Accidente in itinere acto de servicio
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Accidente in itinere acto de servicio
Buenas tardes, me presento, soy Lucas.
Les cuento mi situación, siendo caballero alumno sufri un accidente de trafico importante causando baja en la academia y con una inutilidad para el servicio y hoy me han llamado y dicho que la resolución de la asesoría juridica me ha considerado el accidente como NO acto de servicio. Aun no he recogido los papeles (no me han dado cita por tema covid) y estoy bastante hecho polvo.
Entre en las Fas en 2011 y en la basica en el 2017.
Un saludo y gracias.
Les cuento mi situación, siendo caballero alumno sufri un accidente de trafico importante causando baja en la academia y con una inutilidad para el servicio y hoy me han llamado y dicho que la resolución de la asesoría juridica me ha considerado el accidente como NO acto de servicio. Aun no he recogido los papeles (no me han dado cita por tema covid) y estoy bastante hecho polvo.
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Última edición por Lucasche el Jue May 27, 2021 8:30 pm, editado 1 vez en total.
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- Suboficial Mayor
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Buenas, en referencia a los accidentes in itinere hablados en el foro en muchísimos casos y de compañeros míos recientes que les ha pasado y sentencias en contencioso ya no se consideraba acto de servicio, que te aseguren los demás pero creo que lo tienes complicado en ese sentido. Saludos
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
No se que ha pasado que he querido editar una errata y ha desaparecido el mensaje… mi duda iba respecto a ser alumno en el momento de accidente, se consideraria de otra forma.
- Danaerys
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Yo también he leído que a los funcionarios, sean militares, policías, alumnos, temporales, reservistas, lo que sea... ya no se les considera en acto de servicio un accidente in itinere.
Si buscas un poco en el foro o en Google, lo encuentras entre las noticias jurídicas más relevantes.
https://noticias.juridicas.com/actualid ... -servicio/
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- Danaerys
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Las clases pasivas
Las pensiones extraordinarias por lesiones en acto de servicio están reguladas en el artículo 47.2 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.
La pensión por incapacidad permanente para el servicio tiene lugar cuando un funcionario sufre un accidente o enfermedad en acto de servicio o como consecuencia del mismo. La ley establece en estos casos una pensión extraordinaria por los daños causados, similares a las pensiones que puedan corresponder por víctimas de terrorismo o por víctimas de violencia de género. La normativa establece que se presumirá que existe acto de servicio cuando la incapacidad permanente haya acaecido en el lugar y tiempo de trabajo.
Nada se especifica – y por tanto se presume excluida – la situación en la que la contingencia se produzca de camino y de vuelta al puesto.
Las pensiones extraordinarias por lesiones en acto de servicio están reguladas en el artículo 47.2 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado.
La pensión por incapacidad permanente para el servicio tiene lugar cuando un funcionario sufre un accidente o enfermedad en acto de servicio o como consecuencia del mismo. La ley establece en estos casos una pensión extraordinaria por los daños causados, similares a las pensiones que puedan corresponder por víctimas de terrorismo o por víctimas de violencia de género. La normativa establece que se presumirá que existe acto de servicio cuando la incapacidad permanente haya acaecido en el lugar y tiempo de trabajo.
Nada se especifica – y por tanto se presume excluida – la situación en la que la contingencia se produzca de camino y de vuelta al puesto.
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Entonces, me compensaría llegar al contencioso? Estoy un poco liado puesto que por ingreso en las FAS, cotizo a la SegS pero al ser alumno creo que entro en clases pasivas. Estoy bastante confuso.
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- Comandante
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Hola Lucas. ¿El accidente lo tuviste yendo o volviendo de la Academia o trabajando?Lucasche escribió: ↑Jue May 27, 2021 8:07 pm Buenas tardes, me presento, soy Lucas.
Les cuento mi situación, siendo caballero alumno sufri un accidente de trafico importante causando baja en la academia y con una inutilidad para el servicio y hoy me han llamado y dicho que la resolución de la asesoría juridica me ha considerado el accidente como NO acto de servicio. Aun no he recogido los papeles (no me han dado cita por tema covid) y estoy bastante hecho polvo.
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Un saludo y gracias.
Los accidentes in itinere dejaron de considerarse acto de servicio en 2018: https://noticias.juridicas.com/actualid ... -servicio/
Última edición por Grillado el Jue May 27, 2021 11:11 pm, editado 1 vez en total.
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
El accidente fue volviendo a casa. Camino mas rápido y lógico desde la academia a mi residencia habitual.Grillado escribió: ↑Jue May 27, 2021 10:53 pmHola Lucas. ¿El accidente lo tuviste yendo o volviendo de la Academia o trabajando?Lucasche escribió: ↑Jue May 27, 2021 8:07 pm Buenas tardes, me presento, soy Lucas.
Les cuento mi situación, siendo caballero alumno sufri un accidente de trafico importante causando baja en la academia y con una inutilidad para el servicio y hoy me han llamado y dicho que la resolución de la asesoría juridica me ha considerado el accidente como NO acto de servicio. Aun no he recogido los papeles (no me han dado cita por tema covid) y estoy bastante hecho polvo.
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Un saludo y gracias.
Los accidentes in itinere dejaron de considerarse acto de servicio en 2019: https://noticias.juridicas.com/actualid ... -servicio/
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- Comandante
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
¿En qué año fue el accidente?
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- Comandante
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Buscando en el foro he encontrado este hilo:
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... hp?t=24303
Parece ser que justo en mayo 2018 se dictó sentencia al respecto.
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Gracias por pasar el enlace. Ya no se que hacer. Me han dado una discapacidad del 65 en la calle y la JMP un 59. A nivel económico no se ni como me quedaría y estoy en una incertidumbre que no veas.Grillado escribió: ↑Jue May 27, 2021 11:12 pmBuscando en el foro he encontrado este hilo:
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... hp?t=24303
Parece ser que justo en mayo 2018 se dictó sentencia al respecto.
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Se me ha borrado el mensaje, así que repito. El reconocimiento de los accidentes in itinere nunca estuvo recogido como acto de servicio en Clases Pasivas. Para el resto de regímenes, sí. Hasta que se modificó en 2018.
- Danaerys
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Es que lo tuyo es complicado.Lucasche escribió: ↑Jue May 27, 2021 11:18 pmGracias por pasar el enlace. Ya no se que hacer. Me han dado una discapacidad del 65 en la calle y la JMP un 59. A nivel económico no se ni como me quedaría y estoy en una incertidumbre que no veas.Grillado escribió: ↑Jue May 27, 2021 11:12 pmBuscando en el foro he encontrado este hilo:
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... hp?t=24303
Parece ser que justo en mayo 2018 se dictó sentencia al respecto.
Por ejemplo con la pensión.
No sé si al ser alumno ya habías cambiado de grupo o si por el contrario, hasta que no eres ya Sargento, sigues perteneciendo al grupo C2, que es el de tropa temporal.
Poniéndonos en lo peor, que se te considere del grupo C2 porque aún no habías terminado la academia y habiéndote dado una incapacidad permanente total, la pensión es un 55 % de los haberes.
Si eras soldado, sobre 800 euros.
Un poco más si entraste en la Básica siendo cabo o cabo 1°.
Espero que alguien sepa si al aprobar para Suboficial, ya cambias de grupo.
En ese caso la pensión sería sensiblemente más alta. Ojalá sea así.
(Da igual si es la Básica o la Academia de Oficiales para los casos que te he expuesto)
Quizás en tus nóminas venga el grupo.
No sabes cómo siento que se te hayan roto así todos tus planes de vida.
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Re: Accidente in itinere acto de servicio
Es que lo tuyo es complicado.
Por ejemplo con la pensión.
No sé si al ser alumno ya habías cambiado de grupo o si por el contrario, hasta que no eres ya Sargento, sigues perteneciendo al grupo C2, que es el de tropa temporal.
Poniéndonos en lo peor, que se te considere del grupo C2 porque aún no habías terminado la academia y habiéndote dado una incapacidad permanente total, la pensión es un 55 % de los haberes.
Si eras soldado, sobre 800 euros.
Un poco más si entraste en la Básica siendo cabo o cabo 1°.
Espero que alguien sepa si al aprobar para Suboficial, ya cambias de grupo.
En ese caso la pensión sería sensiblemente más alta. Ojalá sea así.
(Da igual si es la Básica o la Academia de Oficiales para los casos que te he expuesto)
Quizás en tus nóminas venga el grupo.
No sabes cómo siento que se te hayan roto así todos tus planes de vida.
[/quote]
La vida es caprichosa y a veces nos da palos sin sentido… creo que seguía siendo C2 puesto que no llegué a salir de la academia. Y bueno en cuanto al empleo, soldado de larga duración.
Lo que mas incertidumbre me genera es saber si debo meterme en el contencioso administrativo o no, no se si hay algo con fundamento que conseguir además del 55% que me comentas y la prima del seguro colectivo. Vamos que si es viable conseguir el acto o no o solo seria perder tiempo y dinero.
Por ejemplo con la pensión.
No sé si al ser alumno ya habías cambiado de grupo o si por el contrario, hasta que no eres ya Sargento, sigues perteneciendo al grupo C2, que es el de tropa temporal.
Poniéndonos en lo peor, que se te considere del grupo C2 porque aún no habías terminado la academia y habiéndote dado una incapacidad permanente total, la pensión es un 55 % de los haberes.
Si eras soldado, sobre 800 euros.
Un poco más si entraste en la Básica siendo cabo o cabo 1°.
Espero que alguien sepa si al aprobar para Suboficial, ya cambias de grupo.
En ese caso la pensión sería sensiblemente más alta. Ojalá sea así.
(Da igual si es la Básica o la Academia de Oficiales para los casos que te he expuesto)
Quizás en tus nóminas venga el grupo.
No sabes cómo siento que se te hayan roto así todos tus planes de vida.
[/quote]
La vida es caprichosa y a veces nos da palos sin sentido… creo que seguía siendo C2 puesto que no llegué a salir de la academia. Y bueno en cuanto al empleo, soldado de larga duración.
Lo que mas incertidumbre me genera es saber si debo meterme en el contencioso administrativo o no, no se si hay algo con fundamento que conseguir además del 55% que me comentas y la prima del seguro colectivo. Vamos que si es viable conseguir el acto o no o solo seria perder tiempo y dinero.