Solicitudes en Papel para Ayudas Dentarias y Oculares en Marzo de 2025
A partir del 1 de marzo de 2025, las personas mutualistas de MUFACE en situación de jubilación, alta voluntaria o beneficiarias con documento asimilado al de afiliación (BDAP) podrán presentar sus solicitudes en papel para las ayudas dentarias y oculares. El plazo de presentación se extenderá durante todo el mes de marzo, facilitando así el acceso a estos beneficios a quienes no puedan gestionar la solicitud por vía electrónica.
¿Quiénes pueden presentar la solicitud en papel?
Esta opción está disponible exclusivamente para:
-
Mutualistas en situación de jubilación.
-
Mutualistas en alta voluntaria.
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Beneficiarios con documento asimilado al de afiliación (BDAP).
Para el resto del colectivo mutualista en activo, la solicitud debe realizarse obligatoriamente a través de la sede electrónica o la aplicación móvil de MUFACE, con identificación digital mediante Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico.
Plazos y Procedimiento
MUFACE habilita dos periodos anuales, en marzo y octubre, para la presentación de solicitudes en papel por parte de los colectivos mencionados. Para ello, los mutualistas deben cumplimentar el impreso oficial y remitirlo a su oficina de adscripción.
Las personas mutualistas con medios electrónicos pueden solicitar estas ayudas en cualquier momento del año a través de la sede electrónica de MUFACE o mediante su aplicación móvil.
Cómo Obtener y Enviar el Impreso Oficial
Para presentar la solicitud en papel, los mutualistas y beneficiarios pueden obtener el impreso oficial de las siguientes maneras:
- Descarga en la web de MUFACE.
- Solicitud por teléfono o correo electrónico al Servicio Provincial correspondiente, que lo enviará por correo postal.
- Recogida presencial en la oficina de MUFACE, siempre con cita previa.
- Teléfono de atención preferente MUFACE 75+ para mutualistas de 75 años o más, quienes pueden solicitar el envío del impreso a su domicilio.
Envío de la Solicitud
Una vez cumplimentado el impreso oficial, este debe enviarse junto con las facturas y la documentación adicional requerida al Servicio Provincial de MUFACE correspondiente. Las vías de envío disponibles son:
- Correo postal.
- Registros oficiales establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Más Información
Para más detalles sobre las condiciones y cuantías de las ayudas dentarias y oculares, así como para descargar el impreso de solicitud, visita la página web oficial de MUFACE.
Este procedimiento busca garantizar que las personas mutualistas que no pueden acceder a medios electrónicos puedan gestionar sus solicitudes de manera sencilla y eficiente. Aprovecha este periodo si necesitas realizar tu solicitud en papel.
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