AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Alex87
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Alex87 »

Buenos dias.

A titulo informativo, queria comentar que, este fin de semana expuse mi caso a un compañero miembro del Sindicato que lleva el tema de las tramitaciones de las pensiones por invalidez.

Le expuse mi caso y la respuesta que me dió "sargentodehierro", a lo cual, me dijo que era cierto que no se me desconcatán los 9 meses de Servicio Militar Obligatorio, ya que, mis años cotizados en las Fuerzas Armadas no tienen nada que ver con mi obligacion o no de realizar el Servicio Militar Obligatorio.

Que, según la antigua Ley de Militares de Empleo, el hecho de ingresar y TRABAJAR como Militar de Empleo me eximía de realizar el Servicio Militar Obligatorio y, no que el tiempo que estuviese de Militar de Empleo me servía para hacer el Servicio Militar Obligatorio. Para ello, me indicó que, durante el Servicio Militar Obligatorio no se cotiza como Derechos Pasivos mientras que de Militar de Empleo sí se cotiza como Derechos Pasivos.

Por tanto, mis años cotizados como Derechos Pasivos son los únicos que me contabilizan para computar los años de Servicio al Estado para el calculo de la pension de invalidez, al igual que, si hubiese realizado el Servicio Militar Obligatorio no me hubiese contado como tiempo cotizado a Derechos Pasivos y que, el tiempo del Servicio Militar Obligatorio que no realicé, tampoco se entiende como que se me deba de restar a mis años cotizados a Derechos Pasivos porque son cosas distintas.

Es decir, a mi periodo de cotizacion como Derechos Pasivos como Militar de Empleo no se me debe descontar los famosos "9 meses" de Servicio Militar Obligatorio, ni tampoco a mi periodo de cotizacion como Derechos Pasivos como miembro del Cuerpo Nacional de Policia.

A todo esto, aclarado mi asunto y para salir de dudas con respecto a las respuestas de "trasgu123", le expuse mi misma situacion (mi fecha de nacimiento, mis fechas de ingresos en los distintos cuerpos y mi posible fecha de publicacion de retiro por incapacidad laboral) pero siendo que, en vez de Policia Nacional, yo fuese miembro de las Fuerzas Armadas o Guardia Civil.

A este respecto, me explicó que el articulo 32.3 del Real Decreto Legislativo 760/87 es de aplicación a todos y cada uno de los los funcionarios que cotizan como Derechos Pasivos, sin distinción de si son miembros de las Fuerzas Armadas, Guardia Civil, Policia Nacional o cualquier otro funcionario civil que haya cotizado a Derechos Pasivos durante toda su vida laboral, es decir, que si han hecho el Servicio Militar Obligatorio, ese tiempo no les computará como Servicios prestados al Estado porque no es tiempo cotizado como Derechos Pasivos, al igual que, si NO han hecho el Servicio Militar Obligatorio, ese tiempo NO SE LES PUEDE DESCONTAR del tiempo computado como Servicios prestados al Estado porque el tiempo trabajado y cotizado como Derechos pasivos es cosa diferente al tiempo prestado como Servicio Militar Obligatorio o Prestacion Social Sustitutoria o lo que sea.

Que, seguramente, la interpretacion y aplicacion de la frase "no computará..." a la que hace referencia el articulo 32.3 del Real Decreto Legislativo 760/87, se refiere a aquellos que tuvieron que realizar el Servicio Militar Obligatorio en su época, y despues, se reengancharon a la vida militar como profesionales o, posteriormente, tras la finalizacion del Servicio Militar Obligatorio continuarón su vida laboral dentro del funcionariado, época en las que dicho Servicio podía comprender entre 12 meses y 24 meses de Servicio Militar Obligatorio.

Por lo tanto, no es lo mismo el tiempo de servicio prestado al Estado como Servicio Militar Obligatorio ni Prestacion Social Sustitutoria, ya que, estos tiempos no generan Derechos Pasivos y, por el contrario, el tiempo de servicio prestado al Estado como profesional en algunas de sus ramas militares o civiles si genera Derechos Pasivos.
adrimbo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por adrimbo »

Hola Alex87.

Estoy totalmente de acuerdo con lo que explicas, me parece que, durante muchos años se ha aplicado el descuento del SMO de forma incorrecta al personal Militar Profesional y Guardia Civil.

Una cosa es querer añadir a los años cotizados el tiempo prestado como SMO (que es lo que no se puede hacer segun dice el art. 32 RD Legislativo 760/87 al decir que no se computará...) y otra cosa es descontar el SMO a los años cotizados (que es lo que se ha estado y se esta haciendo) puesto que, durante el SMO no se cotizaba como Derechos Pasivos.
Cancarma1974
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Cancarma1974 »

buenas soy Guardia civil nacida el 30/05/1974
ingreso en el cuerpo septiembre del 1993
no cotice a la seguridad social
si pasase ahora por inutilidad que esta en tramite con valoracion de la junta de un 35% de minusvalia que pension me quedaría
y si me concediesen el acto servicio?
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Cancarma1974 escribió: Jue Ago 23, 2018 1:35 pm buenas soy Guardia civil nacida el 30/05/1974
ingreso en el cuerpo septiembre del 1993
no cotice a la seguridad social
si pasase ahora por inutilidad que esta en tramite con valoracion de la junta de un 35% de minusvalia que pension me quedaría
y si me concediesen el acto servicio?
Hola compañera,

Te quedaría una pensión de 1774,87€ brutos en 14 mensualidades, a lo que habría que descontar únicamente el IRPF. En el caso de que te reconozcan las lesiones en acto de servicio, percibirías la pensión máxima, por importe de 2614,96€.

Un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Cancarma1974 »

Muchas graciass
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por Eya18 »

Hola compañeros, a ver quien me podria ayudar porque estoy muy perdida. Me han reconocido un 42% de minusvalia en la JMP EN ACTO DE SERVICIO. ¿Siendo Cabo con compromiso de larga duración que pensión me quedaria? monoparental con dos hijas. Año de ingreso en las FAS 2000.
Gracias de antemano y un saludo.
Por los servicios sociales de mi comunidad reconocido un 49%.
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Eya18 escribió: Dom Ago 26, 2018 2:25 pm Hola compañeros, a ver quien me podria ayudar porque estoy muy perdida. Me han reconocido un 42% de minusvalia en la JMP EN ACTO DE SERVICIO. ¿Siendo Cabo con compromiso de larga duración que pensión me quedaria? monoparental con dos hijas. Año de ingreso en las FAS 2000.
Gracias de antemano y un saludo.
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Hola compañera,

En tu caso sería el 70% del haber regulador del grupo C2, pero como es en acto de servicio, se calcula sobre el doble de ese haber regulador. La pensión resultante es de 1965€ brutos en 14 mensualidades.

Un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por fjmrapg »

hola buenas tardes, tengo una pregunta hoy he recibido la carta con el reconocimiento de la pension pero no me reconocen el 100% , me gustaria saber el motivo ya que creo que cumplo con los requisitos,
fecha nacimiento 1979 -

fecha retiro julio 2018 -

efectos economicos 1 agosto

fecha ingreso armada 05 mayo 1998

ascenso a cabo año 2000

ascenso cabo 1º año 2004

permanente año 2013




tiempos soldado 02 años 07 meses 07 dias
cabo 03 03 18
cabo 1º np 09 00 01
cabo 1º perm 05 03 07

tiempos de servicio para calculo de pension
c2 13 años 05 meses 22 dias años completos 13
c1 31 06 08 32

calculo de pension en la fecha de efectos economicos
c2 19659,06 - años acumulados 45 - % calculo 100- 19659,06
c1 24848,22- 19659,06 - años acumulados 32- % calculo 89,04 - 4620,43

total regulador anual 24279,49
importe mensual 1734,25

siempre he entendido que a partir del año 19 y un dia se considera estar en los 20 años y segun mis calculos con mi fecha de retiro julio de 2018 menos los nueve meses de mili serian 19 años y seis meses.


antetodo de nuevo muchas gracias de nuevo .
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

Ya te dije hace unas semanas en contestación a tu pregunta que resultaría ese importe. No te han descontado nada, simplemente ocurre que no llegas a los 35 años en el grupo C1, y por lo tanto no te queda el 100% de ese grupo. El señalamiento a mí entender es correcto.

Un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por fjmrapg »

muchas gracias por la contestacion tenia dudas porque cuando me calculaste no habia la subida de las pensiones entonces crei que varió el total, es que no entiendo de esto sargentohierro, pero por ejemplo si quisiera volver a trabajar que me quitarian el 20 o el 55 %? xq que se entiende que me quedo el 100% no? y ya lo ultimo y de nuevo perdon por preguntar pero xq no llego a los 35 años de c1? no se como se calcula, muchas gracias !!
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

No es que te quede el 100%, sino que no te descuentan nada de la pensión ya que no te falta ningún año completo hasta los 20 años de servicio, pero el cómputo total no llega a los 20 años de servicio, y por lo tanto la reglamentación dice que si compatibilizas un trabajo con el percibo de tu pensión, ésta se reducirá al 55%.

Lo de los 35 años del grupo C1 es muy fácil. Tú accediste a este grupo en 2013 desde que adquiriste la condición de militar permanente, y al pasar a retiro por inutilidad te computan como en activo en el grupo al que pertenecías en ese momento, los años que te faltan hasta cumplir los 65 años de edad. Si haces las cuentas verás que en el grupo C1 resultan 32 años, y por lo tanto no llegas a los 35 necesarios para llegar al 100%.

Un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por fjmrapg »

Pero a fecha de retiro si llevaría más de 20 años efectivos no?
Mayo del 98 a julio del 2018 xq lo de la mili se descontaria sólo para tema de pensión no?
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

El cálculo del tiempo de servicios efectivos al Estado, incluido el descuento de los nueve meses del SMO, son a todos los efectos de Clases Pasivas, como marca el artículo 32.1 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado.

Por lo tanto, en el momento de pase a retiro no cuentas con 20 años de servicios.

Un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por fjmrapg »

Pero entonces cuando dicen que para efectos ellos cuentan con 19 años y un día como los 20 años ? 20 años menos 9 meses mili 19 y 3 meses la de clases pasivas me dijo que ellos ya lo consideraban el año 20, si no es así habría alguna manera de reclamar lo del servicio militar? Ya que entre con 18 y no hice la mili. Muchas gracias y un saludo
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Re: AYUDA CÁLCULO DE PENSIÓN

Mensaje por sargentodehierro »

fjmrapg escribió: Mar Ago 28, 2018 10:19 pm Pero entonces cuando dicen que para efectos ellos cuentan con 19 años y un día como los 20 años ? 20 años menos 9 meses mili 19 y 3 meses la de clases pasivas me dijo que ellos ya lo consideraban el año 20, si no es así habría alguna manera de reclamar lo del servicio militar? Ya que entre con 18 y no hice la mili. Muchas gracias y un saludo
La ley no dice que 19 años y un día se conviertan por arte de magia en 20 años. Dice que se te descontará un 5% por cada año completo que te falten hasta los 20 de servicio. Por lo tanto en tu caso, como no te falta ningún año completo para llegar a los 20, no hay descuento. Pero para el tema de la compatibilidad dice que si en el momento del pase a retiro no cuentas con 20 años de servicio, como es tu caso, la pensión se reducirá al 55% en caso de compatibilizar el percibo de tu pensión con un trabajo.

Un saludo
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