Recurso ante la subsecretaria de defensa
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- Alferez
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Recurso ante la subsecretaria de defensa
Hola a todos, no sé si este es el sitio mas adecuado para poner esta duda pero la dejo aqui por si alguien me puede ayudar. Resulta que el 16 de octubre del 2009, salí en BOD como retirado por perdidas de condiciones psicofisicas, como ya tenia antes la resolucion de la subsecretaria de defensa interpuse un RECURSO DE REPOSICION el dia 13 de Octubre del 2009, posteriormente como hubo novedades respecto al contenido de este recurso el 02 de noviembre he entregado una ampliacion de este recurso, mi pregunta es ¿cuanto tiempo tienen para contestarme? ¿Puedo llamar a algun sitio para saber como va el tema?
Muchas gracias. Un saludo
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Menos mal que con los rifles no se matan las palabras
- trasgu123
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Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
Ley 30/1992, RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN.
Artículo 117. Plazos.
1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
3. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
Ademas, si no me equiboco, los efectos de la falta de resolución en plazo deben de considerarse como DESESTIMATORIOS. Normlmente no se estiman los recursos de reposicion, salvo error grave en la resolucion como que el nombre del interesado no se corresponda con el de la resolucion, dictaminar sobre asunto diferente al del expediente, etc.
Artículo 117. Plazos.
1. El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
2. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de un mes.
3. Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
Ademas, si no me equiboco, los efectos de la falta de resolución en plazo deben de considerarse como DESESTIMATORIOS. Normlmente no se estiman los recursos de reposicion, salvo error grave en la resolucion como que el nombre del interesado no se corresponda con el de la resolucion, dictaminar sobre asunto diferente al del expediente, etc.
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- Alferez
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Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
muchas gracias trasgu123!!
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- trasgu123
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Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
Son 10.000.
Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
trasgu123
10.000 qué????
como sean euros yo no te consulto en mi vida. je je je je je
Un saludo
10.000 qué????
como sean euros yo no te consulto en mi vida. je je je je je
Un saludo
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- Brigada
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Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
Pues yo lo veo barato para la respuesta a la duda que le ha dado.... jejeje
saludos.
saludos.
Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
Hoy me ha llegado a mi la desestimacion del recurso despues de 9 meses, eso es lo que han tardado...aunque sigo con el contencioso.
Un saludo.
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- Alferez
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Re: Recurso ante la subsecretaria de defensa
Pero empiezas con el contencioso una vez que te llega la desiestimacion,no? o ya empezaste antes?x-ray escribió:Hoy me ha llegado a mi la desestimacion del recurso despues de 9 meses, eso es lo que han tardado...aunque sigo con el contencioso.
Un saludo.
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