial Mayor
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Buenas tardes compañeros.
Me he vuelto a leer la normativa (soy retirado después del 1 de enero del 2009) y creo entender que si trabajas en algo que no se te da de alta en la seguridad social ni en autónomos, no es necesario solicitar la compatibilidad a clases pasivas. Como digo creo entender, agradecería que me lo confirmaseis.
En este caso, yo voy a declarar el dinero ganado, pues no quiero ganar dinero negro, la pregunta es, podría marcar la casilla de la renta que dice trabajador en activo con un 33% o superior de minusvalía?
Espero vuestras respuestas, muchas gracias de antemano. Saludos.
Me he vuelto a leer la normativa (soy retirado después del 1 de enero del 2009) y creo entender que si trabajas en algo que no se te da de alta en la seguridad social ni en autónomos, no es necesario solicitar la compatibilidad a clases pasivas. Como digo creo entender, agradecería que me lo confirmaseis.
En este caso, yo voy a declarar el dinero ganado, pues no quiero ganar dinero negro, la pregunta es, podría marcar la casilla de la renta que dice trabajador en activo con un 33% o superior de minusvalía?
Espero vuestras respuestas, muchas gracias de antemano. Saludos.
- trasgu123
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Que trabajo es ese que no te dan de alta en la S Social o no te piden que lo estes de autonomo ??
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- Suboficial Mayor
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
El trabajo al que me refiero es árbitro.
Sería para arbitrar a niños y la verdad que sería una forma de sentirme útil.
Sería para arbitrar a niños y la verdad que sería una forma de sentirme útil.
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- Suboficial Mayor
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Hola de nuevo compañeros. Alguien me puede ayudar contestado mis preguntas? Gracias.
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Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
La jurisprudencia y alguna ley (creo recordar que de 2015) estiman que, si la actividad no se realiza de forma habitual (entiende en TS que se da esta circunstancia cuando se percibe menos del SMI en cómputo anual), no es necesario darse de alta en la Seguridad Social. Lo que sí es necesario siempre es darse de alta en el Hacienda (modelo 036 o 037) , hacer y presentar ante este organismo los balances trimestrales y de fin de año, etc. De este modo se puede, incluso, facturar.
En este enlace lo explican: https://infoautonomos.eleconomista.es/s ... sos-bajos/
Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
En este enlace lo explican: https://infoautonomos.eleconomista.es/s ... sos-bajos/
Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Cuidado... esto no es así, hoy por hoy en España, y con la ley en la mano, debes de darte de alta en el RETA aunque solo ganes 1 euro...odiseo35 escribió: ↑Jue Jul 05, 2018 2:02 pm La jurisprudencia y alguna ley (creo recordar que de 2015) estiman que, si la actividad no se realiza de forma habitual (entiende en TS que se da esta circunstancia cuando se percibe menos del SMI en cómputo anual), no es necesario darse de alta en la Seguridad Social. Lo que sí es necesario siempre es darse de alta en el Hacienda (modelo 036 o 037) , hacer y presentar ante este organismo los balances trimestrales y de fin de año, etc. De este modo se puede, incluso, facturar.
En este enlace lo explican: https://infoautonomos.eleconomista.es/s ... sos-bajos/
Espero haberte sido de ayuda. Un saludo.
Re: OJITO: SOLICITAR COMPATIBILIDAD ANTES DE TRABAJAR
Hay que solicitar la compatibilidad pero no para todo, por ejemplo para trabajar de abogado, profesión en la que no sería necesario darte de alta en el RETA o Régimen General, no debes solicitar la compatibilidad, aunque si lo hicieras no pasaría nada y te la concederían..mamisu escribió: ↑Mar Jun 19, 2018 3:28 pm Buenas tardes compañeros.
Me he vuelto a leer la normativa (soy retirado después del 1 de enero del 2009) y creo entender que si trabajas en algo que no se te da de alta en la seguridad social ni en autónomos, no es necesario solicitar la compatibilidad a clases pasivas. Como digo creo entender, agradecería que me lo confirmaseis.
En este caso, yo voy a declarar el dinero ganado, pues no quiero ganar dinero negro, la pregunta es, podría marcar la casilla de la renta que dice trabajador en activo con un 33% o superior de minusvalía?
Espero vuestras respuestas, muchas gracias de antemano. Saludos.