Personas que ya tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%

La tarjeta de discapacidad acreditativa es un documento personal e intransferible, este nuevo diseño es más cómodo y resistente que el antiguo certificado, está plastificado, se beneficiarán muchas personas ya que es más cómoda de  llevar, esta solicitud se refiere exclusivamente a aquellas personas que ya tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior  al 33%, vigente en algunas comunidades y se irá implantando próximamente en otras regiones.

En el caso de que el grado reconocido inicialmente fuera igual o superior al 33% y, como resultado de la resolución judicial o administrativa que lo modifica pasa a ser inferior al 33%, la persona titular estará obligada a destruir, de manera inmediata, la tarjeta de discapacidad en su posesión.




En el caso de que el grado reconocido inicialmente fuera igual o superior al 33% y, como resultado de la resolución judicial o administrativa que lo modifica pasa a ser inferior al 33%, la persona titular estará obligada a destruir, de manera inmediata, la tarjeta de discapacidad en su posesión.

Esta tarjeta acreditativa de grado de discapacidad sustituye al certificado de la discapacidad en formato papel, que sólo tendrá que ser presentado en el caso de que sea requerido por las Administraciones públicas.

La tarjeta de discapacidad, sirve como carnet identificativo,  podrá ser permanente o temporal, único para todos los tipos de discapacidad e incluye medidas de seguridad contra su falsificación, este formato simplifica el acceso a determinados servicios, al que podrán solicitarlo voluntariamente las personas con algún tipo de discapacidad reconocida oficialmente. Tiene el mismo objetivo que el certificado en formato papel y que lo sustituye, sólo tendrá que ser presentado en el caso de que sea requerido por las Administraciones públicas, la nueva tarjeta de discapacidad se puede presentar para cualquier trámite administrativo o a la hora de acreditar que tiene una discapacidad  reconocida.

Los requisitos comunes exigidos por todas las comunidades para la expedición de la tarjeta de discapacidad es el siguiente, aquellas personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% con fecha anterior a la publicación de la orden de creación, y que residan en la comunidad autónoma correspondiente. La tarjeta de discapacidad ha de ir acompañada del documento identificador DNI o NIE.

Para solicitar la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad tiene que ser el interesado o su representante legal quienes cumplimentarán la solicitud y será entregada depende de cada Comunidad, en su Centro Base más cercano o en cualquiera de los registros públicos de cada Comunidad. En algunos casos se recibirá, a través de correo ordinario, la Tarjeta Acreditativa de Grado de Discapacidad en la dirección que figure en la solicitud formulada.

La vigencia de la tarjeta de discapacidad estará sujeta a la vigencia de la resolución por la que se reconoce el grado de discapacidad

Formato

Su anverso contiene las siglas T.D. (Tarjeta de Discapacidad) en Braille, nombre y apellidos de la persona titular, DNI o Número de Identificación de Extranjero, grado de discapacidad en porcentaje, validez, y baremo de movilidad. En cuanto el reverso, éste incluye las condiciones de utilización del documento.

En cuanto el re­verso, éste incluye las condiciones de utilización del docu­mento, como que es personal e intransferible o que deberá presentarse con el DNI.