Despertaferro escribió: ↑Lun May 31, 2021 3:15 pmJose1972 escribió: ↑Lun May 31, 2021 1:29 pm Buenos días a todos.
Tengo unas cuantas cuestiones en mi cabeza referente a los Militares con sus incapacidades o totales o absolutas.
Un militar sea temporal, de carrera,profesionsl.. Etc... Si pasa a la situación de incapacidad total, aparte de cobrar su pensión, puede solicitar derecho a paro?
La misma pregunta con una incapacidad absoluta.
Podrían solicitar la indemnización por las vacaciones no disfrutadas en una incapacidad total?
La misma pregunta para una incapacidad absoluta.
Muchas gracias
Si te dan una inutilidad total o absoluta no tienes derecho a paro.
Lo de las vacaciones no lo sé
Lo preguntaba no sea que hubiera algún resquicio legal que no se sepa y se pueda estrujar a la administración tal y como hacen ellos..
Pero yo digo.
Si un militar pasa a retiro de la clase que sea... Eso significaría que ya tu contrato con los militares se acabó... Y podrías reclamar rus días de vacaciones que no has disfrutado.... No?