Los funcionarios de sexo masculino que hayan pasado a retiro al cumplir los 65 años o por incapacidad permanente entre el 01 de enero de 2016 y el 03 de febrero de 2021, pueden solicitar que se incremente la pensión que recibe con un comportamiento de maternidad entre u 5 y un 15%, siempre que acrediten que tuvieron dos o más hijos y que su cónyuge no recibe pensión contributiva ni el complemento citado.

Esta posibilidad se deriva de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18), que estableció que los hombres tenían idéntico derecho a percibir el complemento por maternidad por aportación demográfica en su pensiones implantado para las mujeres en el texto inicial del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 8/2015,de 30 de octubre, de la Ley General de la Seguridad social, que estuvo vigente hasta que se le dio nueva redacción mediante Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero.

Con posterioridad el Tribunal Supremo lo ha ratificado mediante sentencias (STS 621/2022 y 622/2022) y ha concluido que ha de concederse también al personal perteneciente a las _Clases Pasivas (STS 4406/2021), teniendo en cuenta la fecha en que se causó la pensión (STS 1995/2022).

Si crees tener derecho y deseas que tramitemos nosotros la solicitud rellena el formulario que está mas abajo indicando el tema sobre el que solicita información: «Complemento de Paternidad», el coste de la solicitud es de 100,00 euros IVA incluído.