resolucion de compromiso e incapacidad

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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finagil
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resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por finagil »

hola buenos dias:
tengo una duda sobre los derechos que pueda tener mi hijo en las fuerzas armadas.
mi hijo es soldado y acababa su compromiso el proximo septiembre pero queria renovar.
el pasado 25 de julio sufrio un accidente de trafico con consecuencias muy graves del cual todavia se esta recuperando,
el dia 13 de febrero se publico en el bod la resolucion de su compromiso por delito doloso, nos enviaron toda la documentacion
desde la base y nos dijeron que debiamos ir al inem, en el inem no le han aceptado la peticion de prestaciones por desempleo
por encontrarse en situacion de baja por incapacidad, la seguridad social dice que no se hace cargo de las prestaciones por que no se encontraba de alta en la misma, en el isfas nos dicen que como ya no es militar no tiene derecho a prestaciones
hemos presentado recurso en defensa pero no contestan,
¿donde deberiamos dirigirnos?, me parece que no es normal que se deje a una persona que no se puede valer en este momento, sin derecho a prestacion economica para sustentarse.
gracias de antemano
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trasgu123
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

Si no me falla la memoria, la comision de un delito doloso es motivo de resolucion del compromiso. A quien dirigirse?? Pues creo ke la unica opcion ke keda son los Servicios Sociales de la Comunidad Autonoma o del Ayuntamiento.
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finagil
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por finagil »

trasgu123 escribió:Si no me falla la memoria, la comision de un delito doloso es motivo de resolucion del compromiso. A quien dirigirse?? Pues creo ke la unica opcion ke keda son los Servicios Sociales de la Comunidad Autonoma o del Ayuntamiento.

en ninguna empresa civil se puede dejar a nadie en la calle mientras se encuentra de baja por accidente
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por trasgu123 »

Ley 39/2007

Artículo 118. Finalización y resolución de compromisos de los militares con una relación de servicios profesionales de carácter temporal.

1. Los compromisos de los militares de complemento y de los militares de tropa y marinería finalizarán en su fecha de vencimiento y se resolverán por las causas establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería para los compromisos de larga duración, siempre que el interesado haya cumplido al menos tres años entre el compromiso inicial y, en su caso, el de renovación, perdiendo su condición militar.

Durante los tres primeros años de compromiso éste se resolverá por alguna de las siguientes causas:

a. A petición expresa del interesado por circunstancias extraordinarias y en las condiciones que reglamentariamente se determinen.

b. Por la adquisición de la condición de militar de carrera o de militar de complemento.

....

i. Por condena por delito doloso.
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finagil
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por finagil »

hasta ahora no he querido contestar a esta respuesta tuya:
pero sin animo de faltar al respeto, piensa que llevo dos años con este caso y me he leído todas las leyes que pudiesen tener algo que ver con el, esta ley la he leído y en ningún sitio dice que si has cometido un delito doloso tienes que morir de hambre por ello.
hasta los presos etarras con delitos de sangre son escuchados.
mi hijo cometio un delito y pago por el, y segun el abogado que tenemos ahora no deberia haber sido juzgado como delito, sino como falta.
pero a veces te ponen un abogado de oficio que no tiene ni idea y pagas las consecuencias de por vida.
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diablo
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por diablo »

finagil escribió:hasta ahora no he querido contestar a esta respuesta tuya:
pero sin animo de faltar al respeto, piensa que llevo dos años con este caso y me he leído todas las leyes que pudiesen tener algo que ver con el, esta ley la he leído y en ningún sitio dice que si has cometido un delito doloso tienes que morir de hambre por ello.
hasta los presos etarras con delitos de sangre son escuchados.
mi hijo cometio un delito y pago por el, y segun el abogado que tenemos ahora no deberia haber sido juzgado como delito, sino como falta.
pero a veces te ponen un abogado de oficio que no tiene ni idea y pagas las consecuencias de por vida.
Buenas.
Lamento decirte finagil que vas errado, el dolo o delito doloso, para el derecho penal, supone la intención tanto en el obrar del sujeto como en la abstención cuando la obligación legal es la actuación (comisión por omisión).

El dolo es la forma principal y más grave de la culpabilidad, y por ello la que acarrea penas más severas. Actúa dolosamente quien actúa con la intención de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud; quiero decir con ello que si fue condenado por delito doloso, mientras cometia el mismo era plenamente consciente de su ilicitud y comisión; tal extensión no únicamente es aplicable a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sino al funcionariado en general, tanto local, autonómico o estatal para ser apartados del Cuerpo al que pertenezcan definitivamente, me parece lógico y razonable, además la Legislación así lo establece.
Evidentemente ninguna Ley establece que si cometes un delito con dolo o sin el, debas morir de hambre por ello, pero si pagar las consecuencias de los hechos realizados, como en este caso la expulsión de las FAS.
Saludos.
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finagil
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Re: resolucion de compromiso e incapacidad

Mensaje por finagil »

comprendo la explicacion, y pienso que tienes razon.
pero mi hijo ya habia pagado, tanto el daño que hizo (120€) como una multa que le impuso el juez y tambien entiendo lo de la expulsion de las FAS, lo que no entiendo como se puede dejar sin recursos en esos momentos a una persona.
el se movia en silla de ruedas y apenas podia recordar como se construia una frase.
esa es la parte injusta de la ley. que generaliza y abandona a las personas por dar un lustre innecesario a unas instituciones que lo tienen porque las personas que hay dentro se lo dan a diario y se de lo que hablo porque en estos dos años he tenido que conocer a muchisima gente que trabaja para el ministerio de defensa, tanto funcionarios como militares y no tengo queja de ninguna de estas personas en particular.
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