El cobro de una pensión pública lleva consigo el cumplimiento de una serie de obligaciones. Tenemos la responsabilidad de comunicar a la Seguridad Social cualquier variación de la situación del pensionista, que puede afectar a la cuantía o a la percepción del subsidio. El objetivo es evitar cobros indebidos, que conllevarían importantes multas. Y es que una vez aprobada la prestación, el interesado debe rendir cuentas al Instituto Nacional de la Seguridad Social porque, de no hacerlo, se enfrenta a sanciones e, incluso, a la suspensión cautelar de la pensión.

Las multas por no comunicar esas variaciones pueden llegar hasta 187.515 euros

Hay que notificar los cambios de domicilio, variaciones en la situación económica o en la familiar, en la cuenta bancaria donde se ingresa la pensión, el inicio de actividades laborales, el reconocimiento y cobro de otras pensiones (nacionales o extranjeras), los cambios de estado civil, los nacimientos y las defunciones, entre otros. En esos casos, el beneficiario de la pensión tiene 30 días para informar de los cambios a la Seguridad Social y si transcurre ese plazo sin realizarlo se llevará a cabo la suspensión cautelar de la prestación. Lo mismo ocurre si es la Seguridad Social quien requiere cierta documentación al beneficiario y éste no la presenta.




Cuando los pensionistas no informan sobre estos cambios se enfrentan a sanciones que pueden llegar hasta 187.515 euros. Concretamente, la normativa establece una sanción de entre 60 y 625 euros cuando se considera una infracción leve; de entre 626 y 6.250 euros, en caso de infracción grave, y de entre 6.251 y 187.515 euros, cuando sea una infracción calificada como muy grave.

Recuerda que desde clasespasivas.net puedes variar tus datos personales y la cuenta de ingreso de la pensión.