sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Foro centrado en el Cuerpo de la Guardia Civil, donde comentar e intercambiar opiniones e inquietudes.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, psmito, zuku, Arano

MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

Hace ya bastante tiempo que a los hijos del cuerpo de la Guardia Civil se le permitía acceder al cuerpo, mediante el correspondiente examen, y sin tener que haber realizado el servicio militar obligatorio.

Me puede decir alguien, en que normativa estaba contemplada dicho privilegio?

No hablo del acceso al colegio de Valdemoro, si no a la Academia.
Avatar de Usuario
ALEAJACTAEST1
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 1046
Registrado: Sab Feb 16, 2013 9:17 am
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad
Comentario: Si algo no está roto no lo arregles.-

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por ALEAJACTAEST1 »

Buenos días.

Ya sé que el tema del ingreso de los hijos y huérfanos en Valdemoro lo tienes claro....sólo podían ingresar ( ahora no sé como está el tema) los hijos y huérfanos del Cuerpos..aquellos que con sus cuotas mensuales a la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil se beneficiaban, previo exámen y pruebas psicofísicas, de su ingreso en él.

Ahora bien..."antiguamente"...los hijos del Cuerpo también podían ingresar en la Academia de Sabadell y Úbeda...supongo porque los padres pagaban también sus cuotas a la Asociación-Pro-Huérfanos del Cuerpo descontadas mensualmente de sus nóminas.

Creo que deberías buscar en el Reglamento de la Asociación Pro-Huérfanos de la Guardia Civil ya que algo viene de esto que pretendes averiguar. Por si acaso te doy el enlace del Reglamento de la Asociación, a lo mejor encuentras artículos relacionados.

http://www.aphgc.org/reglamento.htm

Un saludo
La plenitud e incorruptibilidad de un ser implica no solo estar libre de preocupaciones, sino el no causárselas a otro. (Máximas capitales, I Epicuro)
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

No , ser huérfano no tenía nada que ver. Yo no era huérfano e ingrese directamente, previo examen, por ser hijo del cuerpo.
Necesito encontrar la normativa al respecto en aquella fecha, concretamente 1979.
Estoy preparando un recurso, en relación a la jubilación, por el tema de los nueve meses que nos descuentan por el servicio militar. Por que yo no hice la mili, y si el tiempo del servicio militar se descuentan del periodo de Academia, más algunos meses estando de servicio como Guardia Civil, entiendo que fue ya siendo funcionario, y la normativa vigente lo considera como servicios prestados al Estado.
Y lo que no entiendo por qué a las féminas no se lo descuentan, es un vacío legal, recurrible.

Por eso necesito esa normativa que permitía ingresar directamente en Úbeda.
Gracias
Avatar de Usuario
Mercaderes
Coronel
Coronel
Mensajes: 1316
Registrado: Dom Jun 12, 2011 9:25 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Navarra

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por Mercaderes »

Efectivamente en aquellas fechas, los hijos del Cuerpo accedían a las distintas Academias de Guardias, sin la necesidad de haber cumplido el Servicio Militar obligatorio , no pudiendo realizar servicios de armas hasta la jura de bandera.

Existieron por aquellos años varias promociones que también ingresaron en la Guardia Civil sin ser hijos del Cuerpo, directamente desde los CIRs, pero después de la jura de bandera en los mismos, si no recuerdo mal fueron tres ó cuatro promociones creo que todas desde las academias de Sevilla, y Sabadell, después llegarían los auxiliares.

A las féminas no se les realizan esos descuentos, ya que nunca tuvieron esa obligación. En cuanto a el descuento que te puedan realizar a ti sobre ese tema, no lo sé con seguridad pero creo que por esas fechas el SMO era de 12 meses, posteriormente bajo a 9, y al final quedo en 6, si no ando mal de recuerdos, hasta el 2000/1 que finalizo la obligación.

El carácter obligatorio del SM viene impuesto en la Ley Orgánica 6/1980, por la que se regulan los criterios básicos de la defensa nacional y la organización milita, sistema de reclutamiento forzoso que deriva de la Constitución liberal de 1812 (Art. 9).
La Ley Orgánica 13/1991, del Servicio Militar, es la encargada de regular la obligatoriedad del SM en las FAS como una prestación fundamental de los españoles a la defensa nacional, esta última Ley, pese a la desaparición de la obligatoriedad y sustitución por una tropa profesional, a partir del 1 de enero de 2002, la misma no ha sido derogada, y sigue en vigor. Entre otras cosas porque cualquier español puede solicitar realizar el SM, ya que es un derecho constitucional, que puede reclamar realizar NO como profesional, y esto seguirá así hasta que se modifique la constitución.


Saludos.
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
ImagenImagen
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

A mi concretamente si me descuentan nueve meses me faltarían 21 día para la jubilación voluntaria, si son seis meses no tendría problemas.
Donde podría enterarme, si son 9 o 6 meses?
Aunque la información que corre en diferentes hilos hablan de nueve meses.

Gracias y saludos
Avatar de Usuario
Mercaderes
Coronel
Coronel
Mensajes: 1316
Registrado: Dom Jun 12, 2011 9:25 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Navarra

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por Mercaderes »

La Ley de 1.968 duró hasta que se dictó la Ley 19/1984 (a poco de llegar los socialistas al poder por primera vez) en la que se estableció un servicio activo de doce meses y una reserva hasta cumplir los treinta y cuatro años de edad.

La última Ley del Servicio Militar Obligatorio fue la nº 13/1991 (los socialistas modificaban su anterior Ley) cuyo cambio más significativo (además del tema de los objetores de conciencia para los pacifistas) era pasar de doce a nueve meses la duración del servicio activo, mientras que el periodo de reserva se cancelaba al cumplir los treinta años de edad.

Sobre la de 6 meses, no sé decirte, igual ando equivocado, mira por Internet, que seguro hay bastante literatura al respecto.

Saludos.
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
ImagenImagen
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

También dice la ley que si el servicio militar se hace después de haber sido funcionario, se computan la totalidad del servicio militar, y ese periodo se pasa a servicio especial.
Cuando un gc ingresa, desde ese momento es funcionario, por lo tanto, entiendo que ese periodo del servicio militar obligatorio está computado cuando ya se a adquirido la condición de funcionario, por lo tanto debe de ser computado. Distinto es el que ha realizado el servicio militar, antes de ingresar en el cuerpo.
Avatar de Usuario
Mercaderes
Coronel
Coronel
Mensajes: 1316
Registrado: Dom Jun 12, 2011 9:25 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Navarra

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por Mercaderes »

MANUALMERIA escribió:También dice la ley que si el servicio militar se hace después de haber sido funcionario, se computan la totalidad del servicio militar, y ese periodo se pasa a servicio especial.
Cuando un gc ingresa, desde ese momento es funcionario, por lo tanto, entiendo que ese periodo del servicio militar obligatorio está computado cuando ya se a adquirido la condición de funcionario, por lo tanto debe de ser computado. Distinto es el que ha realizado el servicio militar, antes de ingresar en el cuerpo.
Adquisición de la condición de militar de carrera

" La condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil se adquiere al obtener el primer empleo en la escala correspondiente, que será conferido por su Majestad el Rey y refrendado por el Ministro de Defensa, tras la superación del plan de estudios de cada uno de los centros docentes de formación y, en su caso, el período de prácticas correspondiente.
Previamente a la adquisición de dicha condición será requisito indispensable prestar juramento o promesa, ante la Bandera, de defender a España con lealtad al Rey y fidelidad a la Constitución, según lo establecido en las Leyes.
La fecha de adquisición de la citada condición se tomará como la inicial para computar el tiempo de servicios efectivos, a los efectos del Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar de carrera del Cuerpo de la Guardia Civil y de situaciones administrativas del personal de dicho Cuerpo.
Los miembros del Cuerpo de la Guardia Civil, desde la adquisición de la condición de militar de carrera, quedarán sometidos al régimen de derechos y deberes derivado de su relación de servicios profesionales en la Guardia Civil definido en la legislación y reglamentación del Cuerpo y aquellos otros del régimen general militar en los que así se señala expresamente en la reglamentación correspondiente".



Saludos.
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
ImagenImagen
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

Yo jure bandera a los tres meses de estar en la Academia. Entonces entiendo que a partir de ese momento, se computan como servicios prestados al Estado?
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15353
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por sargentodehierro »

Te van a descontar nueve meses sí o sí.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

Correcto, sargentodehierro, eso ya lo tengo claro, intentar que me reconozcan esos nueve meses es una batalla que no voy a ganar, a pesar que si uno hace una interpretación de todo lo que regula la adquisición de l empleo de Guardia Civil, deberían de reconocerlo.

Pero como ya explique en otro hilo, como consecuencia de la reducción de esos nueve meses, me faltarían 21 día para acceder a la jubilación voluntaria.

Años de servicio 30.años, 8 meses, y 9 días.
Menos nueve meses 29 años 11 meses, y 9 días.

Tengo reconocidos en la seguridad social, en el grupo 7, y con anterioridad al ingreso, tres meses y 20 días. Acogiendome al cómputo recíproco, la normativa dice, (ley presupuestos generales del Estado de 2011) que a partir del 1 de enero de 2011, en lo que respecta a la jubilación voluntaria, que si para completar los treinta años es necesario acojerse al cómputo recíproco de la seguridad social , necesariamente los últimos cinco años computables deberán ser en clases pasivas.
Si sumamos esos tres meses del grupo 7, ya se sobrepasarian los treinta años.

Además según la ley del cómputo recíproco de la seguridad social, en los anexos, el grupo 7, es equivalente al grupo C2 de clases pasivas.

 La seguridad social si exige que los últimos 15 años antes de acceder a la jubilación, haya un mínimo de dos años cotizados.

Pero en clases pasivas sólo exigen que los últimos cinco años COMPUTABLES, sean en clases pasivas, independientemente de cuando se hayan pruducido.

Corregirme por favor en lo que no estéis de acuerdo.

Saludos
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

Y lo que no se tampoco, si esos 3 meses y 20 días en el grupo 7 se pueden contabilizar, y agregar a la jubilación, o bien tienen que ser años completos.
Avatar de Usuario
sargentodehierro
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15353
Registrado: Lun Mar 28, 2011 11:13 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: XXXIII AGBS

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por sargentodehierro »

Para el cómputo de tiempo de servicios, se computa al día.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Avatar de Usuario
Mercaderes
Coronel
Coronel
Mensajes: 1316
Registrado: Dom Jun 12, 2011 9:25 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Navarra

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por Mercaderes »

¿Has cotizado a C. Pasivas hasta los 55 años?

Saludos
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
ImagenImagen
MANUALMERIA
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 140
Registrado: Mar Jun 29, 2010 12:02 pm

Re: sobre ingreso en la guardia civil hijos del cuerpo

Mensaje por MANUALMERIA »

Cumplo 55 en noviembre, cotice desde el uno de septiembre de 1979 hasta el 10 de mayo de 2010, y tenía 51 año
Responder

Volver a “Guardia Civil”