Los retirados pueden presentar la fotografía para la TIM de paisano.
Básicamente se seguirá lo ordenado en la Orden DEF /600/2002, de 7 de marzo, por la que se regula la tarjeta de identidad militar para los miembros de las Fuerzas Armadas.
Al cambiar de situación administrativa (servicio activo a reserva, reserva con destino a retiro) es obligatorio proceder a la renovación de la misma.
La TIM entregada a partir del pase a la situación de reserva o retiro no caduca, excepto las del personal en reserva con destino, que caducará al cesar en el mismo.
La solicitud para el personal que no esté en situación de reserva con destino se hará a través de las delegaciones o subdelegaciones de Defensa que le corresponda en razón de su domicilio.
Todas las tarjetas deben entregarse en la delegación o subdelegación de Defensa de la se dependa administrativamente al fallecimiento del titular.
El personal que se encuentre en la situación de segunda reserva, solicitará la tarjeta a través del mando de personal.
Los retirados pueden presentar la fotografía para la TIM de paisano.
Tarjeta de identidad de cónyuge, viudo/a y huérfano/a
Básicamente se seguirá lo ordenado en la IT Norma Militar Conjunta T-2348, sobre tarjeta de identidad para cónyuges, viudos y huérfanos pensionistas de los militares profesionales de las Fuerzas Armadas y Cuerpo de la Guardia Civil.
Esta tarjeta de identidad (TI) es un documento personal e intransferible que acredita, ante unidades, centros y organismos militares, la condición de cónyuge, viudo o huérfano (mientras permanezcan en el uso de sus derechos como pensionista con arreglo a la legislación en vigor) del militar de carrera y de los miembros permanentes que se encuentren en cualquier situación administrativa o en retiro.
La solicitud de la tarjeta de identidad en el Ejército se presentará:
- Los cónyuges del personal militar con destino, a través de su unidad, centro u organismo, al Centro Geográfico del Ejército.
- Los cónyuges del personal militar en reserva sin destino o en retiro en su delegación de Defensa correspondiente.
- Los viudos y huérfanos, a través de sus subdelegaciones de Defensa a la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército.
La solicitud de la tarjeta se acompañará con 1 fotografía actualizada de tamaño carnet, fotocopia de la TIM del cónyuge (militar que da derecho a la tarjeta), fotocopia Libro de Familia (hoja de matrimonio). Para viudos y huérfanos, fotocopia de “título de concesión de pensión”. Para los huérfanos, certificado acreditativo de percepción de la pensión concedida.
La renovación de la TI se hará con carácter general cada 10 años o al concurrir alguna de las circunstancias siguientes:
- Deterioro notable.
- Ascenso o cambio de situación del cónyuge (militar que da derecho a la tarjeta).
- Extravío.
Al cumplir la edad de 70 años, si se continúa con el derecho al uso de la tarjeta, esta se renovará indefinidamente y no estará ya sujeta a caducidad mientras se mantenga el derecho.




