ISFAS

Instituto social de las Fuerzas Armadas

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El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), es el organismo encargado de gestionar -junto con Clases Pasivas- el Régimen Especial de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.

Dentro del Sistema de la Seguridad Social, la protección pública del personal profesional encuadrado en las Fuerzas Armadas y en la Guardia Civil, así como de sus familias, se estructura en una doble vertiente:

  • Protección social frente a las contingencias de necesidad de asistencia sanitaria; incapacidad temporal, en su caso; inutilidad para el servicio y cargas familiares mediante la acción específica que la Ley encomienda al INSTITUTO SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.
  • Protección social frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte y supervivencia a través del Régimen de Clases Pasivas, de acuerdo con sus normas específicas (Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril).



Uno y otro mecanismo de cobertura de estados de necesidad conforman el RÉGIMEN ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS.

El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS, en adelante) es un Organismo Público, con personalidad jurídica diferenciada y autonomía de gestión, que tiene como misión gestionar uno de los mecanismos de protección social que integran el Régimen Especial de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil, proporcionando satisfacción a las necesidades de sus beneficiarios a través de las prestaciones que constituyen el objeto de su acción específica.

El régimen jurídico básico de su actividad está constituido por el Real Decreto Legislativo 1/2000, de 9 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y el Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento General que lo desarrolla.

Los recursos financieros con que el ISFAS cuenta para el cumplimiento de sus fines, cuya previsión para el ejercicio 2018 asciende a 754.864.020,00 €, se distribuyen, según los siguientes porcentajes:  la aportación del Estado para financiar la acción protectora general representa el 82,72% del total de recursos , las cotizaciones de los asegurados un 13,60%  y otros ingresos el 3,68% .

Para atender los gastos que derivan de su actividad, el ISFAS destina aproximadamente el 88,53% de los créditos de su presupuesto de gastos a la asistencia sanitaria, el 6,35% a las prestaciones económicas no sanitarias y el 5,12% a gastos de personal, administración y funcionamiento.

Por otra parte, el ISFAS garantiza a los socios y beneficiarios de las Asociaciones Mutuas integradas en el mismo, Tierra y Aire, la percepción de las prestaciones que estuvieran en vigor en la Mutua respectiva – AMBE y AMBA – con anterioridad a 31 de diciembre de 1973. A tal fin se constituye un Fondo Especial integrado por la totalidad de los bienes y derechos, cuotas de los mutualistas afectados y los recursos públicos que les correspondan. El posible déficit de gestión se cubrirá con la procedente subvención estatal.

En las condiciones establecidas en el artículo 20 y en la Disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, se dispone la inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios públicos y de otro personal de nuevo ingreso, a partir del 1 de enero de 2011, a los exclusivos efectos de lo dispuesto en del Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y en sus disposiciones de desarrollo, así como el régimen transitorio aplicable al personal incluido a 31 de diciembre de 2010 en el ámbito personal de cobertura del Régimen de Clases Pasivas.