Plan de Acción Social 2023

Próximamente se publicará el plan de acción social de la de la Guardia Civil para el año 2023.

Titulares del Derecho a las Ayudas.

Son titulares de las Ayudas incluidas en el Plan de Acción Social, y por consiguiente con capacidad para solicitarlas siempre sujetos a lo establecido en las Bases Específicas, los siguientes:

1. Guardias civiles que se encuentren en cualquier situación administrativa en la que permanezcan sujetos al régimen general de derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, además de quienes se encuentren en situación de excedencia
por cuidado de familiares (art. 90.5 de la Ley 29/2014 de 28 de noviembre, de Régimen de Personal de la Guardia Civil).
2. El alumnado de la enseñanza de formación para acceso a las Escalas del Cuerpo de la Guardia Civil, siempre que no causen baja definitiva en el Centro de Formación antes de la fecha de resolución de concesión de las Ayudas.
3. Personal en la situación de Retirado de la Guardia Civil, con las limitaciones que se especifican en este Plan, mientras no perciban rentas distintas a su pensión de retiro que superen la cuantía del Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para el año 2021; realizándose, en su caso, el cálculo de forma proporcional a los meses en los que haya permanecido en situación de retirado.
4. El personal de las Fuerzas Armadas en situación administrativa de activo o reserva que perciban sus haberes a través del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil.
5. Cónyuges supérstites y parejas de hecho en el mismo estado, del personal mencionado en los párrafos 1, 2 y 3, siempre que estén percibiendo pensión de clases pasivas de viudedad o de la misma clase del Sistema General de la Seguridad Social, causadas por dicho personal y mientras no varíe su estado civil.
6. Quienes estén percibiendo pensión de clases pasivas de orfandad o de la misma clase del Sistema General de la Seguridad Social, causadas por el personal mencionado en los párrafos 1, 2 y 3. Se consideran huérfanos y huérfanas, en
edad de protección del presente Plan, quienes no tengan cumplidos 26 años a fecha 01/01/2022, o mayores de dicha edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que sus rentas no superen lo dispuesto en el punto 2 b)
de la Base General segunda.

No tendrán la consideración de titulares del derecho quienes tuvieran cantidades pendientes de reintegro por ayudas percibidas en anteriores convocatorias de Planes de Acción Social de la Guardia Civil o no hubiesen abonado alguna de las cuantías previstas

 




AYUDAS CONVOCADAS

P-1 Discapacidad.    Ver Requisitos     Ver documentación    Programa Completo

P-2 Geriátricas y mayores dependientes. Ver Requisitos  Ver documentación   Programa Completo

P-3 Tratamientos médicos, psíquicos y cuidado familiar. Ver Requisitos   Ver documentación  Exclusiones   Programa Completo

P-4 Necesidad específica apoyo educativo. Ver Requisitos  Ver documentación Programa Completo

P-5 Natalidad, adopción y acogimiento. Ver Requisitos  Ver documentación  Programa Completo

P-6 Familias numerosas. Ver Requisitos   Ver documentación    Programa Completo

P-7 Familias monoparentales. Ver Requisitos  Ver documentación  Concepto Monoparental   Programa Completo

P-8 Asistencia a escuelas infantiles y cuidado domicilio. Ver Requisitos  Ver documentación Programa Completo

P-9 Actividades de verano. Ver Requisitos  Ver documentación   Programa Completo

P-10 Asistencia a centro escolar y gastos comedor. Ver Requisitos  Ver documentación  Programa Completo

P-15 Estudio de enseñanzas universitarias oficiales cursadas por los hijos e hijas.  Ver Requisitos  Ver documentación  Programa Completo

P-16 Estudio, promoción profesional y estudio idiomas. Ver Requisitos  Ver documentación   Programa Completo







[bdotcom_bm bannerid="3048"]