Plan acción social Policía Nacional 2019

Información de la resolución publicada

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA DE 26 ABRIL DE 2019, POR LA QUE SE DISPONE LA APROBACIÓN DEL PROGRAMA DE ACCIÓN SOCIAL PARA EL EJERCICIO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2020.

Dentro del marco del Programa de Acción Social de la Dirección General de la Policía y, en orden a mejorar los contenidos de esta actuación correspondiente al año 2019, se ha considerado la necesidad de aprobar las modalidades de ayudas cuyas bases generales y específicas se ajustarán a las siguientes.

Podrán solicitar las ayudas objeto de la convocatoria:

1.Los funcionarios de la Policía Nacional en situación administrativa de servicio activo y segunda actividad.
2.Los funcionarios de la Policía Nacional en excedencia por el cuidado de hijos y familiares,así como por razón de violencia de género, durante el primer año en que se encuentren en dicha situación.
3.Los funcionarios de la Policía Nacional en situación de jubilación, y los cónyuges de funcionarios de la Policía Nacional en situación de viudedad, en los Sub-programas que específicamente se determinan.
4.Se excluyen expresamente de los beneficios contemplados en la presente convocatoria:
a)El personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Generales de la Administración.
b)El personal contratado en régimen laboral con destino en la Dirección General de la Policía.




Las ayudas que contemplan los Subprogramas de la presente Convocatoria se engloban en tres Áreas diferenciadas:

1) ÁREA DE ATENCIÓN A LA SALUD
1.1 Ayudas para personas con discapacidad
1.2 Tratamientos psíquicos
1.3 Tratamientos médicos

2) ÁREA DE ATENCIÓN SOCIO-LABORAL
2.1 Acceso de viviendas de alquiler
2.2 Estudios no oficiales para funcionarios relacionados con la actividad profesional
2.3 Ayudas para el transporte en ferrocarril

3) ÁREA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS
3.1 Natalidad o Hijos menores de tres años
3.2 Escuelas infantiles o Guarderías
3.3 Apoyo a la educación
3.4 Estudios universitarios de hijos
3.5 Actividades de verano para hijos
3.6 Armonización de la vida profesional y familiar
3.7 Familias Monoparentales
3.8 Mayores dependientes
3.9 Emergencia social

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente a su publicación en la Orden General de la Dirección General de la Policía, y se le deberá otorgar la mayor publicidad posible, estando obligadas las Unidades administrativas receptoras de solicitudes, a cursarlas a través de la precitada aplicación informática.