• Todos Los huérfanos de asociados tendrán derecho a protección, como norma general, hasta el día en que cumplan 25 años.

    Si al llegar a esta edad se encuentran realizando estudios, se prorrogará la protección hasta la terminación de ese curso escolar.

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  • Los huérfanos entre 25 y 27 años que realicen determinados estudios y superando unos mínimos exigidos, pueden optar a la concesión de beca o ayudas especiales.
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  • Los huérfanos disminuidos físicos o psíquicos, hasta la fecha en que cumplan 27 años.

    Si al llegar a esta edad cumplen determinados requisitos, pasan a la situación de “Otros Protegidos”. Si la orfandad se produce después de cumplir 27 años, se le podrá acoger en ésta última situación si se reúnen determinadas condiciones.