Ayudas económicas para asistencia en establecimientos termales a las personas mayores.
Se aprueba por convocatoria anual de Muface.
La cuantía de las ayudas es de 209,10, 163,31 o 134,00 euros por persona y año, en función del nivel de ingresos de la unidad familiar -titular más el posible cónyuge o asimilado-.
Los beneficiarios de estas ayudas son los mutualistas jubilados forzosos por edad o por incapacidad permanente para el servicio o voluntarios con 65 años de edad y los demás beneficiarios, que tengan 65 años o más años cumplidos y estén en una situación de no actividad laboral.
Las solicitudes de ayuda pueden presentarse hasta el 29 de diciembre de 2012, inclusive.
Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992.