ante todo y primeramente mi mas sincero saludo a todos los forer@s y muchas gracias a todos por su dedicación y ayuda desinteresada.-
soy nuevo en el foro y tengo unas preguntas para realizar si alguien quiere ayudarme se lo agradecería de todo corazon.-
soy pensionista clases pasivas desde hace algo mas de un año y voy empezar a trabajr para una empresa privada,he presentado en la gestoría todos los papeles necesarios con el acta del tribunal para hacer constar la minusvalía(cosa que por ahora no me han puesto pega alguna ya que he leído en el foro que en algun sitio les exigian el correspondiente certificado de la SS...),mi pregunta es la siguiente:
1ª).-he leído en internet que si trabajas durante un tiempo largo te envían una carta donde se te advertía que de seguir ejercicendo se te podría llamar para pasar otro reconocimiento...esto es asi de verdad o solo es para los de SS?
-debo de comunciar a clases pasivas mi nueva situacion laboral????
2ª).-tengo un prestamo solicitado para la compra de un vehículo desde hace 2 años en el cual en el seguro de dicha poliza se incluye la invalided permanente,total y absoluta,adjunto les remití el acta de reconocimiento de pension por inutilidad permanente y me han venido a decir mas o menos esto: que no tengo derecho a ello ya que no soy acto para realizar ni trabajo pero si puedo realizar otros...algun forero ha pasado por esta situación que pueda asesorarme si tengo o no derecho a ello????
un saludo y un fuerte abrazo para tod@s
trabajo en la privada y seguro prestamo personal
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Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
Hola, yo soy mas nuevo que tu, pero en principio y hasta que te conteste otro mas enterado te digo (en vista de que me lei todo el foro):
1.- Según he podido entender puedes trabajar sin ningún tipo de problema mientras que la empresa sea 100% privada y en cuanto a que te hagan pasar otro reconocimiento medico para reingresar nanay de la china, el unico que puede solicitar la rehabilitación eres tu.
2.- Eso lo tienes perdido del todo, como bien dices: invalidez permanente,total y absoluta
1.- Según he podido entender puedes trabajar sin ningún tipo de problema mientras que la empresa sea 100% privada y en cuanto a que te hagan pasar otro reconocimiento medico para reingresar nanay de la china, el unico que puede solicitar la rehabilitación eres tu.
2.- Eso lo tienes perdido del todo, como bien dices: invalidez permanente,total y absoluta
Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
He de decirte que el acta del Tribunal no vale para nada en la vida civil, para demostrar tu minusvalia, p.e. en la empresa privada para hacerte un contrato de personal minusválido, o la hora de comprar un coche y solicitar la exención del impuesto de matriculación, como te decía para demostrar tu minusvalía es necesario un de los siguientes documentos:
1 .- Calificación de minusvalía expedida por la Comunidad Autónoma (Es muy conveniente pasar este reconocimiento, pues es el aceptado por todos los Organismos sin problemas)
2 .- Resolución de retiro por incapacidad, con este documento puedes acreditar que tienes una minusvalía de un 33%, es válido según lo establecido en el R.D. 1414/2006 del que se habla mucho en este foro.
3.- Reconocimiento de pensión por incapacidad de la Seguridad Social, con este documento puedes acreditar que tienes una minusvalía de un 33%, es válido según lo establecido en el R.D. 1414/2006 del que se habla mucho en este foro.
4.- Incapacitación legal, con este documento se acredita una minusvalía de un 65%.
Una vez reconocida tu pensión de retiro es imposible que te hagan volver a tu puesto de trabajo, por ahora, la situación de retiro o jubilación por incapacidad física o psíquica de un funcionario de la Administración de Estado que haya cotizado Derechos Pasivos es perfectamente compatible con el trabajo en la empresa privada, privada al 100%.
Respecto a la segundo cuestión no entiendo bien a que es a lo que te dicen que no tienes derecho, por favor intenta ponerlo un poco mas claro.
Un saludo
1 .- Calificación de minusvalía expedida por la Comunidad Autónoma (Es muy conveniente pasar este reconocimiento, pues es el aceptado por todos los Organismos sin problemas)
2 .- Resolución de retiro por incapacidad, con este documento puedes acreditar que tienes una minusvalía de un 33%, es válido según lo establecido en el R.D. 1414/2006 del que se habla mucho en este foro.
3.- Reconocimiento de pensión por incapacidad de la Seguridad Social, con este documento puedes acreditar que tienes una minusvalía de un 33%, es válido según lo establecido en el R.D. 1414/2006 del que se habla mucho en este foro.
4.- Incapacitación legal, con este documento se acredita una minusvalía de un 65%.
Una vez reconocida tu pensión de retiro es imposible que te hagan volver a tu puesto de trabajo, por ahora, la situación de retiro o jubilación por incapacidad física o psíquica de un funcionario de la Administración de Estado que haya cotizado Derechos Pasivos es perfectamente compatible con el trabajo en la empresa privada, privada al 100%.
Respecto a la segundo cuestión no entiendo bien a que es a lo que te dicen que no tienes derecho, por favor intenta ponerlo un poco mas claro.
Un saludo
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- Cabo
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Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
HOLA A TODOS DE NUEVO POR SI TE SIRVE DE ALGO YO GRACIAS A LA INFORMACION DE ESTE FORO Y A LA LABOR DESINTERESADA DE LOS QUE AQUI ESTAMOS LLEVO RETIRADO 12 AÑOS Y COMENCE A TRABAJAR EN UNA EMPRESA PRIVADA HACE YA UN AÑO Y LA VERDAD QUE SIN NINGUN TIPO DE PROBLEMAS MAS QUE LOS TIPICOS DE LAS LESIONES QUE PADECEMOS QUE QUIERAS O NO TE LIMITAN PARA TU VIDA NORMAL QUE A NADIE SE LE OCURRA PENSAR QUE POR QUE TRABAJAMOS YA ESTAMOS TOTALMENTE REHABILITADOS POR QUE ESO POR DESGRACIA NO ES POSIBLE EN LA MAYORIA DE LOS CASOS, PERO POR LO MENOS ESTAMOS SIENDOLE UTILES A ESTA SOCIEDAD Y POR OTRO LADO NO TUVE PROBLEMAS A LA HORA DE SOLICITAR LA EXCENCION DEL IMPUESTO DE CIRCULACION EN EL AYUNTAMIENTO.
UN SALUDO CORDIAL A TODOS Y HASTA PRONTO.
UN SALUDO CORDIAL A TODOS Y HASTA PRONTO.
Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
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Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
Hola MARFUL:
Si la póliza recoge lo que tú dices: ampara la incapacidad Total y Absoluta, pues tienes derecho a ejecutar el seguro de la compra del vehículo. Ahora bien, lee las condiciones de tu póliza pues suelen definir lo que se entiende por incapacidad Total y la Absoluta pues no suelen ser iguales que las definiciones laborales. Aun en ese caso, tienes derecho a reclamar que te la paguen pues te ha resuelto una incapacidad Total
Un saludo
J. Campuzano. Habilitado Clases Pasivas. Pontevedra
Si la póliza recoge lo que tú dices: ampara la incapacidad Total y Absoluta, pues tienes derecho a ejecutar el seguro de la compra del vehículo. Ahora bien, lee las condiciones de tu póliza pues suelen definir lo que se entiende por incapacidad Total y la Absoluta pues no suelen ser iguales que las definiciones laborales. Aun en ese caso, tienes derecho a reclamar que te la paguen pues te ha resuelto una incapacidad Total
Un saludo
J. Campuzano. Habilitado Clases Pasivas. Pontevedra
Re: trabajo en la privada y seguro prestamo personal
Hola, una pregunta para cucho, en relación a lo que se está hablando.
¿qué diferencia real hay, a la hora de ejercer una actividad (autónomo y empresa particular) tras el retiro, entre una incapacidad absoluta y una total?
Un saludo. (Te lo pregunto a ti porque dice en la parte baha de tu post que eres habilitado de clases pasivas).
¿qué diferencia real hay, a la hora de ejercer una actividad (autónomo y empresa particular) tras el retiro, entre una incapacidad absoluta y una total?
Un saludo. (Te lo pregunto a ti porque dice en la parte baha de tu post que eres habilitado de clases pasivas).