Reconocimiento 33 % invalidez

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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masss
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Reconocimiento 33 % invalidez

Mensaje por masss »

Hola este es mi primer post soy guardia Civil y estoy o proximamente estaré retirado por perdidad de aptitudes psicofísicas, en esta misma pagina Web he leido lo siguiente:

A efectos del IRPF, los pensionistas de Clases Pasivas que tienen reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad o inutilidad para el servicio se consideran afectados por una minusvalía igual o superior al 33 por 100, sin necesidad de acreditar su grado de minusvalía con un certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de las Comunidades Autónomas.

Si esto es así, cosa que no dudo dado la fuente de la que procede, deberá existir una norma legal que lo recoja y por tanto agradecería la ayuda de alguien que me pudiese indicar cual es esa norma.

Salu2 y gracias de antemano.-
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masss
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Mensaje por masss »

Pues nada navegando por la red encontre la respuesta de lo que buscaba esta norma es el R.D. 1414/2006, de fecha 16/12/06.-

De todas formas gracias y salu2.-
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masss
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Mensaje por masss »

Estimado compañero, como bien dices es una realidad, está publicado en el BOE Nº10 de fecha 11/01/2003, Cap. III - Art. 67-1
saludos
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masss
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Mensaje por masss »

Lunallena por lo que he visto por ahí, precisamente se ha publicado el R.D. 1414, para evitar la mala interpretación que algunas C.C.A.A. hacían de la norma anterior y al objeto de unificar criterios en esta materia.-
jalcram
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Mensaje por jalcram »

HAY QUE MATIZAR QUE ESTA LEY RECONOCE A LOS RETIRADOS EN REGIMEN DE CLASES PASIVAS U 33% DE MINUSVALIA QUE NO HAY QUE ACREDITAR SIN TENER QUE PASAR POR EL ORGANISMO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA PERO SI QUIERES MAS DEL 33% SI DEBES PASAR POR EL ORGANISMO CORRESPONDIENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA LEER BIEN EL REAL DECRETO QUE LO DICE BIEN CLARITO
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mj
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Mensaje por mj »

Efectivamente jalcram, solamente con el reconocimiento de pensión por incapacidad tenemos el 33%, sin necesidad de pasar por la Comunidad Autónoma, con el reconocimiento de pensión no spodemos dirigir por ejemplo al Ayuntamiento y solicitar la exención del Impuesto de Vehículos, y podemos ponernos la deducción correspondiente al 33% en la Renta.

Ahora bien, si deseamos que nos reconozcan mas porcentaje de incapacidad, debemos pasar el triunal de la Comunidad autónoma.
chipi
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que me aclare alguien si puede

Mensaje por chipi »

Esto quiere decir que aunque el tribunal médico militar en su dia, te retire con un 25% y me de por inutil para el servicio, tengo reconocida la minusvalia del 33% ""sin pasar el tribunal del centro de valoración de discapacidad"" de la comunidad autónoma? esto es cierto?, De otra manera, sea cual sea la perdida de condiciones psicofisicas y la valoracion del tribunal aunque no te concedan el 33%, si lo puedes hacer constar en la declaración de la renta como si fueras discapacitado? muchas gracias por adelantado si hay alguien que me lo pueda confirmar.
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masss
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Mensaje por masss »

confirmado, el retiro por cualquier tipo de incapacidad física o psiquica su pone un 33% de minusvalía.
rclac
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Mensaje por rclac »

Hola a todos. Acaban de notificarme decreto del ayuntamiento de Getafe en Madrid por el que resuelven desestimar mi solicitud de exención en el pago del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Yo lo había solicitado en base al RD 1414/06 y la resolución de mi pase a retiro por inutilidad psicofísica, sin haber pasado por los servicios de valoración de la comunidad de Madrid.
Argumentan que tenemos reconocido el grado de minusvalía sólo a los efectos de la ley 51/03 y se acogen al T.R.L.R.H.L. para exigirte el certificado de minusvalía emitido por el órgano competente.
Dan fundamentos jurídicos con sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Alguien puede comentar la jugada. Dan opción al recurso de reposición. ¿como lo veis?
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mj
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Mensaje por mj »

Eso que te dicen es por que tienen muy poca verguenza, pues el Real Decreo 1414/2006 en su disposición final 1ª dice

"Disposición final primera. Validez de la acreditación del grado de minusvalía.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y con el artículo 1 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, la acreditación del grado de minusvalía en los términos establecidos en el presente real decreto tendrá validez en todo el territorio nacional.


El artículo 1 del Real DEcreto 1971/1999 dice.
"Artículo 1. Objeto.

La presente norma tiene por objeto la regulación del reconocimiento de grado de minusvalía, el establecimiento de nuevos baremos aplicables, la determinación de los órganos competentes para realizar dicho reconocimiento y el procedimiento a seguir, todo ello con la finalidad de que la valoración y calificación del grado de minusvalía que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio del Estado, garantizando con ello la igualdad de condiciones para el acceso del ciudadano a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen.


Ley 1971/1999 en su artículo 1 regula como se reconoce el grado de minusvalía, por ello el R.D. varía esta forma de reconocimiento.

Todo esto según mi humilde forma de entender.
mvbjerez
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Mensaje por mvbjerez »

• Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales.
(BOE nº 311, 28-12-2002)
Hace extensa la exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción mecánica (conocido por Impuesto de Circulación) a los vehículos matriculados a nombre de personas con minusvalía para su uso exclusivo, independientemente de la potencia fiscal de los vehículos o de si están adaptados o no para su conducción.
chipi
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minusvalia por defecto y beneficios

Mensaje por chipi »

Geacias a todos por vuestras aportacion en materia legal soy todos una maravilla. Mi pregunta es la siguiente, si tengo LA MINUSVALIA POR EL SIMPLE HECHO de la perdida de aptitudes psicofisicas aunque en su dia el tribunal medico militar no me dio mas del 25%, tengo la minusvalia a todos los efectos fiscales ya estamos de acuerdo en eso, PERO......... ¿a la hora de solicitar empleo puedo decir que tengo minusvalia? se puede aplicar como una minusvalia a todos los efectos, tema fiscal, viñeta y aportar para el trabajo? perdonar por tanta insistencia, pero es que quiero estar seguro.
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Mensaje por chipi »

Quiero decir que si este certificado de minusvalia dado por "defecto" me sirve para aportar en el ambito laboral. Antes no me habia explicado bien.
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mj
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Mensaje por mj »

Geacias a todos por vuestras aportacion en materia legal soy todos una maravilla. Mi pregunta es la siguiente, si tengo LA MINUSVALIA POR EL SIMPLE HECHO de la perdida de aptitudes psicofisicas aunque en su dia el tribunal medico militar no me dio mas del 25%, tengo la minusvalia a todos los efectos fiscales ya estamos de acuerdo en eso, PERO......... ¿a la hora de solicitar empleo puedo decir que tengo minusvalia? se puede aplicar como una minusvalia a todos los efectos, tema fiscal, viñeta y aportar para el trabajo? perdonar por tanta insistencia, pero es que quiero estar seguro.
Si, tienes reconocido el 33% a todos los efectos, sociales y fiscales.
rclac
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Mensaje por rclac »

Eso no es del todo cierto, en algunos ayuntamientos no te reconocen el grado de minusvalía para la exención de impuesto de circulación. Te obligan a pasar por los centros de reconocimientos de la comunidad autonoma. Es mi caso en el ayuntamiento de Getafe. Alguien me dice que se puede hacer???. Yo he solicitado pasar por los servicios sociales de mi comunidad, pero podría pasar que no me reconocieran el 33%.
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