Efectivamente la del 2017 estaba prescrita.JohnMillius escribió: ↑Mié Jul 05, 2023 5:00 pm Buenas tardes y feliz verano,
Me he leído el hilo buscando respuestas pero al final no me queda claro si se puede aplicar la reducción del 30% por lo de la maternidad y vacaciones en las declaraciones. Bueno al final para nada porque ya hice todas las complementarias de los años 2017, 2018, 2019, 2020 y 2021 y no metí la reducción para los q habían pasado más de 2 años pero bueno.....es para la alegación a Hacienda ya q he recibido la famosa notificación de q me piden los intereses por ahora de la complementaria de 2018...anda q han tardado pq las hice todas como el 25 de junio apurando el plazo.
Yo recibí el pago de lo de la vacaciones y maternidad el año pasado, vacaciones en septiembre de Defensa y maternidad con la paga extra de diciembre, las dos cosas fueron por resolución judicial q alcanzaron firmeza en 2022....
Ahora para hacer las alegaciones de 2018 les tengo q aportar las sentencias y explicarles el caso y entiendo q con eso llega no? Me refiero q no tengo q hacer una tesis doctoral para justicar todo.....y es q encima los mamones en sus datos fiscales ponen q corresponden pagos a ejercicios anteriores, cómo tienen la poca vergüenza de solicitar intereses? Yo flipo. Otra cosa, puedo decirles para quedarme a gusto q no apliqué la reducción del 30% para los años q sean aplicables?
Además creo q la cagué haciendo la complementaria de 2017 en la q me salió a pagar como 130€ más pq si la presenté el 25 de junio a dia 1 de julio ya estaría vencido el plazo de 5 años para ellos reclamar no?....
Bueno muchas gracias si me podéis aclarar algo, vamos q la alegación tampoco tiene q ser una obra maestra y lo de la reducción del 30% si se puede hacer...... muchas gracias compañeros.
No obstante no importa porque TODO lo cobrado debes declararlo en la declaración del 2022. Es por sentencia judicial, se declara en el año en que la sentencia es firme. Y no hay reducción del 30% pues no es una renta irregular, es un complemento que se consolida para toda la vida.
Si presentas en alegaciones del 2018 las sentencias, te crujen vivo, al descubrir que has cobrado fruto de una sentencia judicial y no lo has declarado en el año en que es firme, si no que lo has repartido entre esos años.
Y lo de decirles que no has metido el 30%.....hombre se van a reir, pues el 30% se mete cuando cobras rentas irregulares de mas de dos años, en un solo año, cosa que tú no has presentado, tu has puesto cada cantidad en su año. NO obstante, no te preocupes, no son rentas irregulares, no te puedes aplicar el 30% de ninguna manera. Ya lo explicó Francisco I.
Mal asunto. Yo de tí, en estos momentos no tocaba nada. O haría la del 2022 como debe ser, metiendo TODO, en ese año y sin reducir, y comparar qué te sale, y sí sale bien, o no tan mal, haría una Complementaria, y una solicitud de que no se tengan en cuenta las complementarias de los años anteriores presentadas por error.