El ISFAS y las SS

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

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Peputo
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El ISFAS y las SS

Mensaje por Peputo »

Bueno, pues se trata del ya consabido tema de si se puede pertenecer a las dos entidades Seguridad Social e ISFAS, estando retirado y por tanto siendo titular de este último. De lo platicado en este foro años ha hemos sacado, creo, la conclusión de que si. Perooooooooo cuando creía haberlo visto todo me ocurre lo siguiente:

En Julio aproximadamente, como tenía caducada mi tarjetica de la SS y no se dignaban en mandarme otra y la necesitaba para un curso del INAEM, me personé en un centro sanitario de la SS a efectos de que me la renovasen, cosa que solicité a medio de un impreso al efecto, llámese formulario y a los efectos administrativos una instancia.

Cumplido el plazo de contestar, cosa habitual en esta república bananera, elevé a primeros de octubre un escrito pidiendo que me certificasen los efectos del silencio administrativo.

Ya estaba listo para elevar recurso previo a la Jurisdicción, cuando me llega la contestación a algo, todavía no lo tengo claro a que.

Contesta una asesora, en relación a mi escrito de octubre en que solicito nueva tarjeta ????( o sea, no contesta a la instancia, que es de fecha de julio, pero se refiere a ella¿? )

Expone, que mi tarjetica como General Titular la tenían bloqueada, pues al efectuar un cruce con ISFAS aparecía de alta (menos mal, pues me mordió un perro haciendo ciclismo y me vacunaron y todo, a mi, no al perro)

Prosigue exponiendo que en la Tesorería General de las SS estoy de baja y que el ISFAS, el muy cotilla, les dice que estoy adscrito a ASISA

Concluye aduciendo que al no estar de alta en las SS y ser mi modalidad de ISFAS el de una entidad privada, solo me pueden mantener de alta en sus bases de datos como ISFAS RURAL para determinados servicios.


Bueno, me voy a poner a buscar legislación para contestar a esta funcionaria de libre designación supongo, que no me motiva ni con ley ni reglamento lo que expone y tampoco los plazos ni ante quien y que lo hacen nulo o anulable, vamos que cada vez funciona mejor el procedimiento administrativo . Pero, si ustedes saben algo ruego lo plasmen aquí, así el que venga detrás va aprendiendo y a un servidor le resulta mas cómodo, pues nunca se sabe todo. El que sepa algo que lo ponga. Riau

Espero sus consejas. Un saludo.
Psicología es la ciencia que estudia los fenómenos que se le atribuyen al alma, la causa que los motiva y los efectos que los producen.
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por zuku »

No se si lo que voy a contar tendrá que ver con tu caso.

El hijo de un conocido acabó su contrato laboral y no tiene derecho al paro, pues a los 2 meses de acabar, le llegó una carta diciendo que tenía su tarjeta sanitaria bloqueda.
Tenía 2 opciones o que lo metiera su padre en su SS por ser menor de 25 años o tenía que solicitar que solicitar una tarjeta social, igual tiene otro nombre, (es la de los mendigos, inmigrantes, etc) en cualquier caso tiene cubierta la asistencia sanitaria, pero el problema es que con esa tarjeta social no tiene médico de cabecera y unicamente puede ir a urgencias. Al final lo metió su padre en su SS

Un saludo
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DARIS
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por DARIS »

Lo único que puedeo deciros es que aunque tengas ISFAS, si estás retirado y trabajando en el ámbito civil estás a la vez dado de alta en la SS., entre otras cosas porque cotizas tanto tú como la empresa en cuestión y tienes derecho a ello, además si caes enfermo quien te tiene que dar la baja es tu médico asignado de la SS.

Otra cosa distinta es cuando dejas de trabajar. Si pasas a cobrar el subsidio de desempleo sigues manteniendo la SS mientras dure y hasta tres meses después de acabarse. Y si no cobras subsidio, durante los tres meses despues del trabajo. A partir de ahí como mantienes tu seguro primario, que no lo has dejado de tener nunca, que en este caso es el ISFAS, pues dejas de tener derecho a la SS, hasta que te den de alta en un nuevo trabajo.

Eso es lo que tengo entendido, creo que no me equivoco. Si alguien sabe algo distinto que lo aporte.

Espero haber sido de alguna ayuda.

Un saludo
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Peputo
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por Peputo »

Gracias por las respuestas, pero si se conoce de alguan ley mejor. La Administración no la cita, lo cual me da a entender que no lo tienen claro, cuando lo tienen claro, a los de libre designación o apesebrados, les encanta lucirse antes de ir a tomar el bocata matutino.
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diablo
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por diablo »

Peputo escribió:Gracias por las respuestas, pero si se conoce de alguan ley mejor. La Administración no la cita, lo cual me da a entender que no lo tienen claro, cuando lo tienen claro, a los de libre designación o apesebrados, les encanta lucirse antes de ir a tomar el bocata matutino.
Buenas.
Peputo, no existe Legislación al respecto, el motivo es que no está legislado que un pensionista perteneciente a Clases Pasivas por incapacidad para el servicio, pueda prestar una actividad laboral en el sector privado, me explico, la actual Legislación de Clases Pasivas para aquellos pensionistas anteriores al famoso 1 de enero de 2009, establece que "no podrán desempeñar ninguna actividad en el sector público", al no mencionar el sector privado, el Legislador creó ahí lo que se denomina un vacio legal, es decir, lo que no está legislado no existe ni puede ser motivo de sancionabilidad, y en base a ese vacio legal es por el cual los pensionistas, me incluyo, de Clases Pasivas podemos realizar una actividad en el sector privado, no tuvieron en cuenta tal circunstancia.
Dicho esto, yo pertenezco a MUGEJU y a su vez desde que me jubilé estoy también en el Régimen General de la Seguridad Social, existen dos tipos de tarjetas, una de beneficencia, que la expiden a no cotizantes, inmigrantes etc. y únicamente tienen derecho a servicio de urgencias, vacuna y poco mas y la tarjeta sanitaria con cobertura general que es la que tengo yo, totalmente compatible con Mugeju por supuesto, simplemente fui al Ambulatorio de mi localidad y la solicité, me la expidieron sin problema alguno y es la que utilizo.
Saludos.
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por PABLE-T »

diablo escribió:
Buenas.
Peputo, no existe Legislación al respecto, el motivo es que no está legislado que un pensionista perteneciente a Clases Pasivas por incapacidad para el servicio, pueda prestar una actividad laboral en el sector privado, me explico, la actual Legislación de Clases Pasivas para aquellos pensionistas anteriores al famoso 1 de enero de 2009, establece que "no podrán desempeñar ninguna actividad en el sector público", al no mencionar el sector privado, el Legislador creó ahí lo que se denomina un vacio legal, es decir, lo que no está legislado no existe ni puede ser motivo de sancionabilidad, y en base a ese vacio legal es por el cual los pensionistas, me incluyo, de Clases Pasivas podemos realizar una actividad en el sector privado, no tuvieron en cuenta tal circunstancia.
Dicho esto, yo pertenezco a MUGEJU y a su vez desde que me jubilé estoy también en el Régimen General de la Seguridad Social, existen dos tipos de tarjetas, una de beneficencia, que la expiden a no cotizantes, inmigrantes etc. y únicamente tienen derecho a servicio de urgencias, vacuna y poco mas y la tarjeta sanitaria con cobertura general que es la que tengo yo, totalmente compatible con Mugeju por supuesto, simplemente fui al Ambulatorio de mi localidad y la solicité, me la expidieron sin problema alguno y es la que utilizo.
Saludos.
entonces si perteneces a MUGEJU, isfas, muface.. y a la vez a la seguridad social, al estar jubilado, te salen los medicamentos gratis? Si es asi, tienes las ventajas de una compañia privada sea adeslas, asisa.. a la hora de escoger medico, de que te hagan una prueba... y a la vez si eres de la ss y pensionista, tienes derecho a la medicación gratuita?
Menos mal que con los rifles no se matan las palabras
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diablo
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por diablo »

Buenas.
En la Seguridad Social gozo de todos los derechos que puedan tener sus afiliados con cobertura general, ambulatorio, medico de cabezera, analíticas, intervenciones en un momento dado, etc etc etc, en fin todas las prestaciones excepto la gratuidad de los medicamentos, puesto que yo no figuro como pensionista para la Seguridad Social, dado que lógicamente no soy pensionista de la Seguridad Social sino de Clases Pasivas y por ende de MUGEJU, al igual que si fuera ISFAS o MUFACE, las cuales únicamente nos facilitan los talonarios de recetas; los medicamentos los saco con las recetas de MUGEJU porque el abono es de un 30% mientras que con las recetas de la Seguridad Social tengo que abonar como todo hijo de vecino un 40%.
Imagino que tendré medicamentos gratuitos por la S.S. cuando tenga la edad ordinaria de jubilación.
Saludos.
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por antonio2000 »

diablo escribió:Buenas.
En la Seguridad Social gozo de todos los derechos que puedan tener sus afiliados con cobertura general, ambulatorio, medico de cabezera, analíticas, intervenciones en un momento dado, etc etc etc, en fin todas las prestaciones excepto la gratuidad de los medicamentos, puesto que yo no figuro como pensionista para la Seguridad Social, dado que lógicamente no soy pensionista de la Seguridad Social sino de Clases Pasivas y por ende de MUGEJU, al igual que si fuera ISFAS o MUFACE, las cuales únicamente nos facilitan los talonarios de recetas; los medicamentos los saco con las recetas de MUGEJU porque el abono es de un 30% mientras que con las recetas de la Seguridad Social tengo que abonar como todo hijo de vecino un 40%.
Imagino que tendré medicamentos gratuitos por la S.S. cuando tenga la edad ordinaria de jubilación.
Saludos.

Diablo ¿tú trabajas para tener la S.S.?, si no trabajas explica bién como estás en ella, pues me parece muy interesante, ya que en la ciudad en donde vivo, hay varias especialidades que no están cubiertas en las compañías puesto que estos médicos tienen dedicación completa con la S.S y ni pasan consultas a las compañias, ni de forma privada (la S.S les debe de pagar un pastón).

Un saludo.
zuku
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por zuku »

Imagino que tendré medicamentos gratuitos por la S.S. cuando tenga la edad ordinaria de jubilación.
Pues creo que va a ser que no, los de más de 65 añós de Isfas siguen pagando los medicamentos como si estuviesen en activo

Un saludo
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diablo
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por diablo »

zuku escribió:
Imagino que tendré medicamentos gratuitos por la S.S. cuando tenga la edad ordinaria de jubilación.
Pues creo que va a ser que no, los de más de 65 añós de Isfas siguen pagando los medicamentos como si estuviesen en activo

Un saludo

Buenas.
Los continuan pagando con las recetas de ISFAS, pero ¿ si también estuvieran afiliados al Régimen de la Seguridad Social, los pagarian por este último Régimen con 65 años?.
Yo ya se que por MUGEJU tendré que abonar los medicamentos aún cuando haya cumplido 65, pero por la S.S. es otra historia.
Saludos.
aportodas
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por aportodas »

DARIS escribió:Lo único que puedeo deciros es que aunque tengas ISFAS, si estás retirado y trabajando en el ámbito civil estás a la vez dado de alta en la SS., entre otras cosas porque cotizas tanto tú como la empresa en cuestión y tienes derecho a ello, además si caes enfermo quien te tiene que dar la baja es tu médico asignado de la SS.

Otra cosa distinta es cuando dejas de trabajar. Si pasas a cobrar el subsidio de desempleo sigues manteniendo la SS mientras dure y hasta tres meses después de acabarse. Y si no cobras subsidio, durante los tres meses despues del trabajo. A partir de ahí como mantienes tu seguro primario, que no lo has dejado de tener nunca, que en este caso es el ISFAS, pues dejas de tener derecho a la SS, hasta que te den de alta en un nuevo trabajo.

Eso es lo que tengo entendido, creo que no me equivoco. Si alguien sabe algo distinto que lo aporte.

Espero haber sido de alguna ayuda.

Un saludo
En este tema estoy bastante puesto, aunque seguro pueda equivocarme. Es tal cual comenta DARIS. Para tener derecho a asistencia sanitaria por la SS, tienes tres opciones:

- Cotizas en ese regimen, ya sea trabajando o cobrando desempleo, una vez acaba el desempleo tienes 90 días, pasados éstos días te quedas tambien sin asistencia sanitaria y debes acogerte en alguno de los dos puntos siguientes.
- Estar de beneficiario a efectos de asistencia sanitaria de un titular que cotice de la SS , del cual debes depender economicamente y convivir con el mismo (excepto en separaciones y divorcios)
- O...Acogerse a la asistencia sanitaria para personas sin recursos económicos y que no superen sus ingresos el IPREM

Fuera de estas tres opciones, no se debe de tener cobertura sanitaria por la SS. Es decir el que tenga ISFAS y no cotize a la SS o esté en los 3 supuestos que he escrito, no tiene derecho a asistencia sanitaria por la SS. Para eso cuando entras en ISFAS te dan la opción de escoger asistencia sanitaria por la SS.

Dicho esto, seguro que habrá algún compañero que sin estar en estos 3 supuestos y aún perteneciendo a ISFAS estén haciendo uso de la SS creyendo que tiene cobertura por ella. Esto sucede porque normalmente la base de datos de los centros de Salud no tienen actualizada la situación de la persona con la base de datos del INSS y si anteriormente habías trabajado en regimen de Seguridad Social o estado de beneficiario de un titular pues aparece con asistencia sanitaria en el centro de salud al no estar actualizado, pero cuidado, invito a los que estén en este caso a ir a vuestro INSS más cercano y que os miren en su sistema si tenéis asistencia sanitaria a través de ellos, verás que apareceis SIN ASISTENCIA y os dirán que estáis en ISFAS. En el momento que cruzan datos el INSS y el Sistema de Salud de la Comunidad ya apareceréis sin asistencia también en los centros de salud, lo que pasa que esto lo hacen muy de tarde en tarde, pero vamos que la situación no se ajusta a la norma y quizás en algún momento pueda tener alguno una sorpresa con la SS cuando le pasen la factura medica de urgencias o algún ingreso medico, no suelen hacerlo, pero algunas comunidades lo hacen y se han dado casos y conozco dos en concreto.

Si me equivoco en algo corregidme que para eso estamos por aquí, para sacar conclusiones

Saludos
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por trasgu123 »

Si no cotizas a la S.S. como vas a tener derecho a asistencia completa. Es como si se te incendia el piso y al dia siguiente entras en la primera aseguradora ke te encuentras ¿tienes una poliza de seguro para el piso con esa aseguradora? NO, entonces ke coño quieres.
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por aportodas »

Compañero diablo, explicanos si cotizas a la SS, suena muy raro que si no cotiza a la Seg.Social tengas derecho a asistencia sanitaria por la SS.

diablo escribió:
Dicho esto, yo pertenezco a MUGEJU y a su vez desde que me jubilé estoy también en el Régimen General de la Seguridad Social, existen dos tipos de tarjetas, una de beneficencia, que la expiden a no cotizantes, inmigrantes etc. y únicamente tienen derecho a servicio de urgencias, vacuna y poco mas y la tarjeta sanitaria con cobertura general que es la que tengo yo, totalmente compatible con Mugeju por supuesto, simplemente fui al Ambulatorio de mi localidad y la solicité, me la expidieron sin problema alguno y es la que utilizo.
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Re: El ISFAS y las SS

Mensaje por diablo »

Actualmente no cotizo a la Seguridad Social, hace algunos meses que no trabajo, evidentemente he cotizado cuando he desempeñado alguna actividad laboral y la tarjeta que poseo actualmente tiene la inscripción COBERTURA SANITARIA GENERAL, es decir, cobertura total, pero estoy pensando una vez leidos comentarios de diversos compañeros, que tal vez mi tarjeta ya no tenga tal validez como cobertura general y únicamente en la actualidad tenga lo que se denomina asistencia de beneficencia, es decir, urgencias, vacuna y creo que nada más, aunque de hecho tendria que haberme llegado dicha tarjeta anulando la de cobertura general, sin embargo no me ha llegado aún así creo que estais en lo cierto.
De hecho la tarjeta solo la he utilizado en alguna ocasión para alguna receta o bien cuando he estado trabajando cuando he cogido la baja médica unos dias, no le he dado ningún otro uso.
Saludos.
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