Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

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pepe72
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Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por pepe72 »

Buenas días.
Quería consultar una duda sobre la nueva normativa de bajas médicas de la Guardia Civil, por si algún compañero o alguien con conocimientos jurídicos del tema puede orientarme.

Estoy de baja médica desde enero de 2026, por lo que mi baja comenzó antes de la entrada en vigor del Real Decreto 67/2026, de 4 de febrero. Actualmente estoy pendiente de que se inicie el expediente de pérdida de condiciones psicofísicas.

He leído el artículo 15.4 del nuevo real decreto, que establece que, durante la instrucción del expediente de determinación de aptitud psicofísica, si el guardia civil continúa de baja temporal, no es necesaria la expedición de los partes de confirmación.

Sin embargo, la disposición transitoria segunda indica que los procesos de incapacidad temporal iniciados antes de la entrada en vigor del decreto continúan sujetos a la normativa anterior hasta el alta médica.

Mis dudas son las siguientes:

¿Podría presentar un escrito por conducto reglamentario solicitando que se me aplique el nuevo régimen, especialmente lo dispuesto en el artículo 15.4 respecto a los partes de confirmación, aunque mi baja sea anterior a la entrada en vigor del real decreto?

Una vez que se inicie formalmente el expediente de pérdida de condiciones psicofísicas, ¿tengo que seguir presentando los partes de confirmación de la baja, o existe alguna posibilidad de quedar exento conforme al artículo 15.4?

¿Conocéis algún caso similar en el que se haya presentado una solicitud de este tipo? ¿Ha respondido la Administración o existe algún criterio jurídico al respecto?

Muchas gracias de antemano.
tasmania
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Re: Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por tasmania »

Hola no puedes, mentira, si puedes pero deberas ir a contencioso para darte la razon y como no implica algo gravoso para ti el contencioso no te resolvera esto antes de que se termine el expediente.
Cuando se incie el expediente hasta su firma por Subsecretaria de Defensa debes presentar partes cada 10 dias.

Te deje un tema abierto QUE NO TE ENGAÑEN CON LOS PLAZO DE TU EXPEDIENTE POR PERDIDA DE APTITUD. LEETELO
JorgePG
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Re: Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por JorgePG »

Yo si te digo mi caso… desde que pasé la JMP no presenté ni un solo parte más, puesto que yo no quería seguir de baja. Y hasta día de hoy nadie me ha dicho lo más mínimo, y mi JMP fue en Junio 2025.

No sé hasta qué punto te pueden obligar, yo le pedí el alta a mi médico y la presenté y me la rechazaron en sanidad. Ya dije que vale que sigo de baja pero ni un parte he entregado desde la fecha.
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psmito
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Re: Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por psmito »

Bueno, es una infección al régimen disciplinario
Pero si no te han dicho nada, pues bien
Ahora no te extrañe que cuando alguien se interese te pueda caer una
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
JorgePG
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Re: Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por JorgePG »

psmito escribió: ↑Dom Oct 18, 2026 8:42 pm Bueno, es una infección al régimen disciplinario
Pero si no te han dicho nada, pues bien
Ahora no te extrañe que cuando alguien se interese te pueda caer una
Pues yo entiendo que habiéndome reunido varias veces con el coronel médico de mi comandancia y sabiendo mi caso, poco me puede caer.
Si mi médico me hizo el alta y ellos la rechazaron pues que me den la baja por vía médico de la comandancia o lo que sea, pero vamos no presento partes y lo saben de sobra.
tasmania
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Re: Consulta sobre el RD 67/2026, bajas médicas y expediente de pérdida de condiciones psicofísicas

Mensaje por tasmania »

JorgePG escribió: ↑Dom Oct 18, 2026 10:02 pm
psmito escribió: ↑Dom Oct 18, 2026 8:42 pm Bueno, es una infección al régimen disciplinario
Pero si no te han dicho nada, pues bien
Ahora no te extrañe que cuando alguien se interese te pueda caer una
Pues yo entiendo que habiéndome reunido varias veces con el coronel médico de mi comandancia y sabiendo mi caso, poco me puede caer.
Si mi médico me hizo el alta y ellos la rechazaron pues que me den la baja por vía médico de la comandancia o lo que sea, pero vamos no presento partes y lo saben de sobra.
Efectivamente poco o nada te puede caer, porque los partes de baja te los esta firmando el coronel porque es el servicio medico. Com respecto al alta, si te dieron el alta tu medico de cabecera o especialista, si has pasado la JMP mientras no tengas el alta de ellos sigues de baja a todos los efectos quieras o no quieras.
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