R. Disciplinario Militar Retirado
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- jagv
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R. Disciplinario Militar Retirado
Hola a todos.
El otro día salí retirado y ahora en mi nueva vida y situación me han surgido una serie de cuestiones y dudas, como residencias para retirados, TIM, ayudas de ISFAS. etc, pero el asunto que quería tratar de momento es el siguiente.
Todos sabemos que tenemos la Ley Orgánica 8/1998, de 2 diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Pero estando retirado, ¿que derecho y deberes tenemos?. Seguro que vosotros me podreis orientar en algo al respecto, quiero tener todo claro y dar pasos firmes en esta andadura nueva.
Como siempre gracias por todo y un saludo
El otro día salí retirado y ahora en mi nueva vida y situación me han surgido una serie de cuestiones y dudas, como residencias para retirados, TIM, ayudas de ISFAS. etc, pero el asunto que quería tratar de momento es el siguiente.
Todos sabemos que tenemos la Ley Orgánica 8/1998, de 2 diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Pero estando retirado, ¿que derecho y deberes tenemos?. Seguro que vosotros me podreis orientar en algo al respecto, quiero tener todo claro y dar pasos firmes en esta andadura nueva.
Como siempre gracias por todo y un saludo
- ElTopo51
- Teniente Coronel
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Re: R. Disciplinario Militar Retirado
Te adelanto que al pasar a retirado dejas de ser militar a todos los efectos, por tanto no estás sujeto al Régimen Disciplinario de las FAS.
En cuanto a derechos y deberes, mejor espera o concreta la pregunta. De todas maneras algún forero te pondrá uno o varios links que te lo dejarán todo claro y matizado.
Saludos cordiales. Topo.
En cuanto a derechos y deberes, mejor espera o concreta la pregunta. De todas maneras algún forero te pondrá uno o varios links que te lo dejarán todo claro y matizado.
Saludos cordiales. Topo.
- jagv
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Re: R. Disciplinario Militar Retirado
Hola ElTopo51.ElTopo51 escribió:Te adelanto que al pasar a retirado dejas de ser militar a todos los efectos, por tanto no estás sujeto al Régimen Disciplinario de las FAS.
En cuanto a derechos y deberes, mejor espera o concreta la pregunta. De todas maneras algún forero te pondrá uno o varios links que te lo dejarán todo claro y matizado.
Saludos cordiales. Topo.
Gracias por tu respuesta. Respecto a lo de dejar de ser milita, ¿no seguimos siendo militar? además se que te dan un TIM de retirado, en el que imagino que pondra tu empleo y que eres retirado ¿no?
Pensaba que también estabamos sujetos a un regimen o algo así.
Muchos saludos
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- General de Brigada
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Re: R. Disciplinario Militar Retirado
Viene muy claro en el articulo 115 de la Ley de la Carrera Militar.
Artículo 115. Militares retirados.
Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés.
Artículo 115. Militares retirados.
Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés.
- jagv
- Capitan
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Re: R. Disciplinario Militar Retirado
Hola FranciscoI.Francisco I escribió:Viene muy claro en el articulo 115 de la Ley de la Carrera Militar.
Artículo 115. Militares retirados.
Los militares de carrera al pasar a retiro cesarán definitivamente en la relación de servicios profesionales con las Fuerzas Armadas y dejarán de estar sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas y a las leyes penales y disciplinarias militares.
Tendrán la consideración de militar retirado, en la que disfrutarán de los derechos pasivos determinados en la legislación de Clases Pasivas del Estado y mantendrán los asistenciales en el ámbito del Régimen de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Mantendrán, si lo solicitan, una especial relación con las Fuerzas Armadas, mediante su adscripción a la unidad militar que elijan, previa conformidad del Mando o Jefatura de Personal del Ejército correspondiente. Podrán asistir a actos y ceremonias militares en los que dicha unidad participe, usar el uniforme en actos militares y sociales solemnes y disponer de la correspondiente tarjeta de identificación.
Se les facilitará el acceso a información sobre prestaciones a las que tienen derecho y otros asuntos que puedan ser de su interés.
Muchas gracias, era esto lo que buscaba, no caí en mirarlo en la citada ley.
Un saludo y muchas gracias
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- Suboficial Mayor
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Re: R. Disciplinario Militar Retirado
En febrero de 2010 y por la Secretaría General del MAPER, se editó la " GUÍA DE AYUDA PARA EL PERSONAL QUE PASE A
LA SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO" si estás interesado en ella la puedes encontar en clasespasivas.net ó me indicas tu e-mail y te la envio.
Saludos
LA SITUACIÓN DE RESERVA Y RETIRO" si estás interesado en ella la puedes encontar en clasespasivas.net ó me indicas tu e-mail y te la envio.
Saludos
Re: R. Disciplinario Militar Retirado
Jacoboastur, muchas gracias por la información que considero de interés para el personal que se encuentre en alguna de las situaciones. Un cordial saludo.