coeficiente 5 b y sueldo
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coeficiente 5 b y sueldo
Soy cabo 1 permanente con 24 años y 7 meses de servicio, me han concedido el retiro con un 36 de minusvalia y un coeficiente 5 b, quisiera saber que significa el coeficiente 5 b y cuanto sueldo se me va a quedar gracias
- jagv
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Pues si no me equivoco seri el 70% de tu haber regulador, o sea 14 Pagas de 1186,71 euros brutos, si es acto de servicio sera el 140%... un saludo y suerte
- trasgu123
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Para el calculo hace falta saber la fecha de nacimiento, fecha de ingreso y año desde el que eres permanente. Pero te adelanto que andara por los 1.650€ brutos mensuales mas dos pagas extras.
Lo del 5b. El 5 es el coeficiente que te han aplicado, la B no la tengo controlada ¿estas seguro que es una B?. Viene recogido en el Real Decreto 944/2001.
Lo del 5b. El 5 es el coeficiente que te han aplicado, la B no la tengo controlada ¿estas seguro que es una B?. Viene recogido en el Real Decreto 944/2001.
- sargentodehierro
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Hola compañero,
Lo de la letra "b" viene recogido en el Real Decreto 1370/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. En el apartado dos de su artículo único, dice:
"Ante la asignación de un coeficiente 5, el dictamen médico pericial debe proponer, con la justificación oportuna y explicitando de forma clara las limitaciones de cada caso, una de las cuatro opciones siguientes:
a) No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
b) Sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.
c) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio.
d) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio, ni las actividades de la vida diaria."
Lo de la pensión en todo caso será el 100% y será como te ha dicho trasgu123 y no el 70% como te ha dicho otro compañero.
Un saludo.
Lo de la letra "b" viene recogido en el Real Decreto 1370/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. En el apartado dos de su artículo único, dice:
"Ante la asignación de un coeficiente 5, el dictamen médico pericial debe proponer, con la justificación oportuna y explicitando de forma clara las limitaciones de cada caso, una de las cuatro opciones siguientes:
a) No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
b) Sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.
c) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio.
d) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio, ni las actividades de la vida diaria."
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- jagv
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Hola, perdonad si me he equivocado pero es lo que lei de un caompañero y pense que era asi,lo copio.
Para el caso de los temporales y para declararte la pension solo te afecta ese Real decreto 1186/2001, olvidate de pensionazo y todo lo demás en un principio.
a)Si tienes entre 25% y 33% en JMP te corresponde el 50% haber regulador - siendo 100% en caso Acto de servicio (se multiplica por dos).
b)Si tienes entre 33% y 50% en JMP te corresponde el 70% haber regulador - siendo 140% en caso Acto servicio. (se multiplica por dos)
c)Y si tienes mas del 50% te corresponde el 100% haber regulador - siendo 200% en caso de Acto servicio (se multiplica por dos)
Eso lo puso un compañero de aqui del foro, ya no se cual es la diferencia, entre las maneras que hay de calcular las pensiones por falta de aptitud psicofisicas, si alguien por favor me lo pudiera explicar lo agradeciria, un saludo y muchas gracias..
Para el caso de los temporales y para declararte la pension solo te afecta ese Real decreto 1186/2001, olvidate de pensionazo y todo lo demás en un principio.
a)Si tienes entre 25% y 33% en JMP te corresponde el 50% haber regulador - siendo 100% en caso Acto de servicio (se multiplica por dos).
b)Si tienes entre 33% y 50% en JMP te corresponde el 70% haber regulador - siendo 140% en caso Acto servicio. (se multiplica por dos)
c)Y si tienes mas del 50% te corresponde el 100% haber regulador - siendo 200% en caso de Acto servicio (se multiplica por dos)
Eso lo puso un compañero de aqui del foro, ya no se cual es la diferencia, entre las maneras que hay de calcular las pensiones por falta de aptitud psicofisicas, si alguien por favor me lo pudiera explicar lo agradeciria, un saludo y muchas gracias..
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
buens tardes, efectivamente tienes un coeficiente 5 de perdida de aptitud psicofisica lo de la letra b es el tipo de patologia que te han diagnosticado, en cuanto al sueldo al ser permanente y llevar mas de 20 años de servicio te corresponde el 100% de tu haber regulador en tu caso grupo C1 que no se a cuanto ascendera concretamente, un saludo y que te vaya todo bien.
Re: coeficiente 5 b y sueldo
gracias por contestarme, naci en 1968, ingrese el 24 de julio de 1987 y soy permanente desde el año 2003trasgu123 escribió:Para el calculo hace falta saber la fecha de nacimiento, fecha de ingreso y año desde el que eres permanente. Pero te adelanto que andara por los 1.650€ brutos mensuales mas dos pagas extras.
Lo del 5b. El 5 es el coeficiente que te han aplicado, la B no la tengo controlada ¿estas seguro que es una B?. Viene recogido en el Real Decreto 944/2001.
Re: coeficiente 5 b y sueldo
graciassargentodehierro escribió:Hola compañero,
Lo de la letra "b" viene recogido en el Real Decreto 1370/2009, de 13 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. En el apartado dos de su artículo único, dice:
"Ante la asignación de un coeficiente 5, el dictamen médico pericial debe proponer, con la justificación oportuna y explicitando de forma clara las limitaciones de cada caso, una de las cuatro opciones siguientes:
a) No puede ejercer las actividades que son exclusivas de las FAS, pero puede desempeñar otras actividades en las FAS comunes al ámbito laboral civil.
b) Sólo puede desempeñar actividades laborales en el ámbito civil.
c) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio.
d) No puede desempeñar ninguna profesión u oficio, ni las actividades de la vida diaria."
Lo de la pensión en todo caso será el 100% y será como te ha dicho trasgu123 y no el 70% como te ha dicho otro compañero.
Un saludo.
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Es como dices; pero es así para los TEMPORALES. En éste caso estamos hablando de un PERMANENTE, y por tanto le corresponde el 100% del C-1 que creo anda por los 23.736 €/añojagv escribió:Hola, perdonad si me he equivocado pero es lo que lei de un caompañero y pense que era asi,lo copio.
Para el caso de los temporales y para declararte la pension solo te afecta ese Real decreto 1186/2001, olvidate de pensionazo y todo lo demás en un principio.
a)Si tienes entre 25% y 33% en JMP te corresponde el 50% haber regulador - siendo 100% en caso Acto de servicio (se multiplica por dos).
b)Si tienes entre 33% y 50% en JMP te corresponde el 70% haber regulador - siendo 140% en caso Acto servicio. (se multiplica por dos)
c)Y si tienes mas del 50% te corresponde el 100% haber regulador - siendo 200% en caso de Acto servicio (se multiplica por dos)
Eso lo puso un compañero de aqui del foro, ya no se cual es la diferencia, entre las maneras que hay de calcular las pensiones por falta de aptitud psicofisicas, si alguien por favor me lo pudiera explicar lo agradeciria, un saludo y muchas gracias..
- trasgu123
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
OK. Lo dicho, sobre 1.650€ brutos al mes, a lo que hay que descontar el IRPF correspondiente.
- sargentodehierro
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Hola compañero,glaston68 escribió:buens tardes, efectivamente tienes un coeficiente 5 de perdida de aptitud psicofisica lo de la letra b es el tipo de patologia que te han diagnosticado, en cuanto al sueldo al ser permanente y llevar mas de 20 años de servicio te corresponde el 100% de tu haber regulador en tu caso grupo C1 que no se a cuanto ascendera concretamente, un saludo y que te vaya todo bien.
La letra "b" no es el tipo de patología que le han diagnosticado. Para eso está el apartado 2.1 del acta médica de la JMP. Esa letra quiere decir que no es apto para seguir trabajando en las FAS, pero sí en la vida civil.
Un saludo.
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
y que te dan por el seguro colectivo y gracias a todos por responderme
- sargentodehierro
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Lo del seguro colectivo depende de cuando se inició la patología.
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
2007 me operaron por 1ª vez pero diagnosticada en el año 2004sargentodehierro escribió:Lo del seguro colectivo depende de cuando se inició la patología.
- sargentodehierro
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Re: coeficiente 5 b y sueldo
Si fue diagnosticada por primera vez en 2004, ya no podrías reclamar nada ya que han pasado más de 5 años.
Un saludo.
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