Debes comunicar tu viaje a la Delegación de Defensa

Conforme lo dispuesto en la Orden DEF/2097/2015, de 29 de septiembre, el militar podrá desplazarse libremente a países extranjeros cumpliendo el deber de comunicar a su subdelegación de Defensa su residencia temporal y los datos de carácter personal que hagan posible su localización, de acuerdo con lo indicado en el Art 23.2 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio.




El secretario general de Política de Defensa establecerá, en función de la situación internacional, los países o territorios para los que el militar requiere autorización previa a su desplazamiento (solicitud a través de las subdelegaciones de Defensa en instancia dirigida al MAPER) y lo comunicará a los órganos competentes para resolver las solicitudes de autorización, que utilizarán los medios de  información precisos para que el personal militar tenga conocimiento de los países o territorios afectados por estas limitaciones.
Los procedimientos, plazo, autorizaciones y modelo de solicitud se encuentran en la citada orden de Defensa.
Conviene visitar la página del Ministerio de Asuntos Exteriores

Al pasar a retiro finaliza esta obligación.