Tipo de Prestación: Ayudas de Protección Sociosanitaria

Son ayudas para estancias temporales en residencias asistidas y centros de día y de noche dirigidas a contribuir a la financiación de los gastos originados por dichas estancias.

La cuantía mensual máxima, en función de la capacidad económica se sitúa entre 858,98 y 601,29 euros/mes, con un límite de tres meses en el año 2014.

Las ayudas se configuran como reintegro de gastos y se concederán en función de la duración debidamente acreditada de la estancia en los centros específicos. La cuantía tendrá como límite el gasto realizado, si el mismo ha sido inferior.

 

 

Pueden solicitar estas ayudas aquellos mutualistas o, en su caso, los beneficiarios de MUFACE que padezcan una pérdida de autonomía acreditada y no puedan ser atendidos en su domicilio durante todo o parte del día.

Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de 2014, inclusive.

El lugar de Presentación Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992.

Documentación

  • Modelo de solicitud
  • Informe médico sobre alta hospitalaria
  • Declaración de rendimientos
  • Declaración de pensiones y prestaciones Declaración responsable

Normativa Art.135 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Resolución de 5 de marzo de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas de protección sociosanitaria durante el año 2014 (BOE de 20 de marzo).