apl que derechos de antiguo destino
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- josue00013
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apl que derechos de antiguo destino
Hola buenas a todos los usuarios, quisiera saber si tengo derecho a estar en mi antiguo destino, me han cesado por baja continuada por un accidente que tuve al salir del trabajo, me han operado dos veces de una mano, el pasado 26 de septiempre fuí aun reconocimiento médico en Gando (Las Palmas), en el cual me dijo un comandante médico que tenía una inutilidad por rigidez de un 2%, por lo cual me van a hacer apl, estoy pendiente de salir en bolentín como apl, estoy de alta desde el 10/10/2012, que vi a mi traumatólogo, tengo el contrato de larga duración y he estado destinado siempre en el mismo sitio, el RIL 49 llevo 9 años, se que tengo una preferencia de seis meses para optar a una plaza si sale en mi antiguo destino, si no es forzoso a donde te manden. ¿No hay posibilidad de estar en mi antiguo destino directamente?, gracias.
Última edición por josue00013 el Mié Oct 17, 2012 12:21 am, editado 1 vez en total.
- sargentodehierro
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Hola compañero, lo primero darte la bienvenida al foro.
Por lo que dices pareces estar con un expediente por pérdida de aptitudes psicofísicas abierto, a la espera de la resolución del mismo. En cuanto a los destinos una vez resuelto el expediente, dependerá de si en la resolución se reconocen las lesiones como causadas en acto de servicio o no.
Como recoge el artículo 18 del RD 456/2011, si es como consecuencia del servicio podrás solicitar la habilitación de una vacante adecuada a tus limitaciones en el término municipal de tu elección. Si no es consecuencia del servicio tendrás derecho preferente durante seis meses para ocupar las vacantes, adecuadas a tu condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las unidades ubicadas en el mismo término municipal de tu última unidad de destino.
RD 456/2011
Un saludo y suerte
Por lo que dices pareces estar con un expediente por pérdida de aptitudes psicofísicas abierto, a la espera de la resolución del mismo. En cuanto a los destinos una vez resuelto el expediente, dependerá de si en la resolución se reconocen las lesiones como causadas en acto de servicio o no.
Como recoge el artículo 18 del RD 456/2011, si es como consecuencia del servicio podrás solicitar la habilitación de una vacante adecuada a tus limitaciones en el término municipal de tu elección. Si no es consecuencia del servicio tendrás derecho preferente durante seis meses para ocupar las vacantes, adecuadas a tu condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las unidades ubicadas en el mismo término municipal de tu última unidad de destino.
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Re: apl que derechos de antiguo destino
espera la resolucion y segun lo que te ponga, ya sabes, si sales acto se servicio podras solicitar que se te habilite una plaza dnd quieras dirijida al jemaper.
- josue00013
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Desde el 26 de Septiembre que pase el reconocimiento médico he estado esperando, y no he tenido aún noticias de cuando saldra publicado el boletín, ¿tardará mucho en salir?, gracias, un saludo.
- sargentodehierro
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Hola compañero, bienvenido al foro.
Te agradeceríamos muchos que nos dieses un poco más de información al respecto. ¿Has pasado un reconocimiento médico no periódico, o por la Junta Médico Pericial? ¿te han abierto expediente? Si es así, ¿ya se ha realizado el trámite de audiencia?
Un saludo.
Te agradeceríamos muchos que nos dieses un poco más de información al respecto. ¿Has pasado un reconocimiento médico no periódico, o por la Junta Médico Pericial? ¿te han abierto expediente? Si es así, ¿ya se ha realizado el trámite de audiencia?
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- Comandante
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Re: apl que derechos de antiguo destino
lo tuyo fue en acto de servicio si o no por que si es hacin cambia mucho la cosajosue00013 escribió:Desde el 26 de Septiembre que pase el reconocimiento médico he estado esperando, y no he tenido aún noticias de cuando saldra publicado el boletín, ¿tardará mucho en salir?, gracias, un saludo.
- josue00013
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Re: apl que derechos de antiguo destino
si fue saliendo del trabajo
- josue00013
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Hola, saludos a todos, estuve mas de 180 dias de baja me cesaron, pase un reconocimiento médico despues de seis meses, en Gando (las palmas), en el que un comandante médico me dijo que me haria apl por una minusvalia de un 2% en la mano izquierda por el dedo meñique, me dijo que habia perdido movilidad en la segunda falange de este, el reconocimiento fue el 26 de el pasado septiembre, y a día de hoy estoy dado de alta, que me la dió el traumatólogo el dia 10/10/2012, me han operado dos veces ese dedo, y esto me ha pasado saliendo del trabajo en un accidente de tráfico, quisiera saber, ¿que derechos tengo con mi antiguo destino?, ¿tardaré mucho en salir publicado en boe?. Gracias.
-
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de
destinos del personal militar profesional
Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para
determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar
si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación
para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la
habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos
militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su
elección.
En principio la legislación es bastante clara, no obstante es muy importante que a la hora del inicio del expediente por perdida de aptitud psicofísica, el Coronel de la UCO donde cesaste en destino, un documento en el cual se especifica que la causa/efecto guarda relación con el servicio, y para ello, debe haber un parte de accidente que tu en su día tuviste que formular cuando sucedieron los hechos. Si esto no es así y tu Coronel no ha reconocido causa/efecto con el servicio, cuando seas citado para el tramite de audiencia en el cual se te entregará toda el acta de la JMPO, tendrás 10 días para alegar, aprovecha y formulas alegaciones siempre y cuando tengas parte de accidente, eso es lo mas importante para que te reconozcan todo como "en acto de servicio".
Un saludo.
destinos del personal militar profesional
Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para
determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar
si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación
para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la
habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos
militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su
elección.
En principio la legislación es bastante clara, no obstante es muy importante que a la hora del inicio del expediente por perdida de aptitud psicofísica, el Coronel de la UCO donde cesaste en destino, un documento en el cual se especifica que la causa/efecto guarda relación con el servicio, y para ello, debe haber un parte de accidente que tu en su día tuviste que formular cuando sucedieron los hechos. Si esto no es así y tu Coronel no ha reconocido causa/efecto con el servicio, cuando seas citado para el tramite de audiencia en el cual se te entregará toda el acta de la JMPO, tendrás 10 días para alegar, aprovecha y formulas alegaciones siempre y cuando tengas parte de accidente, eso es lo mas importante para que te reconozcan todo como "en acto de servicio".
Un saludo.
Busquen justicia, busquen mansedumbre, probablemente se les oculte en el día de la cólera de Yahveh. (Sofonías 2:3)
- josue00013
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Hola buenas,yo hice un parte de lesiones en el cuartel pero no tengo copia de eso ¿tendría que pedirla?
- josue00013
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Hola, saludos a todos, estuve mas de 180 dias de baja me cesaron, pase un reconocimiento médico despues de seis meses, en Gando (las palmas), en el que un comandante médico me dijo que me haria apl por una minusvalia de un 2% en la mano izquierda por el dedo meñique, me dijo que habia perdido movilidad en la segunda falange de este, el reconocimiento fue el 26 de el pasado septiembre, y a día de hoy estoy dado de alta, que me la dió el traumatólogo el dia 10/10/2012, me han operado dos veces ese dedo, y esto me ha pasado saliendo del trabajo en un accidente de tráfico, quisiera saber, ¿que derechos tengo con mi antiguo destino?, ¿tardaré mucho en salir publicado en boe?. Gracias.sargentodehierro escribió:Hola compañero, bienvenido al foro.
Te agradeceríamos muchos que nos dieses un poco más de información al respecto. ¿Has pasado un reconocimiento médico no periódico, o por la Junta Médico Pericial? ¿te han abierto expediente? Si es así, ¿ya se ha realizado el trámite de audiencia?
Un saludo.
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- Teniente Coronel
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Re: apl que derechos de antiguo destino
Cuando uno presenta cualquier documento debe de registrarlo por duplicado, ya que si no lo hace y solo entrega el que se queda la administración y en consecuencia no tiene en su poder un duplicado sellado, si ahora vas a solicitarlo y te dicen que no presentaste nada o que se ha perdido, no puedes demostrar nada, ya que no tienes pruebas físicas de ello (el documento en cuestión).josue00013 escribió:Hola buenas,yo hice un parte de lesiones en el cuartel pero no tengo copia de eso ¿tendría que pedirla?
Con respecto a los derechos de tu antiguo destino, en este mismo hilo pero mas arriba te puse la legislación y la respuesta. Y en cuanto a la publicación en BOD, imagino que te refieres a cuando te publicaran como Apto con Limitaciones, pues depende porque si todavía no te han comunicado el tramite de audiencia, te quedan mínimo 4 o 5 meses.josue00013 escribió: Hola, saludos a todos, estuve mas de 180 dias de baja me cesaron, pase un reconocimiento médico despues de seis meses, en Gando (las palmas), en el que un comandante médico me dijo que me haria apl por una minusvalia de un 2% en la mano izquierda por el dedo meñique, me dijo que habia perdido movilidad en la segunda falange de este, el reconocimiento fue el 26 de el pasado septiembre, y a día de hoy estoy dado de alta, que me la dió el traumatólogo el dia 10/10/2012, me han operado dos veces ese dedo, y esto me ha pasado saliendo del trabajo en un accidente de tráfico, quisiera saber, ¿que derechos tengo con mi antiguo destino?, ¿tardaré mucho en salir publicado en boe?. Gracias.
Un saludo.
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