De conformidad con lo previsto en el punto 2.4. del artículo 2 de la Orden General núm 11 de 21 de diciembre de 2005 por la que se aprueban las normas de uso y disfrute de las residencias del Cuerpo, la habilitación de nuevas Residencias, la supresión de otras y los cambios de clase o categoría autorizados por la Dirección General del Cuerpo, será publicada en el Boletín oficial de la Guardia Civil mediante Resolución de la Jefatura de Asistencia al Personal.