isisset escribió: ↑Sab Ene 14, 2023 6:57 pm
Yo no entiendo mucho de esto, pero creo entender que te hacen la retencion que le corresponderia cada mes por el dinero que deberias haber cobrado en la nomina, despues tendras que poner en la complementaria que has tenido un aumento y que te han retenido x, entiendo que si no cambias de tramo, pues poco saldra a pagar, si se cambia pues saldra peor, es lo que creo entender. Un saludo.
Para el tema de las complementarias, a mi en 2022 me ingresaron lo de las vacaciones no disfrutadas y el complemento de maternidad ( menuda liada
)
Lo de las vacaciones corresponden a las años 2015, 2016 y 2017.......puedo presentar una compementaria de esos años? No había una regla q más atrás q 5 años no se podía hacer?
Otra cosa, cuál es el plazo para presentar las complementarias una vez recibido el abono? Lo de las vacaciones me lo abonaron el pasado octubre y lo de la maternidad en diciembre? El plazo son seis meses una vez recibido el abono o algo así?
Y otra cosa, es legal no hacer las complementarias y declararlo todo en la declaración de este año 2023 sobre el 2022, aunque el palo q te metan sea mayor? Es q la verdad prefiero hacerlo todo junto aunque pague más pero es más sencillo, pero no sé si el legal.
Joer es que entre vacaciones y maternidad debería hacer complementarias de 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021.....
Gracias si alguien me puede responder. Un abrazo.