IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Información y posteo sobre pensiones de viudedad y orfandad de Clases Pasivas

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IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por Infante91 »

Buenos dias en 2023 me retiraron por IPA y desgraciadamente mi padre que era jubilado del Regimen General fallecio en Febrero de este año, segun la normativa de la LGSS art.224 si estas Incapacitado para toda Profesion u Oficio aunque seas mayor de 21 años tienes derecho a la Orfandad como mi padre era del Regimen General entiendo que no existe Incompatibilidad en percibir ambas pensiones, lo solicite en febrero y mi sorpresa fue que me citaron para pasar revision en el EVI porque ellos tienen que acreditar que estoy Incapacitado para toda profesion, el hecho es que me la han denegado pero lo mas increible es que en el informe de sintesis reconoce que ya estoy Incapacitado para trabajar por Defensa -shock , no es una contradiccion que la SS diga que puedo trabajar y Clases Pasivas no, quisiera saber si algun compañero esta en una situacion parecida y se la concedieron y cobra las 2 pensiones, y que pasos ha seguido, un saludo.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por trasgu123 »

Clases Pasivas no le dice a nadie si puede trabajar o no, no es su competencia.

La competencia sobre pensiones de la SSocial la tienen los organos de la SSocial, en este caso el EVI. Los demas, ajenos, como si dicen misa en arameo antiguo.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por Infante91 »

trasgu123 escribió: ↑Mar Jun 02, 2026 4:48 pm Clases Pasivas no le dice a nadie si puede trabajar o no, no es su competencia.

La competencia sobre pensiones de la SSocial la tienen los organos de la SSocial, en este caso el EVI. Los demas, ajenos, como si dicen misa en arameo antiguo.
Buenas tardes, se que ellos tienen la potestad de decidir sobre sus pensiones pero si la JMPO acredita por tus patologías una absoluta para todo trabajo no debería tenerse en cuenta como prueba siendo clases pasivas otro organismo público?
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por trasgu123 »

Sigues metiendo a Clases Pasivas en algo en lo que "ni pincha, ni corta".

El EVI es el organo competente en la SSocial; tan claro como que te han dicho no por mucho que diga la JMPO.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por coolmaster »

Buenas,

Siento el fallecimiento de tu padre.

La Seguridad Social (Régimen General en este caso) no toma por automático la resolución de Clases Pasivas, por eso has ido a pasar el EVI.

Para la orfandad exige que, en la fecha del fallecimiento, se acredite la incapacidad para el trabajo en los términos de IPA/GI según la LGSS art. 224.

Puede ocurrir que SS haya considerado que tu incapacidad en Clases Pasivas se corresponde a un grado distinto de IPA (o que NO cumple el requisito de "para todo trabajo" en el sentido de la prestación), y por eso la EVI concluye otra cosa en el expediente de orfandad.

Eso no es jurisprudencialmente imposible y de hecho es lo habitual.

Se deniegan el 99%.

Salu2
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por Infante91 »

coolmaster escribió: ↑Mar Jun 09, 2026 8:06 pm Buenas,

Siento el fallecimiento de tu padre.

La Seguridad Social (Régimen General en este caso) no toma por automático la resolución de Clases Pasivas, por eso has ido a pasar el EVI.

Para la orfandad exige que, en la fecha del fallecimiento, se acredite la incapacidad para el trabajo en los términos de IPA/GI según la LGSS art. 224.

Puede ocurrir que SS haya considerado que tu incapacidad en Clases Pasivas se corresponde a un grado distinto de IPA (o que NO cumple el requisito de "para todo trabajo" en el sentido de la prestación), y por eso la EVI concluye otra cosa en el expediente de orfandad.

Eso no es jurisprudencialmente imposible y de hecho es lo habitual.

Se deniegan el 99%.

Salu2
Gracias compañero por el pésame, ya tengo reclamada el resolución porque en la misma no han fundamentado la desicion de que no estoy incapacitado para toda profesión, teniendo una resolución de pensión de retiro que lo acredita y además indica la excepción del IRPF por incapacidad permanente absoluta la cual he aportado a la reclamación previa, además de informes médicos actualizados sobre la cronicidad de las patologías por la cual me retiraron, pienso que si clases pasivas me avisa de la incompatibidad para trabajar tal como indican en la resolución tanto en el sector público como en el privado que implique estar de alta en la seguridad social, el INSS diga que si puedo, eso contradice la unidad de doctrina en la administración que está amparado por el tribunal supremo, por eso preguntaba si alguien había estado en una situación similar?.
Última edición por Infante91 el Mié Jun 10, 2026 7:27 pm, editado 1 vez en total.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por coolmaster »

Buenas.

Si, entiendo que tú quieres equiparación, pero como te han dicho no siempre se equipara la incapacidad de clases pasivas con la seguridad social, aunque clases pasivas indique que no puedes trabajar en sector público.

Pero la SS , tiene sus propios criterios de evaluación.

De hecho por eso te la han denegado seguramente.

Esperamos que compartas cómo te ha ido la reclamación previa!

Salu2!
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por trasgu123 »

Infante91 escribió: ↑Mié Jun 10, 2026 12:58 pm
Gracias compañero por el pésame, ya tengo reclamada el resolución porque en la misma no han fundamentado la desicion de que no estoy incapacitado para toda profesión, teniendo una resolución de pensión de retiro que lo acredita y además indica la excepción del IRPF por incapacidad permanente absoluta la cual he aportado a la reclamación previa, además de informes médicos actualizados sobre la cronicidad de las patologías por la cual me retiraron, pienso que si clases pasivas me avisa de la incompatibidad para trabajar tal como indican en la resolución tanto en el sector público como en el privado que implique estar de alta en la seguridad social, el INSS diga que si puedo, eso contradice la unidad de doctrina en la administración que está amparado por el tribunal supremo, por eso preguntaba si alguien había estado en una situación similar?.
Contradiccion NINGUNA. Si trabajas o no trabajas no es asunto de la SSocial, dicho en castellano vulgar: Les importa un rabano, no es su problema.

De hecho si mañana recibieses una buena oferta laboral que supere con creces el importe de la pension que harias, decir NO ??. Una cosa es Incompatibilidad y otra muy distinta Imposiblidad, y a las pensiones por IPA de CPasivas les afecta la primera no la segunda.

En todo caso, suerte con la reclamacion.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por Infante91 »

trasgu123 escribió: ↑Mié Jun 10, 2026 7:54 pm
Infante91 escribió: ↑Mié Jun 10, 2026 12:58 pm
Gracias compañero por el pésame, ya tengo reclamada el resolución porque en la misma no han fundamentado la decision de que no estoy incapacitado para toda profesión, teniendo una resolución de pensión de retiro que lo acredita y además indica la excepción del IRPF por incapacidad permanente absoluta la cual he aportado a la reclamación previa, además de informes médicos actualizados sobre la cronicidad de las patologías por la cual me retiraron, pienso que si clases pasivas me avisa de la incompatibidad para trabajar tal como indican en la resolución tanto en el sector público como en el privado que implique estar de alta en la seguridad social, el INSS diga que si puedo, eso contradice la unidad de doctrina en la administración que está amparado por el tribunal supremo, por eso preguntaba si alguien había estado en una situación similar?.
Contradiccion NINGUNA. Si trabajas o no trabajas no es asunto de la SSocial, dicho en castellano vulgar: Les importa un rabano, no es su problema.

De hecho si mañana recibieses una buena oferta laboral que supere con creces el importe de la pension que harias, decir NO ??. Una cosa es Incompatibilidad y otra muy distinta Imposiblidad, y a las pensiones por IPA de CPasivas les afecta la primera no la segunda.

En todo caso, suerte con la reclamacion.
Saludos, entiendo tú afirmación trasgu pero partamos del hecho de que una IPA no la dan por cualquier patología y la limitaciones funcionales están demostradas con los informes médicos para que resuelvan que no estás para trabajar, y dudo mucho que como estoy me ofrecieran un trabajo bien remunerado, no soy yo quien deba opinar sobre el nivel de exigencia que cada régimen aplica, pero si es evidente que tener una IPA por lo menos debería de ser considerado como prueba a fin de demostrar la imposibilidad de trabajar, si no pues siempre me quedará solicitarle al INSS que me proporcionen un trabajo mejor remunerado -wink un saludo.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por trasgu123 »

Pues ya ves que NO, no es prueba suficiente para nada, y solo hay que leer en este Foro a los compañeros ingresados despues de 2011 a los que la SSocial les vuelve a realizar evaluacion medica por mucho que diga el Acta de la JMPO.

Por otra parte, si tu pretension es obtener una pension de orfandad absoluta, antes de meterse en follones administrativos yo comprobaria si se reunen con exactitud todos los requisitos.
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Re: IPA Clases Pasivas+Orfandad Regimen General

Mensaje por Infante91 »

trasgu123 escribió: ↑Jue Jun 11, 2026 3:25 pm Pues ya ves que NO, no es prueba suficiente para nada, y solo hay que leer en este Foro a los compañeros ingresados despues de 2011 a los que la SSocial les vuelve a realizar evaluacion medica por mucho que diga el Acta de la JMPO.

Por otra parte, si tu pretension es obtener una pension de orfandad absoluta, antes de meterse en follones administrativos yo comprobaria si se reunen con exactitud todos los requisitos.
He leído a los compañeros y su acta de la JMPO es vinculante para la Incapacidad Permanente Total aunque pasen por el reconocimiento medico del EVI, otro tema es conseguir la Absoluta que si es a criterio del INSS, y si no creyera que cumplo la normativa creo que no me hubiera molestado en poner el Post he revisado la legislación art 224 y 225 de LGSS, y he querido compartirlo por si alguien había pasado por dicha situación pero ya veo que no es así, creo que es un derecho y si lo permite la normativa el obstáculo como siempre es la administración y sus criterios y creo que si no nos ayudamos entre nosotros ellos no lo harán, tal vez es a ti al que le falta información.
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Mensaje por coolmaster »

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Mensaje por coolmaster »

Infante91 escribió: ↑Jue Jun 11, 2026 5:56 pm
trasgu123 escribió: ↑Jue Jun 11, 2026 3:25 pm Pues ya ves que NO, no es prueba suficiente para nada, y solo hay que leer en este Foro a los compañeros ingresados despues de 2011 a los que la SSocial les vuelve a realizar evaluacion medica por mucho que diga el Acta de la JMPO.

Por otra parte, si tu pretension es obtener una pension de orfandad absoluta, antes de meterse en follones administrativos yo comprobaria si se reunen con exactitud todos los requisitos.
He leído a los compañeros y su acta de la JMPO es vinculante para la Incapacidad Permanente Total aunque pasen por el reconocimiento medico del EVI, otro tema es conseguir la Absoluta que si es a criterio del INSS, y si no creyera que cumplo la normativa creo que no me hubiera molestado en poner el Post he revisado la legislación art 224 y 225 de LGSS, y he querido compartirlo por si alguien había pasado por dicha situación pero ya veo que no es así, creo que es un derecho y si lo permite la normativa el obstáculo como siempre es la administración y sus criterios y creo que si no nos ayudamos entre nosotros ellos no lo harán, tal vez es a ti al que le falta información.

Buenos días.


¿Al final pudiste arreglar algo?

¿Cómo terminó el asunto, conseguiste solucionarlo o no te concedieron el grado?



Saludos.
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coolmaster escribió: ↑Dom Oct 04, 2026 12:49 pm
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trasgu123 escribió: ↑Jue Jun 11, 2026 3:25 pm Pues ya ves que NO, no es prueba suficiente para nada, y solo hay que leer en este Foro a los compañeros ingresados despues de 2011 a los que la SSocial les vuelve a realizar evaluacion medica por mucho que diga el Acta de la JMPO.

Por otra parte, si tu pretension es obtener una pension de orfandad absoluta, antes de meterse en follones administrativos yo comprobaria si se reunen con exactitud todos los requisitos.
He leído a los compañeros y su acta de la JMPO es vinculante para la Incapacidad Permanente Total aunque pasen por el reconocimiento medico del EVI, otro tema es conseguir la Absoluta que si es a criterio del INSS, y si no creyera que cumplo la normativa creo que no me hubiera molestado en poner el Post he revisado la legislación art 224 y 225 de LGSS, y he querido compartirlo por si alguien había pasado por dicha situación pero ya veo que no es así, creo que es un derecho y si lo permite la normativa el obstáculo como siempre es la administración y sus criterios y creo que si no nos ayudamos entre nosotros ellos no lo harán, tal vez es a ti al que le falta información.

Buenos días.


¿Al final pudiste arreglar algo?

¿Cómo terminó el asunto, conseguiste solucionarlo o no te concedieron el grado?



Saludos.
Saludos coolmaster presente reclamacion previa y no me contestaron asi que he presentado demanda en el juzgado de lo social por silencio administrativo y me han reactivado el expediente, estoy a la espera de contestacion y de la documentacion que mi abogado les ha solicitado.
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