Se acaba el plazo

Dudas sobre retiros por incapacidad.

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Esteba77
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Esteba77 »

Arquímedes escribió: Lun May 16, 2022 7:30 am
Esteba77 escribió: Dom May 15, 2022 11:20 pm
Arquímedes escribió: Dom May 15, 2022 10:33 pm

Dices que te solicitaron documentación...¿No te ponía que se paralizaban los plazos mientras no se la enviabas?.

Ciertamente con la Ley 39/2015 tendrías lo solicitado ganado, salvo que luego los jueces digan que hubo "abuso de derecho", cosa que sería extraña.

La verdad es que últimamente Clases Pasivas está peligrosamente flirteando con los Silencios Positivos.
Me soliciitqron en que provincia quería pasar el EVI...y que tenía dos direcciones distintas categorías N provincias distintas..les remití la documentación ncon cuse de recibo y si me ponía la carta que hasta que no llegara la documentación se paralizaba la tramitación,se paró 7 fiasnya que les llegó el día 3 de Marzo con carta certificada con acuse de recibo que conservo en mi poder como oro en paño,oa carta poni muy claro que se paraba el tiempo de tramitación mientras no mandara la documentación así ir l día 3 se reanuda el plazo, repito tengo el acuse de recibo en mi poder
Pero es que entonces a lo mejor te estás confundiendo. Si te preguntan a qué EVI querías ir es que ti solicitud de incapacidad no implica que te den dicha incapacidad, sino que realmente estás solicitando reconocimiento, ya que es condición legal el pedir reconocimiento, no la incapacidad directamente. Al solicitar reconocimiento realmente, solo puedes exigir ese EVI, no la incapacidad.

Veo muchos cabos sueltos en tu argumentario.
A ver...ellos saben que pido la incapacidad ya que en la misma carta lo pone,pone que en qué provincia resido y en qué provincia quiero pasar el EVI y que en caso que me corresponda una incapacidad varía el IRPF de una u otra,repito la carta que me remitieron pone bien claro lo de l incapacidad,además yo ya aporte un peritaje judicial médico al iniciar el procedimiento,
Arquímedes

Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Arquímedes »

Esteba77 escribió: Lun May 16, 2022 9:39 am
Arquímedes escribió: Lun May 16, 2022 7:30 am
Esteba77 escribió: Dom May 15, 2022 11:20 pm

Me soliciitqron en que provincia quería pasar el EVI...y que tenía dos direcciones distintas categorías N provincias distintas..les remití la documentación ncon cuse de recibo y si me ponía la carta que hasta que no llegara la documentación se paralizaba la tramitación,se paró 7 fiasnya que les llegó el día 3 de Marzo con carta certificada con acuse de recibo que conservo en mi poder como oro en paño,oa carta poni muy claro que se paraba el tiempo de tramitación mientras no mandara la documentación así ir l día 3 se reanuda el plazo, repito tengo el acuse de recibo en mi poder
Pero es que entonces a lo mejor te estás confundiendo. Si te preguntan a qué EVI querías ir es que ti solicitud de incapacidad no implica que te den dicha incapacidad, sino que realmente estás solicitando reconocimiento, ya que es condición legal el pedir reconocimiento, no la incapacidad directamente. Al solicitar reconocimiento realmente, solo puedes exigir ese EVI, no la incapacidad.

Veo muchos cabos sueltos en tu argumentario.
A ver...ellos saben que pido la incapacidad ya que en la misma carta lo pone,pone que en qué provincia resido y en qué provincia quiero pasar el EVI y que en caso que me corresponda una incapacidad varía el IRPF de una u otra,repito la carta que me remitieron pone bien claro lo de l incapacidad,además yo ya aporte un peritaje judicial médico al iniciar el procedimiento,
Te estás liando, y lo peor es que nos lías a los demás. No hay incapacidad sin Tribunal que valore dicha INCAPACIDAD previamente. Si te pasas por el apartado de presentaciones, ayudas a los demás a que te ubiquemos. Ya que estabas, haber puesto en la solicitud que querías 2 millones de euro de indemnización, ya que según tu no tienes que pasar tribunal porque pedías la incapacidad. De verdad que intento entender tu punto de vista, pero no consigo hacerlo.

Saludos.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por psmito »

Esteba77 escribió: Lun May 16, 2022 7:14 am
psmito escribió: Dom May 15, 2022 11:47 pm
Esteba77 escribió: Dom May 15, 2022 11:20 pm

Me soliciitqron en que provincia quería pasar el EVI...y que tenía dos direcciones distintas categorías N provincias distintas..les remití la documentación ncon cuse de recibo y si me ponía la carta que hasta que no llegara la documentación se paralizaba la tramitación,se paró 7 fiasnya que les llegó el día 3 de Marzo con carta certificada con acuse de recibo que conservo en mi poder como oro en paño,oa carta poni muy claro que se paraba el tiempo de tramitación mientras no mandara la documentación así ir l día 3 se reanuda el plazo, repito tengo el acuse de recibo en mi poder
Ya
Pero tienes una absoluta??
Sin esa absoluta da igual lo que pidas, puede ser responsable un funcionario pero no te van a conceder una pensión, sería lo mismo que si mi hijo de 18 años pidiese una pensión sin tener ninguno de los requisitos y porque se traspapeló se la tengan que dar

O porque pasé el plazo te conceden una absoluta? Clases pasivas no es competente para otorgarla

Sin el dictamen del EVI lo normal es que esté el expediente suspendido, ya que es preceptivo para el resultado del expediente y no puede haber resolución sin el

En el primer post dices suspendido no paralizado,
La paralización tiene un plazo
La suspensión no, es por el tiempo mínimo necesario para que se pronuncie los organismos pertinentes, en tu caso el EVI, puede ser 3 meses o dos años
Creo no me he explicado bien....me remitieron un carta certificada el día 22 de Febrero donde me ponía " se suspende el plazo para resolver hasta no recibir la documentación solicitada" y la documentación solicitada era saber en qué provincia quería pasar el EVI...la documentación solicitada se recibió en clases pasivas el día 3 de Marzo ya que la envíe con acuse de recibo,no hace falta ser un lumbreras para entender que una vez recibida.cuelve a contar el plazo,es más en consultas varias a experrtos en el tema así me lo han corroboradou una vez ellos tuvieron la documentación el plazo vuelve a contarlos plazo están regulados por ley para evitar abusos de la administración...no es cierto que son 2 años para que te ve un EVI o otro organismo...incluso en el SS son 135 días pero en el SS es negativo el silencio,en cambio en clases pasivas es positivo
Lo de do años es un ejemplo exagerado

Tú sabrás lo que te mandaron
Pero lo normal es suspender plazo hasta que digas dónde pasar el EVI, lo pases, les llegue la resolución y entonces levantar la suspensión

Lo dicho mientras no tengas una absoluta por parte del EVI, imposible te den una pensión
Haya acabado plazo o no ya que no cumples el requisito principal
Y si vas al juzgado tampoco por silencio, si no cumples el requisito ni silencio ni nada
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Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Esteba77 »

psmito escribió: Lun May 16, 2022 11:14 am
Esteba77 escribió: Lun May 16, 2022 7:14 am
psmito escribió: Dom May 15, 2022 11:47 pm

Ya
Pero tienes una absoluta??
Sin esa absoluta da igual lo que pidas, puede ser responsable un funcionario pero no te van a conceder una pensión, sería lo mismo que si mi hijo de 18 años pidiese una pensión sin tener ninguno de los requisitos y porque se traspapeló se la tengan que dar

O porque pasé el plazo te conceden una absoluta? Clases pasivas no es competente para otorgarla

Sin el dictamen del EVI lo normal es que esté el expediente suspendido, ya que es preceptivo para el resultado del expediente y no puede haber resolución sin el

En el primer post dices suspendido no paralizado,
La paralización tiene un plazo
La suspensión no, es por el tiempo mínimo necesario para que se pronuncie los organismos pertinentes, en tu caso el EVI, puede ser 3 meses o dos años
Creo no me he explicado bien....me remitieron un carta certificada el día 22 de Febrero donde me ponía " se suspende el plazo para resolver hasta no recibir la documentación solicitada" y la documentación solicitada era saber en qué provincia quería pasar el EVI...la documentación solicitada se recibió en clases pasivas el día 3 de Marzo ya que la envíe con acuse de recibo,no hace falta ser un lumbreras para entender que una vez recibida.cuelve a contar el plazo,es más en consultas varias a experrtos en el tema así me lo han corroboradou una vez ellos tuvieron la documentación el plazo vuelve a contarlos plazo están regulados por ley para evitar abusos de la administración...no es cierto que son 2 años para que te ve un EVI o otro organismo...incluso en el SS son 135 días pero en el SS es negativo el silencio,en cambio en clases pasivas es positivo
Lo de do años es un ejemplo exagerado

Tú sabrás lo que te mandaron
Pero lo normal es suspender plazo hasta que digas dónde pasar el EVI, lo pases, les llegue la resolución y entonces levantar la suspensión

Lo dicho mientras no tengas una absoluta por parte del EVI, imposible te den una pensión
Haya acabado plazo o no ya que no cumples el requisito principal
Y si vas al juzgado tampoco por silencio, si no cumples el requisito ni silencio ni nada
Me mandaron una carta certificada donde ponía que se suspendia el plazo hasta que no les remitiera donde quería pasar el EVI y me ponían un et de la ley 39/2015 donde pone que se paralizan los plazos para subsanar documentos etc ..yo y les he dicho donde quiero pasar el EVI ..la carta que les remití tiene entrada el día 3 de Marzo por lo que la documentación está sibsnada y el plazo se reanuda..de echo les he llamado el otro día by me confirmen que han recibido mi carta ( cosa que yo y sabía porque era con acuse) y que el expediente está abierto y en trámite
Arquímedes

Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Arquímedes »

Esteba77, todo lo que cuentas está muy bien, pero te estás liando, te lo repito de nuevo. Nadie te va a conceder ninguna incapacidad sin pasar por un tribunal de incapacidad. Tu solicitud es el equivalente a la solicitud de pasar tribunal, por mucho que tu dentro pongas que te incapaciten o que te den, además, 2 millones de euros. Por tanto, tu silencio positivo solo significa que sí, que te van a mandar a un tribunal. Ya está.

Aún así, cada uno es libre luego de hacer con su dinero lo que quiera, y si encuentras un abogado que entienda lo mismo que tu, adelante, ve a contencioso, aunque mucho me temo que solo te servirá para perder el dinero.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Danaerys »

Creo que incluso el enviar un peritaje judicial ¿? pagado por ti, sólo te puede perjudicar.
Ese peritaje es obvio que te beneficia.
Y ya se ha dado el caso en algunos compañeros que han pasado el Tribunal y han llevado uno, que les han dicho que allí los peritos "eran ellos" y que se metiera el peritaje por el ...

Sin haber llegado a la edad de jubilación, para que te quede una pensión, solo cabría una absoluta que no tienes.

Y como te están diciendo los compañeros, tú lo que estás solicitando al organismo equivocado es una revisión.
No una pensión.
¿Cómo te van a dar una pensión sin revisión?
¿Estamos tontos?
El tener un 33 % de discapacidad no es sinónimo de nada ni te ayuda a nada.

Hay por ahí vendedores de cupones que están ciegos, en sillas de ruedas y a los que les falta un brazo y están currando con un 90 % de discapacidad.
Incapacidad y discapacidad son términos que van por separado.

Ya por último decirte que si, que puede que seas merecedor de una pensión tras pasar el EVI, pero ésta NUNCA será de Clases Pasivas. Será de la SS en cualquier caso.
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Arquímedes

Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Arquímedes »

Danaerys escribió: Lun May 16, 2022 3:31 pm Creo que incluso el enviar un peritaje judicial ¿? pagado por ti, sólo te puede perjudicar.
Ese peritaje es obvio que te beneficia.
Y ya se ha dado el caso en algunos compañeros que han pasado el Tribunal y han llevado uno, que les han dicho que allí los peritos "eran ellos" y que se metiera el peritaje por el ...

Sin haber llegado a la edad de jubilación, para que te quede una pensión, solo cabría una absoluta que no tienes.

Y como te están diciendo los compañeros, tú lo que estás solicitando al organismo equivocado es una revisión.
No una pensión.
¿Cómo te van a dar una pensión sin revisión?
¿Estamos tontos?
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Hay por ahí vendedores de cupones que están ciegos, en sillas de ruedas y a los que les falta un brazo y están currando con un 90 % de discapacidad.
Incapacidad y discapacidad son términos que van por separado.

Ya por último decirte que si, que puede que seas merecedor de una pensión tras pasar el EVI, pero ésta NUNCA será de Clases Pasivas. Será de la SS en cualquier caso.
Suscribo todo lo que dices, excepto en una cosa. Si le diesen la absoluta (solo en ese caso) creo que sí que tendría derecho a una pensiónde Clases Pasivas. Otra cosa es como se le calcula, porque no se le cuentan los años que le falten hasta el retiro, sino solo los años efectivamente servidos.

Por lo demás, es como tu dices. Se pone a pedir una pensión de incapacidad sin que nadie le haya declarado incapaz. Vamos, una pasada, no se ni quien le habrá recomendado esa brillante idea.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Danaerys »

Arquímedes escribió: Lun May 16, 2022 3:44 pm
Danaerys escribió: Lun May 16, 2022 3:31 pm Creo que incluso el enviar un peritaje judicial ¿? pagado por ti, sólo te puede perjudicar.
Ese peritaje es obvio que te beneficia.
Y ya se ha dado el caso en algunos compañeros que han pasado el Tribunal y han llevado uno, que les han dicho que allí los peritos "eran ellos" y que se metiera el peritaje por el ...

Sin haber llegado a la edad de jubilación, para que te quede una pensión, solo cabría una absoluta que no tienes.

Y como te están diciendo los compañeros, tú lo que estás solicitando al organismo equivocado es una revisión.
No una pensión.
¿Cómo te van a dar una pensión sin revisión?
¿Estamos tontos?
El tener un 33 % de discapacidad no es sinónimo de nada ni te ayuda a nada.

Hay por ahí vendedores de cupones que están ciegos, en sillas de ruedas y a los que les falta un brazo y están currando con un 90 % de discapacidad.
Incapacidad y discapacidad son términos que van por separado.

Ya por último decirte que si, que puede que seas merecedor de una pensión tras pasar el EVI, pero ésta NUNCA será de Clases Pasivas. Será de la SS en cualquier caso.
Suscribo todo lo que dices, excepto en una cosa. Si le diesen la absoluta (solo en ese caso) creo que sí que tendría derecho a una pensiónde Clases Pasivas. Otra cosa es como se le calcula, porque no se le cuentan los años que le falten hasta el retiro, sino solo los años efectivamente servidos.

Por lo demás, es como tu dices. Se pone a pedir una pensión de incapacidad sin que nadie le haya declarado incapaz. Vamos, una pasada, no se ni quien le habrá recomendado esa brillante idea.
Él ya no pertenece a Clases Pasivas.
Eso ya es pasado pisado. Además le hablan del EVI.
Y para qué entonces sacaron el RD 71/2019?
Y la IT 10/20?
Por qué tenemos entonces a tantos ex militares temporales perdiendo juicios en el Supremo porque les deniegan la pensión de Clases Pasivas?
Fariñas está en huelga en la puerta del Ministerio de Defensa.

Nada... esto no va a ir a ningún sitio porque en el EVI no le dan una absoluta ni borrachos.
Y él piensa que está solicitando una pensión, en base a no sé qué, pensando que ha sido funcionario, sin pasar reconocimiento siquiera.
Como el que solicita que le abran una cuenta de correo en Hotmail, vaya.

No se da cuenta de que no tiene ni pies ni cabeza lo que está contando.

Es surrealista 😂
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Esteba77
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Esteba77 »

El tema es que ya nos.e como explicar que el modelo de solicitud de pensión para personal que ha perdido la condición de funcionario.pone el es en el que se basa...que si UE ya sabemos que los.temporales no éramos funcionarios,no interinos ni nada..y lo sabemos.pero el es pone que los.miliatres de.empleo.tiene derecho a ese inicio de procedimiento..ruego se lea ese inicio de proceso en la página de clases pasivas antes de opinar gratis,gracias
boss2009
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por boss2009 »

Hola esteban77:

Yo no soy ningún experto, pero después de leer todo el hilo , me ha picado la curiosidad ante tu insistencia que te leamos lo que pone en la página de clases pasivas. Así que lo he leído y te daré mi punto de vista. El formulario que tú dices es el que se rellena en la subdelegación de defensa cuando pasas al retiro estando en activo. Pero para eso ha tenido que pasar un proceso médicopericial y administrativo para que te pasen al retiro por incapacidad para el servicio.

No se si te corresponde o no una pensión pero lo que si te dijo es que tendrás que pasar por un tribunal para ver si tienes una incapacidad. Eso no tiene silencio administrativo.

Un saludo y perdona si no es lo que querías oir
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por unomas5 »

Vamos a ver Esteban, como ya te ha dicho boss2009 lo que has mandado es una solicitud que se hace cuando te pasan a retiro.
Entiendo que eras militar y que te fuiste o a los 45 o antes por voluntad propia. Ya se te ha dicho y es así que no eres ni eras funcionario.
El apartado K) al que haces referencia lo unico que dice es que estás al amparo de clases pasivas. También lo están en la letra J) el personal que cumple el servicio militar. Lo que viene a decir es que mientras estes en activo por supuesto que eres de clases pasivas, al abandonar la mili, no. Si no, culquiera que haya hecho la mili puede pedir lo mismo que tu y esperar 4 meses a ver si se olvidan y me dan una pensión. Es absurdo.
Otra cosa es que llegado el punto de que pases un tribunal medico y te pertenezca una pensión se peleen clases pasivas y la S.S. a ver quien se hace cargo de ella. Que ya no se si sería el mismo pagador y todo.
Lo que está claro es que si no estás en las fas la valoración te la va a hacer la seguridad social. Y eso es lo q puedes hacer ahora mismo pero como cualquier persona. En tu caso, en la S.S. pues ya no eres militar.
Pedir una pensión y un reconocomiento medico son dos cosas distintas. No cabe silencio administrativo puesto que no tienes informes de ningún tribunal medico que te haya otorgado una incapacidad permanente. Te va a tocar pasar por el EVI y ellos valoraran si estas apto o no para trabajar.

Para terminar queria decirte que aquí hay gente estupenda, muchos de ellos preocupados por su salud y otros muchos por economía también porque no saben cual va a ser su futuro y de que van a comer sus hijos. Gente que ha empleado su tiempo en intentar ayudarte y a la que al final has tratado en mi opinión de forma muy sobrada con algunas de tus contestaciones como la de si tienes dos pisos (que no creo q nos interese a nadie) y tu famoso tic tac tic tac que es mas propio del chiringuito de jugones que de alguien que quiere que lo tomen en serio.
La proxima vez que pidas ayuda trata de ser mas humilde y no creer que lo sabes todo porque al final, con ley en mano, te vas a dar un ostión y te vas a dejar la pasta en abogados para nada.

Un saludo a todos los foreros, en especial para Arano, Coyote y Danaerys. Un fuerte abrazo.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Sara43 »

Hola no discutais que aqui estamos para ayudarnos esteba ya se que danaerys puede ser un poco picajosa hablando pero hay que entederlo todo que hay cada uno da su punto de vista que no digo que tengas razon ni esteab ni danaerys y que muchas veces cuando se habla se dice intentando decir lo mejor para cada uno pero tambien es verdad que muchas hay palabras que ofenden no lo digo por nadie en concreto.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Grillado »

unomas5 escribió: Lun May 16, 2022 7:39 pm Vamos a ver Esteban, como ya te ha dicho boss2009 lo que has mandado es una solicitud que se hace cuando te pasan a retiro.
Entiendo que eras militar y que te fuiste o a los 45 o antes por voluntad propia. Ya se te ha dicho y es así que no eres ni eras funcionario.
El apartado K) al que haces referencia lo unico que dice es que estás al amparo de clases pasivas. También lo están en la letra J) el personal que cumple el servicio militar. Lo que viene a decir es que mientras estes en activo por supuesto que eres de clases pasivas, al abandonar la mili, no. Si no, culquiera que haya hecho la mili puede pedir lo mismo que tu y esperar 4 meses a ver si se olvidan y me dan una pensión. Es absurdo.
Otra cosa es que llegado el punto de que pases un tribunal medico y te pertenezca una pensión se peleen clases pasivas y la S.S. a ver quien se hace cargo de ella. Que ya no se si sería el mismo pagador y todo.
Lo que está claro es que si no estás en las fas la valoración te la va a hacer la seguridad social. Y eso es lo q puedes hacer ahora mismo pero como cualquier persona. En tu caso, en la S.S. pues ya no eres militar.
Pedir una pensión y un reconocomiento medico son dos cosas distintas. No cabe silencio administrativo puesto que no tienes informes de ningún tribunal medico que te haya otorgado una incapacidad permanente. Te va a tocar pasar por el EVI y ellos valoraran si estas apto o no para trabajar.

Para terminar queria decirte que aquí hay gente estupenda, muchos de ellos preocupados por su salud y otros muchos por economía también porque no saben cual va a ser su futuro y de que van a comer sus hijos. Gente que ha empleado su tiempo en intentar ayudarte y a la que al final has tratado en mi opinión de forma muy sobrada con algunas de tus contestaciones como la de si tienes dos pisos (que no creo q nos interese a nadie) y tu famoso tic tac tic tac que es mas propio del chiringuito de jugones que de alguien que quiere que lo tomen en serio.
La proxima vez que pidas ayuda trata de ser mas humilde y no creer que lo sabes todo porque al final, con ley en mano, te vas a dar un ostión y te vas a dejar la pasta en abogados para nada.

Un saludo a todos los foreros, en especial para Arano, Coyote y Danaerys. Un fuerte abrazo.
Suscribo todas y cada una de tus palabras. Añado, además, que para cobrar una pensión hay tres métodos: viudedad/orfandad, por incapacidad tras pasar un tribunal médico o por jubilación. Entiendo que el caso del compañero sería el segundo. Creo que no estaría mal, Esteban, que aclarases desde el principio cual es tu caso: si eras tropa, suboficial u oficial, y eras de empleo o de carrera, qué te sucedió, qué te llevó a dejar las FAS, si pasaste algún RMNP o JMP, quién te dio esa supuesta incapacidad del 33% etc. etc. Así podríamos tratar de dilucidar cómo ayudarte.

Por último, te indico que esto es un "foro", y, tal y como dice la RAE en su acepción 5, se define como "en internet, sitio en el que se opina, se debate o se intercambia información sobre un tema determinado". Así que aquí se hace justo eso, opinar y debatir. Gracias a los moderadores, Coroneles del foro y demás compañeros, obtenemos una muy valiosa información y nos ayudamos unos a otros. Que no te den la razón no quiere decir que no pretendan ayudarte. Y recuerda, lo hacen GRATIS y gastando algo que no tiene precio: SU TIEMPO.
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Danaerys »

Sara43 escribió: Lun May 16, 2022 7:53 pm Hola no discutais que aqui estamos para ayudarnos esteba ya se que danaerys puede ser un poco picajosa hablando pero hay que entederlo todo que hay cada uno da su punto de vista que no digo que tengas razon ni esteab ni danaerys y que muchas veces cuando se habla se dice intentando decir lo mejor para cada uno pero tambien es verdad que muchas hay palabras que ofenden no lo digo por nadie en concreto.
Perdona, Sara.
Yo no soy picajosa ni leches.
Y para no decirlo por nadie en concreto, me has mencionado dos veces.

Aquí no estamos dando nuestra opinión.
Le estamos tratando de explicar a este chico que está equivocado y que lo que está intentando hacer no se puede.

Pero está tan obcecado que además se cree que hasta por silencio administrativo ya el mes que viene va a tener la pensión.

Si tú no entiendes, no te metas en asuntos "de mayores".
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Re: Se acaba el plazo

Mensaje por Sara43 »

Perdona que te haya molestado o si te ha sentado mal si te he llamado picajosa pero es mi opinion ya que a veces hablas que sin querer me imagino lo dices con unas palabras un poco bruscas como sabiendo de todo por decirlo de alguna manera y se que tienes buenas respuestas y lo que hablas esta bien hablado pero yo creo que tendrias que intentar hablar sin intentar enfadarte que es lo que parece.Es mi humilde opinion.Que yo no tengo en contra nada tuyo de verdad.Lo siento si te he ofendido
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